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CONSTITUCION POLITICA


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2012  •  8.755 Palabras (36 Páginas)  •  311 Visitas

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CONSTITUCION POLITICA

1. QUE ES ESTADO?

Es una forma de organización social, económica, política soberana y coercitiva, conformada por organizaciones que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.

2. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES ESTAN DESCRITOS EN LA CONSTITUCION POLITICA DE 1991. DETERMINAR CUALES SON Y EL MECANISMO PARA SU PROTECCION.

Los derechos fundamentales tienen aplicación inmediata por ende el art. 85 consagra lo siguiente: “son de aplicación inmediata los derechos consagrados en los artículos: 11,12,13,14,15,16,17, 18,19,20,21,23,24,26,27,28,29,30,31,33,34,37 y 40. Los mecanismos de protección contemplados en la Constitución colombiana de 1991 son:

La acción de tutela.

La acción de cumplimiento.

Las acciones populares.

Las acciones de clase o de grupo.

3. EXPLICAR LOS DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES CULTURALES QUE SEÑALA LA CONSTITUCION?

Los derechos sociales, económicos y culturales, consagrados en los artículos 42 a 77, hacen referencia a los conceptos de calidad de vida y satisfacción de las necesidades básicas. Allí, además, se deja claro que la mujer tiene igualdad de derechos con el hombre, y que por tanto, no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación.

4. ENQUE CONSISTE LAS ACCIONES POPULARES Y DE GRUPO?

ACCIONES POPULARES. Son los medios procesales para la protección de los derechos e intereses colectivos. Las acciones populares se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.

ACCIONES DE GRUPO. Son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas. Las condiciones uniformes deben tener también lugar respecto de todos los elementos que configuran la responsabilidad.

5. ENQUE CONSISTE LAS ACCIONES DE CUMPLIMIENTO?

La acción de cumplimiento es un mecanismo judicial de protección y aplicación de los derechos por medio del cual toda persona puede hacer efectivo el cumplimiento de una ley o acto administrativo.

En qué casos procede la acción de cumplimiento?. De acuerdo con la Ley 393 de 1997 la acción de cumplimiento procede cuando las autoridades o los particulares que ejercen funciones públicas, por acción u omisión, incumplen normas con fuerza de Ley o actos administrativos o cuando ejecuten actos o hechos de los que se deduzcan su inminente incumplimiento.

6. EXPLICAR LAS OBLIGACIONES QUE TRATA EL ARTICULO 95 DE LA CONSTITUCION?

Si al ciudadano el constituyente le reconoce derechos, igualmente los ciudadanos tienen obligaciones. Derecho y deber se interactúan dinámicamente dentro de las obligaciones, se resaltan algunos deberes macro como son: El respeto a los derechos ajenos, la solidaridad social, las acciones humanitarias, el respeto a las autoridades democráticas y legítimas, la defensa de los derechos humanos, la participación en todos los órdenes, el mantenimiento de la paz, la colaboración en el funcionamiento de la administración de justicia, la protección de recursos culturales y naturales, el deber de contribuir. La norma es valiosa por el carácter pedagógico que ella infunde.

7. EXPLIQUE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO?

Al igual que la Constitución de 1886 que reemplazó, la Constitución de 1991 establece tres poderes de gobierno: legislativo, ejecutivo y judicial. También establece órganos autónomos con funciones específicas para el cumplimiento de los cometidos adicionales del Estado colombiano.

8. CUALES SON Y EN QUE CONSISTEN LOS MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA?

Estas son las formas de participar democráticamente en ejercicio de sus derechos, LEY 134 DE 1994.

El Voto. Acto mediante el cual un ciudadano participa de manera activa en la elección de las personas que quieren que las representen o en la adopción de una decisión, pronunciándose en uno y otro sentido.

El Plebiscito. Es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo. El más famoso plebiscito en la historia reciente fue el que abrió las puertas al Frente Nacional.

El Referendo. Es la convocatoria que se le hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no una norma ya vigente. Ese referendo puede ser nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.

El Referendo Derogatorio. Es cuando se coloca a consideración del ciudadano el sometimiento de un acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, en algunas de sus partes o en su integridad, para que el pueblo decida si la deroga o no.

El Referendo Aprobatorio. Es cuando se coloca a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o rechaza, total o parcialmente, el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución local y una iniciativa popular que no haya sido aprobada por la corporación pública correspondiente.

La Consulta Popular. Es la institución mediante la cual una pregunta de carácter general sobre un asunto de transcendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida por el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.

Cuando la consulta se refiera a la conveniencia de convocar a una Asamblea Constituyente, las preguntas serán sometidas a consideración popular mediante ley aprobada por el Congreso de la República.

El Cabildo Abierto. Es la reunión pública de los concejos distritales, municipales y de las juntas administradoras locales (JAL), para que los habitantes puedan participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

La Iniciativa Popular. Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que pretende reformar la constitución) ante el Congreso de la República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de resolución

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