ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Analisis Sentencia Patria Potestad


Enviado por   •  5 de Agosto de 2014  •  606 Palabras (3 Páginas)  •  334 Visitas

Página 1 de 3

Parte narrativa

El diez (10) de Febrero de 2.011, el abogado Rubén Adolfo Fonseca Vásquez, en su carácter de apoderado Judicial de La Ciudadana KAREN BEATRIZ GRILLET WALO, introdujo una demanda de PRIVACION DE PATRIA POTESTAD, en representación de su hijo, en contra del ciudadano ATAHUALPA ALVAREZ CABRERA. 

La demanda fue admitida en fecha dieciséis (16) de Febrero de 2.011 y se ordenó citar al demandado mediante cartel de citación, a fin de que comparezca ante el Tribunal a los quince (15) días siguiente a la consignación del cartel, para la contestación de la demanda y se ordeno notificar al Fiscal del Ministerio Publico.

Corre inserto al folio dieciséis (16) del expediente, boleta de notificación del 

Fiscal Cuarto del Ministerio Público, la cual fue cumplida por el Alguacil de este Tribunal.

Consta en auto cartel de citación consignado por el apoderado actor (folio 18) 

En fecha catorce (14) de Marzo de 2.011, compareció el apoderado actor y mediante diligencia solicito se le nombre defensor Judicial al demandado, lo cual fue acordado recayendo el nombramiento en la persona del abogado JAIME RODRIGUEZ, el cual se dio por notificado y prestó el juramento de Ley.

Siendo la oportunidad legal para la contestación de la demanda, no se presento la parte demandada ciudadano ATAHUALPA ALVAREZ CABRERA, ni por si, ni por medio de apoderado.- 

Abierto el juicio a pruebas la parte demandante hizo uso de tal derecho y consigno las que considero pertinentes, las cuales fueron agregadas y admitidas .

Motivo del Demandante

El ciudadano ATAHUALPA ALVAREZ CABRERA desde el mes de Agosto del 2007 abandono a su hijo que para esa fecha tenia (05) cinco días de nacido y desde ese momento ha incumplido los deberes de padre, como la obligación de manutención, vestido, asistencia, educación y de socorro y en ningún momento se ha preocupado por el bienestar del menor, durante el tiempo que compartió con el niño se mantuvo en estado de ebriedad, lo que constituía una amenaza para la seguridad y la moralidad del menor.

Parte Derecho

Incumplimiento de las causales de Patria Potestad, previsto en el artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, literal “b”; “c”; e “i”

Presentación de partida de nacimiento, demostrando la relación paterna filial, recibos y facturas relacionada con los gastos del menor, cubiertos por la madre, dándole valor probatorio de conformidad con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil; en concordancia con el literal “b” del Parágrafo Primero del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, su procedimiento está contemplado en el Capítulo IV, del Título IV de la citada Ley Especial

El articulo 355 Ejusdem establece: el padre o la madre privados de la patria potestad pueden solicitar la restitución, después de dos años de la sentencia firme que la decreto

Decisión del Juez

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA ACCION DE PRIVACION DE PATRIA POTESTAD, intentada por la ciudadana KAREN BEATRIZ GRILLET WALO, contra el ciudadano ATAHUALPA ALVAREZ CABRERA, plenamente identificados, a favor del niño.

Opinión jurídica

La decisión tomada por el juez es la correcta ya que el padre es un mal ejemplo para el menor ya que este se encuentra en estado de ebriedad los días que estuvo a su lado, las pruebas presentadas son las correspondientes al Código de Procedimiento Civil por lo cual se tomaron en cuenta, también se tomo en cuenta los derechos del menos los cuales están tipificados en la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

...

Descargar como  txt (3.8 Kb)  
Leer 2 páginas más »
txt