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COMO SE DA EL CÓDIGO PROCESAL PENAL DOMINICANO

Pikaro21Ensayo20 de Abril de 2018

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CARRERA DE DERECHO

ASIGNATURA.                INVESTIGACION JURIDICA DOCUMENTAL

TEMA.                        PRESENTACIÓN DE ESTUDIO:

EL CÓDIGO PROCESAL PENAL DOMINICANO

JESUS SANCHEZ-REOLID GARCIA.

FECHA.17-03-2018

SANTO DOMINGO D.N. 

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SUMARIO

Contenido

Introducción        5

Marco de Análisis        8

Objeto de la investigación        8

Justificación de la investigación        8

Método de trabajo        10

PARTE GENERAL        11

I PRINCIPIOS FUNDAMENTALES        11

II ACCIONES QUE HACEN DE LOS HECHOS PUNIBLES.        14

III CRITERIO DE OPORTUNIDAD        15

IV EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL.        15

V PRESCRIPCIÓN.        16

VI CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN.        16

VII LA JURISDICCIÓN PENAL Y COMPETENCIA.        17

VIII DE LA RECUSACION E INHIBICIÓN        18

IX SUJETOS PROCESALES        19

X DEL MINISTERIO PÚBLICO.        20

XI ACTIVIDAD PROCESAL. ACTOS PROCESALES.        21

XII CONTROL DE LA DURACIÓN DEL PROCESO.        21

XIII COOPERACIÓN JUDICIAL INTERNACIONAL.        22

XIV MEDIOS DE PRUEBA.        23

XV MEDIDAS DE COERCION        23

15.1- MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONALES        23

15.2.- OTRAS MEDIDAS DE COERCIÓN        24

15.3 MEDIDAS DE COERCIÓN REALES        25

XVI. RECURSOS  CONTRA LAS RESOLUCIONES DE MEDIDAS DE COERCIÓN        25

XVII. COSTAS  E INDEMNIZACIONES        26

PARTE ESPECIAL        27

XVIII DEL PROCEDIMIENTO PREPARATORIO.        27

XIX. ACTOS INICIALES. DENUNCIA Y QUERELLA        27

DE LA DENUNCIA. FACULTAD DE DENUNCIAR:        27

DE LA QUERELLA.        27

DE LA INTERVENCIÓN DE LA POLICÍA JUDICIAL:        28

XX. DE LA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR        29

XXI. DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR        31

XXII. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES ANTE LA JURISDICCIÓN PENAL DOMINICANA.        33

XXIII. RÉGIMEN RECURSIVO. (MECANISMOS  DE IMPUGNACIÓN DE LAS DECISIONES EN MATERIA PENAL)        33

XXIV. RADIOGRAFIA A LOS CAMBIOS PRODUCIDOS POR MODIFICACIONES LEY 10-15. Y OPINIONES.        35

CONCLUSIÓN        43

BIBLIOGRAFÍA        44

REVISTAS        44

        

        


Introducción

El Código Procesal Penal  Dominicano  fue  instituido  por la Ley No. 76-02, promulgada en  fecha  diecinueve (19) del  mes de  julio del  año  dos  mil dos (2002), y cuya vigencia  inició a partir de veinticuatro (24) meses con posterioridad a dicha  fecha.  Este  texto  legislativo  derogó y abrogó  el antiguo  Código de  Procedimiento Criminal, así como  toda  legislación  que  le fuese contraria, lo cual constituyó una transición profunda entre el antiguo  modelo inquisitivo hacia un modelo acusatorio adversarial regido por las directrices del respeto a los principios y derechos fundamentales que conforman el Debido Proceso de Ley. De esta manera, el Código Procesal Penal  ha surtido  un gran impacto en la práctica  jurídica penal  en  la República  Dominicana, toda  vez que  el mismo constituyó, desde el inicio de  su  puesta en  vigor, un  verdadero y profundo cambio  del sistema de  justicia  penal,  tanto  para  la parte  acusadora, la parte investigadora, la defensa técnica y, por último, para la parte  juzgadora.

El sistema neoconstitucional que rige el quehacer jurídico dominicano a partir de la reforma Constitucional del año 2010, trae como resultado la coexistencia de principios y valores a los que debe sujetarse cualquier reforma legal. El Código procesal penal reconoce esta inevitable vinculación entre lineamientos constitucionales y leyes al establecer como principio Basilar de interpretación el de la Supremacía de la Constitución y los Tratados, y por tanto acorde con los principios universales de protección a los Derechos Fundamentales.

Unos años más después de la entrada en vigencia del actual Código Procesal Penal, se sometieron al Congreso Nacional, una serie de proyectos, tendentes a la modificación de varios artículos de dicho código, finalmente, mediante la Ley 10-15, del 6 de febrero del 2015, se produjo la modificación de 110 artículos del referido código.

El proceso establecido por la normativa procesal penal  produjo  cambios sustanciales en  el sistema de  justicia  penal  dominicano, fortaleciendo con  sus fundamentos el juicio oral, público y contradictorio del proceso penal  y la función jurisdiccional  de  los jueces; dotando al Ministerio  Público de  los medios apropiados para  la investigación de  las  infracciones; garantizando la defensa técnica, pública  o particular  a todo  imputado; introduciendo medios alternativos de resolución de conflictos penales; estableciendo la libertad  como  regla; asegurando la tutela  judicial de los intereses difusos; estableciendo controles de la duración  del proceso; simplificando los procedimientos; creando medidas alternativas a la prisión preventiva, entre otros.

El Código Procesal Penal Dominicano  contiene 449 artículos  y está dividido en dos  (2) partes: Parte General y Parte Especial.  Para su aplicación  han sido dictadas varias  disposiciones normativas, como son  la Ley No. 278-04  sobre la Implementación del Proceso Penal instituido por la Ley No. 76-02,  de fecha  trece (13) del mes de agosto del año  dos  mil cuatro  (2004),  así como  distintas  resoluciones emitidas por  la Suprema Corte  de Justicia, entre las cuales se pueden mencionar:

1) Resolución No. 1920-2003, de fecha trece (13) del mes de noviembre del año dos mil tres  (2003), para la aplicación anticipa- da  del  Código  Procesal Penal;  

2) Resolución No. 1170-2004, de  fecha  dos  (2) del mes de septiembre del  año  dos   mil  cuatro   (2004), sobre la Designación de  Jueces y Tribunales Liquidadores;

3) Resolución No. 296-2005, de fecha  seis  (6) del mes de abril del año dos mil cinco  (2005),  (modificada  por  la  Resolución No. 2087-2006), que establece el Reglamento para el Juez de la Ejecución  de la Pena;

 4) Resolución  No. 1731-2005, de fecha  quince  (15) del mes de septiembre del año dos  mil cinco (2005),  que  establece el  Reglamento sobre Medidas de  Coerción  y Celebración de  Audiencias durante la Etapa  Preparatoria al am- paro del Código Procesal Penal;

5) Resolución No. 1732-2005, de fecha  quince  (15) del mes de  septiembre del año  dos  mil cinco  (2005), que  establece el Reglamento para la tramitación de Notificaciones, Citaciones, y Comunicaciones Judiciales de  la Jurisdicción Penal;

6) Resolución No. 1734-2005, de fecha  quince (15) del  mes de  septiembre del  año  dos  mil cinco  (2005),  que  establece el  Reglamento sobre la Gestión Administrativa de las Secretarias  de  los Tribunales  al amparo del Código Procesal Penal;

7) Resolución No. 1735-2005, de  fecha  quince  (15) del mes de  septiembre del año dos mil cinco (2005), que establece el Reglamento sobre los Tribunales  Colegiados de Primera  Instancia de la Jurisdicción Penal;

8) Resolución No. 1733-2005, de fecha  quince (15) del  mes de  septiembre del  año  dos  mil cinco  (2005),  que  establece el  Reglamento para  el Funcionamiento de  la Oficina Judicial de  Servicios  de  Atención  Permanente de  la Jurisdicción Penal; 5) entre otras  legislaciones complementarias;

9) Resolución 3869-2006, de fecha  veintiuno  (21) del mes de diciembre del año dos  mil seis  (2006), que  establece el Reglamento para el Manejo  de los Medios de Prueba en  el  Proceso Penal;

 10)  Resolución 1029-2007, de fecha  tres  (3) del mes de mayo del  año  dos  mil siete (2007),  que  establece el Reglamento sobre los  Procedimientos de Resolución Alterna de Conflictos  Penales;

11) Resolución No. 2802-2009, de fecha  veinticinco (25) del mes de septiembre del año dos mil nueve (2009), sobre la Extinción de la Acción Penal;  

12) Resolución 58-2010, de fecha  once (11) del mes de  febrero del año  dos  mil diez (2010), que  establece un parámetro sobre los criterios  que  los jueces deben tomar  en consideración para  la imposición o  variación  de la medida de  coerción de  prisión  preventiva; entre otras.

13) Resolución 116-2010, que reglamenta el Procedimiento para obtener las declaraciones de la personas en condiciones de vulnerabilidad, victimas o testigos en los Centros de Entrevistas y que modifica el artículo 3 y agrega párrafo al artículo 21 de la Resolución 3687-2007.

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