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BASES DE COTIZACIÓN Y CUOTAS PATRONALES


Enviado por   •  9 de Octubre de 2013  •  1.013 Palabras (5 Páginas)  •  301 Visitas

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BASES DE COTIZACIÓN Y CUOTAS PATRONALES

BASES DE COTIZACIÓN

Es la cuantía establecida por la ley según los regímenes y la categoría profesional, en función de la cual se calcula la cotización a la Seguridad Social.

La base de cotización para efectos del Seguro Social se refiere a los conceptos que integran este tipo de salario, denominado también salario integrado, tomando en consideración todos los elementos exentos planteados en el artículo 27 de la Ley del IMSS y será la base para determinar el monto de las cuotas obrero patronales a cargo del patrón y, por ende la base para el cálculo de las prestaciones en dinero a que tiene derecho el trabajador o sus beneficiarios legales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 A, fracción XVIII de la Ley del Seguro Social, el salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad que se entregue al trabajador por su trabajo.

El nivel más bajo de cotización es un salario mínimo y el más alto 25 veces el salario mínimo.

Se integra por elementos fijos y variables:

Para calcularlo se deben considerar los elementos fijos de todo un año (sueldo + aguinaldo + prima vacacional + otras prestaciones, como bonos de productividad, bonos de puntualidad), la suma de todo esto lo dividimos entre el importe del sueldo percibido en un año, el resultado es el factor de integración que se deberá multiplicar por el salario diario para obtener el salario diario integrado (mejor conocido como Salario Base de Cotización).

Si se perciben elementos variables que no pueden ser previamente conocidos, debemos sumar lo que se percibió durante los 2 meses anteriores y se dividirá entre el numero de días trabajados en ese periodo.

Ejemplo:

Si se ganan $100.00 diarios y se tienen las prestaciones mínimas de Ley (Aguinaldo y prima vacacional, que es el 25% de las vacaciones; 15 días y 1.5 días respectivamente); En importes al año se percibirán $36,500.00 de sueldo, $1,500.00 de Aguinaldo y $150.00 de Prima Vacacional (Por 6 días de vacaciones en el primer año). Si sumamos tendremos $38,150.00 entre el importe del sueldo percibido en un año, que es de $36,500.00, el resultado es de 1.0452 que es el factor de integración que multiplicado por el salario diario ordinario ($100.00) obtenemos el Salario diario integrado o Salario Base de Cotización que es de $104.52.

Salario diario=100 Vacaciones=6 x0.25=1.5 Aguinaldo= 15 días año=365

365+1.5+15=381.5/365=1.0452 factor integración mínimo

Salario diario x factor integración= SBC

100 x 1.0452 = 104.52

CUOTAS PATRONALES

El patrón está obligado a determinar y enterar al Instituto el importe de las cuotas obrero patronales a su cargo derivadas del aseguramiento de sus trabajadores o sujetos de aseguramiento, en cada período de cotización, asimismo puede determinar las diferencias en el pago de las aportaciones de seguridad social incluyendo los accesorios que procedan, al

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