Aspectos Coarcitivos De La Norma
camirlesita18 de Octubre de 2012
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DE EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MISION SUCRE-ALDEA - AMBROSIO PLAZA.
PROGRAMA DE FORMACION ESTUDIOS JURIDICOS.
6TO SEMESTRE SECCION “U”
Tabla de contenido
INTRODUCCIÓN 2
DERECHO PENAL COMO MECANÍSMO DE CONTROL SOCIAL Y CRÍTICA A LA FUNSIÓN REPRESIVA 5
FUNDAMENTO SOCIO ANTROPOLOGICO DEL DERECHO PENAL 5
FUNCION DEL DERECHO PENAL COMO MECANISMO DE CONTROL SOCIAL 7
CRITICAS A LA FUNCION REPRESIVAS 8
EL DERECHO PENAL A TRAVÉS DE LA HISTORIA 11
DERECHO PENAL ESCLAVISTA 12
ACUSACION PÚBLICA 15
LA ESCLAVITUD EN VENEZUELA 16
Castigos y penalizaciones a esclavos en la Colonia 17
DERECHO PENAL EN LA SOCIEDAD FEUDAL 18
DERECHO PENAL GERMÁNICO: 20
DERECHO PENAL DE TIPO BURGUÉS 21
LA CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y EL DERECHO PENAL 26
CONCLUCION 34
BIBLIOGRAFIA 36
INTRODUCCIÓN
Esta investigación tiene la finalidad de analizar una reseña sobre el fundamento socio antropológico del derecho penal, cabe destacar que el derecho penal es la rama del derecho que estudia lo relacionado con el delito y las consecuencias que estas acarrean esta rama se ubica dentro del derecho público, y sus objetos de regulación son: el delito, los autores y partícipes de los delitos, las penas, y las medidas de seguridad. Al estudiar la evolución del derecho penal, encontramos que se trata de un proceso estrechamente vinculado con la marcha de la sociedad y con el grado de civilización que se va alcanzando paulatinamente, por eso se observa que dentro de una sociedad atrasada se utilizan penas graves de forma indiscriminadas, más en una sociedad avanzada tienden a racionalizar la determinación de la pena. Las penas existen desde que surgieron las formaciones sociales más básicas Para el estudio del tema en referencia, es importante destacar el análisis de la influencia del derecho Penal como mecanismo de control social y critica a la función represiva. Al respecto, el derecho penal forma parte de los mecanismos sociales que tienen por finalidad obtener determinados comportamientos individuales en la vida social, compartiendo su tarea con la ética y la moral sin identificarse con éstas. Exteriormente procura alcanzar sus fines declarando ciertos comportamientos como indeseables y amenazando su realización con sanciones rigurosas. Es en este sentido que el derecho penal pasa a ser un instrumento de control social, que opera junto a otros instrumentos de idéntica finalidad, pero con sanciones que se ajustan a un procedimiento determinado para su aplicación y están preestablecidas de un modo específico en lo referente a sus alcances, duración, derechos que afecta, etcétera.
Desde hace más de DOS SIGLOS se enfatiza que la pena debe ser necesaria para prevenir, combatir, reprimir y conminar los delitos y faltas penales; esto apunta, que el castigo como corrección jurídica no debe tramontar más allá de los fines prefijados de lo que realmente es necesario como CONTROL SOCIAL y PENAL de la delincuencia. César de Bonesana Marqués de Beccaria, sostenía que: “Uno de los mayores frenos de los delitos, no es la crueldad de las penas, sino la infalibilidad, la eficacia de la conminación y de control social, fundado en la proporción de las penas con el daño ocasionado a las víctimas”.
Por otra parte, la investigación bibliográfica aborda el estudio del Derecho Penal a través de la historia: el Derecho Penal esclavista, el Derecho Penal en la sociedad feudal y el Derecho Penal de tipo burgués. En ese orden de ideas, se afirma que en el largo proceso de evolución de la sociedad, y del paso de una formación económico – social, a otra (por ejemplo de la comunidad primitiva a la sociedad esclavista, de la feudal a la burguesa-capitalista y de esta a la socialista). El Derecho Penal como superestructura jurídica a seguido los pasos históricos de estos sistemas económicos – sociales y políticos; exhibiendo diversos tipos históricos de penas y formas de represión del delito. Ese proceso evolutivo trajo consigo que el Derecho Penal también fuera progresando en la misma medida y a la par de nuestra sociedad, humanizando con el discurrir del tiempo la acción que este ejerce en cuanto a las penas a ser aplicadas y el proceso que se debe desarrollar al imputado.
Finalmente, está inmerso en el contenido del trabajo, la relación entre la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Derecho Penal, destacando en esta relación el articulado que genera dicha correspondencia.
DERECHO PENAL COMO MECANÍSMO DE CONTROL SOCIAL Y CRÍTICA A LA FUNSIÓN REPRESIVA
FUNDAMENTO SOCIO ANTROPOLOGICO DEL DERECHO PENAL
El Derecho penal no se reduce sólo al listado de las conductas consideradas delitos y la pena que a cada uno corresponde, sino que fundamentalmente, su misión es proteger a la sociedad. Esto se logra a través de medidas que por un lado llevan a la separación del delincuente peligroso por el tiempo necesario, a la par que se reincorpora al medio social a aquellos que no lo son mediante el tratamiento adecuado en cada caso para lograr esta finalidad.
La configuración del sistema del Derecho Penal se muestra como el producto de una relación dialéctica entre el interés en eliminar la violencia social extra penal y el interés en disminuir la propia violencia del sistema
Al hablar de una fundamentación antropológica del Derecho Penal, hay que destacar primero que el derecho penal en sí mismo no da la libertad al hombre, sino solo la posibilita (pero la tiene que posibilitar bien).
Así el derecho penal será un instrumento para garantizar al ser humano la eliminación de La violencia, y debe aplicarse tal cual.
Viendo el panorama actual del Derecho Penal, vale preguntarnos: ¿hacia dónde va el Derecho Penal? Así, con ello, el Derecho Penal debe tener un fundamento antropológico, así, los limites al derecho penal serán los Derecho Humanos. Si el derecho Penal tiene como fundamento al hombre, justamente, éste tendrá que ir dirigido hacia el bienestar de dicho. Lamentablemente solo vemos a un derecho penal en el ejercicio de poder, que solo busca la efectividad de la norma, y no así la efectividad del derecho el derecho será efectivo, siempre y cuando tenga como fundamento al hombre. Es que para cumplir con todos estos ideales (que lamentablemente lo son solo ideales), el juez el legislador deben ponerse en los zapatos del otro. Es una aspiración, quien sabe, a largo plazo, que solo dependerá de que los nuevos juristas busquen en su interior al significado verdadero de la justicia, y el verdadero fundamento del derecho penal, así, el derecho penal está para servir al hombre con el derecho, y no sólo se sirva del derecho del hombre.
DERECHO PENAL COMO MECANISMO DE CONTROL SOCIAL.
Control Social Concepto: El Diccionario de Sociología de 1995, de la Editorial Larousse, a tenor con la corriente francesa identifica el control social y la “regulación social”, reconociendo esta última como el “conjunto de presiones, directas e indirectas, que se ejercen sobre los miembros individuales o colectivos de un grupo o una sociedad para corregir las diferencias de comportamiento o de actitud ante las reglas sociales, y las normas adoptadas por el grupo social o la comunidad estudiada”.
Control social más que un concepto es una disciplina cuyo objeto es la sociedad en general, Las Constituciones de que se dotan las sociedades democráticas recojen el contenido básico de un acuerdo social, el conjunto de valores que este acuerdo incorpora constituyen los principios superiores que orientan el desarrollo social, inspiran la actuación de los poderes públicos (condicionando su actuación a la obtención de determinados fines) y fijan los objetivos que la sociedad aspira alcanzar. Las distintas organizaciones sociales con distintos métodos y objetivos tratan de que las personas que conviven en una sociedad internalizen dichos valores y principios los asuman como propios y se comporten conforme a los mismos.
En otras ocasiones, cuando los anteriores mecanismos sociales fallan, hay otros que tratan de garantizar directamente el orden social, procurando que los comportamientos individuales se ajusten, en todo caso, al orden de convivencia establecido. Y siempre lo hacen del mismo modo: identificando determinados comportamientos que resultan inaceptables para el sistema, estableciendo algunas sanciones o castigos para quienes incurren en los mismos, y precisando cuál es el procedimiento que se seguirá para aplicarlos.
Cada uno de estos sistemas de control social actúan en sectores diferentes y con metodologías diversas: la familia, el sistema educativo, el ámbito laboral y profesional, el de las relaciones sociales, las esferas religiosas, las relaciones jurídicas etc.
El Derecho Penal es también un sistema de control social que opera junto a los anteriores mecanismos sociales y que persigue, como estos, idéntica finalidad. Se diferencia, sin embargo de los mismos en primer lugar: en que se concentran en los comportamientos que se consideran más inadmisibles, esto es, en los ataques más graves contra el sistema social. En segundo lugar, en que las sanciones que aplican son las
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