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Amparo Indirecto


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2014  •  2.537 Palabras (11 Páginas)  •  338 Visitas

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C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO EN TURNO.-

P R E S E N T E .-

ROSA ELENA AGUILERA FAVELA, mexicana mayor de edad y con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en el despacho marcado con el numero 1243 poniente de la privada Negrete del Fraccionamiento Madrazo de esta Ciudad, autorizando para tales efectos en los términos del artículo 27 de la Ley de Amparo al C. pedrito avila meras con número de cedula profesional 2111664 y también para oír y recibir toda clase de notificaciones e imponerse de los autos al P.D. Petronila martines lopex, ante Usted, respetuosamente comparezco para exponer:

Que contra los actos reclamados de las autoridades que más adelante expresare bajo el orden legal acudo solicitando el Amparo y Protección de la Justicia Federal por violación en mi perjuicio de las garantías individuales consignadas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, fundándome en lo previsto por la fracción I del artículo 1 de la ley de Amparo en vigor y formulando esta demanda en el orden establecido por el artículo 116 del mismo ordenamiento en los siguientes términos:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.-

ROSA ELENA AGUILERA FAVELA, con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en el despacho marcado con el numero 1243 poniente de la privada Negrete del Fraccionamiento Madrazo de esta Ciudad de Durango, Dgo.

II.- TERCERO PERJUDICADO.-

A consideración de la suscrita, no existe, y de considerar esta autoridad que se pudiera constituir en la figura del denunciante u ofendido en la causa penal que es el origen del acto reclamado mediante este amparo, sería el SR. JULIO CESAR FREYRE FERNÁNDEZ, más para los efectos legales correspondientes, me permito acompañar copia certificada del acta de defunción de dicha persona.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES.-

ORDENADORA A).- C. JUEZ TERCERO DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE DURANGO, CON DOMICILIO OFICIAL Y CONOCIDO EN EL EDIFICIO QUE SE UBICA AL EXTERIOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL No. 1 DE ESTA CIUDAD, PRECISAMENTE EN EL EDIFICIO DONDE SE UBICAN LOS JUZGADOS PENALES DEL SISTEMA TRADICIONAL.

IV.-ACTOS RECLAMADOS .- De la autoridad ordenadora, reclamo EL AUTO EMITIDO POR LA MISMA CON FECHA ONCE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, en el juicio penal que se sigue en contra de la suscrita por el delito de Despojo en agravio de JULIO CESAR FREYRE FERNÁNDEZ, mismo que se encuentra debidamente registrado bajo el número de expediente 161/2008 del índice administrativo de dicho juzgado, y la orden dada por la responsable para continuar con la causa penal por sus tramites legales correspondientes.

ANTECEDENTES.- PROTESTA: Para los efectos de la Fracc. IV del artículo 16 De la Ley de Amparo, bajo protesta de decir verdad manifiesto que los hechos y abstenciones que me constan y que constituyen los antecedentes del acto reclamado y el fundamento de los conceptos de Violación son ciertos como a continuación se manifiestan:

HE CHOS:

1.- Con fecha 03 de julio del año 2007, ante la unidad receptora e iniciadora del Ministerio Público de la procuraduría General de Justicia del Estado, compareció el señor JULIO CESAR FREYRE, para efecto de presentar denuncia en contra de quien resulte responsable por el delito de despojo; posteriormente y mediante escrito presentado con fecha 25 de julio del año 2007, dicho denunciante presenta escrito dirigido al Director de Averiguaciones Previas en el Estado, y ostentando en la parte superior derecha la siguiente leyenda “AV. PREV. No. 8364/2007”, mediante el cual proporcionaba mi nombre, señalándome como responsable de dicho ilícito, más el escrito de referencia, carece de sello de recepción, firma de quien recibió el mismo, y nunca se levantó la ratificación de dicho escrito por el cual comparecía el denunciante a señalarme de manera directa.

2.- Con fecha 30 de julio de 2007, comparecí la suscrita en mi carácter de inculpada a rendir mi declaración ministerial, en la cual el Agente del Ministerio Público omitió designarme un defensor para que me asistiera en la misma y tampoco me hizo del conocimiento mis derechos.

3.- Posteriormente y por lo que se refiere al delito de despojo del cual estaba siendo acusada por parte del denunciante, con fecha 22 de Septiembre del año 2008, compareció de manera personal el SR. JULIO CESAR FREYRE FERNÁNDEZ ante el Agente del Ministerio Público Investigador y en dicha comparecencia, en la cual manifestó lo siguiente: “QUE COMPARECE .., A FIN DE MANIFESTAR QUE EN ESTE ACTO OTORGA EL MAS AMPLIO PERDON DEL OFENDIDO A FAVOR DE ROSA ELENA AGUILERA FAVELA, POR EL DELITO DE DESPOJO Y LO QUE RESULTE, TODA VEZ QUE LOS HECHOS DENUNCIADOS MEDIANTE COMPARECENCIA DE FECHA 03 DE JULIO DE 2007, Y QUE FUERON RADICADOS EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA ANTES CITADA, FUERON CON MOTIVO DE QUE LA HOY INCULPADA ROSA ELENA AGUILERA FAVELA, LE QUISO COBRAR UNA RENTA POR SU ESTANCIA EN EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE OLMO NUMERO 100 DE LA COLONIA SAN MIGUEL Y ES TAL SENTIDO COMPARECIÓ A DENUNCIARLA POR EL DELITO DE DESPOJO, AGREGANDO ADEMÁS QUE EL PRESENTE PERDÓN LEGAL LO REALIZÓ DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 121 DEL CODIGO PENAL VIGENTE EN EL ESTADO, ….”

“POR LO QUE NO TIENE NINGÚN INTERES EN CONTINUAR CON EL TRÁMITE DE LA AVERIGUACIÓN PREVIA YA CITADA, SOLICITANDO SE ARCHIVE COMO ASUNTO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO. QUE ES TODO LO QUE TIENE QUE MANIFESTAR….”

4.- Posteriormente y a pesar de existir el perdón legal otorgado por el ofendido y denunciante, SR. JULIO CESAR FREYRE FERNÁNDEZ, el Ministerio Público consignó la averiguación previa y en el expediente que se conformo se giro orden de aprehensión en contra de la suscrita por ese delito de despojo, del cual al denunciante ya no le interesaba continuar con el ejercicio de la acción, ni continuar el procedimiento penal.

5.- Con fecha 20 de noviembre del año 2009, la suscrita presente ante la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado, así como en la Dirección General de Procesos, una solicitud, para efecto de que se valorara mi caso respecto del delito de despojo y se resolviera sobre EL ABANDONO DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL que se estaba ejercitando en mi contra por parte del Agente del Ministerio Público adscrito a dicha procuraduría de Justicia; argumentando en mi escrito, que el denunciante ya me había otorgado el perdón legal y que

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