Beneficios de las Zonas Francas
OJITOS1416 de Abril de 2012
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Beneficios de las Zonas Francas
Beneficios financieros para los usuarios industriales
1. Establece una tarifa de renta diferencial del 15%, generando de forma inmediata un ahorro del 57,2% sobre el impuesto de renta.
2. No está obligado a pagar el Arancel y el IVA ya que mientras las materias primas, partes, piezas, bienes intermedios y bienes finales estén en Zona Franca están fuera del país. No están obligados a causar el IVA debido a que no han hecho su ingreso a Colombia; el IVA y el arancel se paga una vez importados.
3. Las exportaciones a Zona Franca gozan de los beneficios de exención de IVA que establece el estatuto Tributario para las Exportaciones.
4. Las ventas de mercancías extranjeras entre los usuarios de Zona Franca no causan el IVA ya que para los efectos no han ingresado a Colombia. En conclusión las compras locales y ventas de bienes no tienen IVA.
5. Exención del pago de Impuesto de Remesa (7%) sobre giros internacionales.
6. Exención del impuesto de renta para los socios de las empresas al distribuir las utilidades, ya que para los efectos el pago del impuesto ya lo realiza la persona jurídica de Zona Franca.
Beneficios cambiarios para los usuarios
1. Libertad cambiaria. Las empresas deciden si monetizan o no sus divisas; en caso de hacerlo deben cumplir con la legislación que sobre el particular determina el Banco de la República.
2. Tienen la libertad de repatriar utilidades.
3. Pueden acceder a financiación por parte de sus proveedores, sin la necesidad de constituir depósito. Sólo se debe informar al Banco de la República sobre el endeudamiento externo adquirido en un plazo de 6 meses contados a partir de la fecha del documento de transporte.
4. El plazo máximo de 180 días estipulado para el giro de divisas rige a partir de la fecha de nacionalización de la mercancía.
5. Posibilidad de manejar divisas y pesos por las compras y ventas entre residentes en Colombia y las zonas francas.
Beneficios aduaneros para los usuarios
1. Se pueden retirar temporalmente a Colombia de Zona Franca, materias primas, bienes intermedios y bienes finales para que sean objeto de procesos adicionales (parciales) en Colombia. La autorización la otorga directamente Zona Franca, cumpliendo con los plazos autorizados por la Dian. (esta actividad opera sólo para los Usuarios Industriales).
2. No pago de tributos aduaneros (arancel e IVA) sobre bienes de capital, equipos, computadores, maquinaria, materias primas, muebles y demás mientras estén en Zona Franca, la nacionalización se hace en el momento de retirar la mercancía de Zona Franca bajo la modalidad de importación que se le quiera dar al bien.
3. La valoración de mercancías según el estado de la mercancía. La determinación de la base gravable se realiza sobre el estado real del bien, evitando así el pago de impuestos sobre mercancía inservible u obsoleta.
4. Se pueden dar de baja los inventarios y destruir mercancías si las mismas no tienen valor. Los desperdicios del proceso de producción se pueden retirar para destrucción o se pueden vender de acuerdo al valor que se defina por la empresa.
5. Es posible el almacenamiento indefinido de mercancías.
6. Se puede extender los beneficios a proyectos nuevos que se pretendan desarrollar fuera de las Zonas Francas actuales. Esto se denomina “Zonas Francas Permanentes Especiales”.
7. Es posible que su empresa venda bienes a otras empresas según la modalidad que estén utilizando; tales como las ventas a In Bond, Depósitos de Provisiones de Abordo para Consumo, Depósitos de Transformación o Ensamble, Plan Vallejistas, Programas Especiales de Exportación PEX, Depósitos de Procesamiento Industrial. En estos casos no tiene que nacionalizar el bien sino que se procede conforme a los
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