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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS POR PRODUCCION DE FONOGRAMA y CO-AUTORIA

Beto Hrrera JasoDocumentos de Investigación29 de Enero de 2020

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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS POR PRODUCCION DE FONOGRAMA  y CO-AUTORIA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR EN LOS SUCESIVO “EL PROVEEDOR” Y POR LA OTRA EL C. ANGEL EDUARDO BELTRAN IBARRA, EN LO SUCESIVO “EL CLIENTE”, MISMO  QUE SE CELEBRA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES:

1.- De VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR.

 

  1. Que es de nacionalidad Mexicana, soltero, nacido en fecha 05 de septiembre de 1987, quien se identifica con credencial para votar no. RVSLVC87090509H000.

Que su domicilio es el ubicado en: Calle Lago Calido Mza 22, Lt 12, Colonia Ampliacion Cd Lago, Nezahualcóyotl, Estado de México.

  1. Que se dedica a prestar  servicios de representación artística, así como producción sonora y logística de eventos relacionados al medio artístico, bajo criterio profesional, autonomía e independencia.

  1. Declaro la clara participación tanto intelectual y lírica por ambas partes tanto la propia como la del C. ANGEL EDUARDO BELTRAN IBARRA, así como las mismas por las cuales sin nuestra conjunta aportación y participación  en la obra misma, esta no hubiese podido ser susceptible de existir, motivo por el cual se señala su nombre  como autora e intérprete del fonograma titulado “POSITIVO”.
  1. Declaro el conocer y señalar al C. ANGEL EDUARDO BELTRAN IBARRA, como co-autor e intérprete  del fonograma titulado “POSITIVO”.

2.-  ANGEL EDUARDO BELTRAN IBARRA “EL CLIENTE”

  1. Que es de nacionalidad Colombiana, originaria de Cartagena, nacido en fecha 08 de octubre de 1991, quien se identifica con pasaporte número AQ816612 CON VIGENCIA HASTA EL DIA 07 DE ABRIL DE 2025.

  1. Que su domicilio es el ubicado en: Villa Estrella Mza. 6, lote 2, en Cartagena, Colombia.
  1. Que se dedica a prestar  servicios de carácter artístico musical, en autonomía e independencia.
  1. Que su nombre artístico es “KISI JAY”, mismo que es reconocido en el medio artístico.
  1. Declaro que la obra que se presenta es original y en  calidad de Autoría y que junto al C. Victor Raul Rivera Salazar conozco el alcance de lo declarado y lo dispuesto por los art. 131, 131 bis y  132 de la Ley Federal del Derecho de autor.
  1. Declaro la clara participación tanto intelectual como económica por parte del C. VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR, así como la propia y en su conjunto, mismas que sin su combinación, aportación y participación  en la obra misma, esta no hubiese podido ser susceptible de existir.
  1. Declaro bajo pleno uso de mis facultades mentales y físicas, conocer al C. VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR, y tenerlo reconocido en calidad de  Productor del Fonograma titulado como “POSITIVO”, mismo en el que fungió intelectualmente como económicamente  para la realización, promoción y difusión en todo el territorio de México, gestionando el tema para fines de comercialización, promoción y económicos mismos  que fueron vitales para la existencia del mismo.
  1. Acto por el cual las percepciones por concepto de REGALIAS POR EJECUCION  Y COMUNICACIÓN PUBLICA quedan a nombre de los suscritos en el presente instrumento los C. ANGEL EDUARDO BELTRAN IBARRA  y el  C. VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR, de acuerdo en lo relativo a la Ley Federal del Derecho de Autor.
  1. Declaro ser mi deseo el reconocer al C. VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR, en carácter de Productor del fonograma “POSITIVO”,para lo cual se ajustará  y perfecciona  a mi voluntad con lo contenido en la presente declaración.
  1. Tener conocimiento del pago de los porcentajes de las regalías por concepto de  Derechos de Autor, del tema antes enunciado se sujetará a lo captado por la Sociedad de Gestión Colectiva misma posteriormente  a designarse en la Ciudad de México y  todo lo referente aplicable a la Ley Federal del Derecho de Autor.
  1. Es mi deseo  señalar como Productor y conferir a favor del C. VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR, derecho exclusivo para  ejercitar y gestionar, todo lo referente a derechos de reproducción, publicación, distribución y licenciamiento  y/o comercialización de la obra.
  1. Declaro haber participado y colaborado con el C. VICTOR RAUL RIVERA SALAZAR cuyo nombre aparece en el soporte físico de la obra  como “Abogados CUR Records” así como la no existencia de ningún conflicto de interés, real, potencial ó potencialmente percibido que pueda presentar un sesgo en la publicación de esta obra.

En consecuencia, se ha resuelto suscribir el siguiente contrato al tenor de las siguientes:

II.-CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO: En virtud del presente contrato, “EL PROVEEDOR”  se obliga a prestar los servicios profesionales y económicos para la PRODUCCION DEL FONOGRÁMA “POSITIVO”, así como la gestión, la logística y  la aportación económica, para uso exclusivo del “ARTISTA” y “el PROVEEDOR”, para su difusión en todo el territorio Mexicano, en todo carácter mediático.

SEGUNDO.- “EL PROVEEDOR”  utilizará sus recursos económicos, técnicos y profesionales para la creación y gestión la obra musical anteriormente citada, misma que se gestionara en diversos medios de comunicación para la transmisión y difusión de la misma.

TERCERO.- “EL PROVEEDOR” acepta los derechos exclusivos sobre el material grabado y editado, quedando también en favor de este el uso exclusivo en territorio mexicano el uso de la obra musical “POSITIVO”.

CUARTA.- Para efectos de este contrato, los servicios de producción que “EL PROVEEDOR” promoverá y para los cuales este procurará encontrar negocios, desarrollarlos y consolidarlos en favor de “EL ARTISTA”, previa aceptación de este último, pueden comprender cualquier de los siguientes:

  • Grabación, promoción y distribución de la obra musical “POSITIVO” en todo el territorio mexicano.
  • Promoción de su trabajo artístico en medios masivos de comunicación (radio, prensa, páginas de internet, redes sociales, a nivel mundial;
  • Actuaciones en vivo o grabadas en cintas magnetofónicas, videograma, cinematográfica, películas, discos, video-discos o cualquier otro medio de almacenamiento y reproducción existente.
  • Actuaciones en espectáculos públicos o privados.
  • Actuaciones con fines publicitarios y de mercadeo para prensa, radio, televisión, etc.
  • Y en general, cualquier actividad relacionada con actividades artísticas y/o con el talento de “EL ARTISTA”.

  • “EL ARTISTA”, otorga el pleno consentimiento y licencia sobre la manipulación conceptual, mediática, mismas  en relación a derechos de autor, derechos de imagen y nombre artístico.
  • Es deber de “EL ARTISTA”, comprometerse a la grabación y a prestar su talento tanto lírico como intelectual para la grabación de (8) ocho temas con música y letra  mismas que integraran el fonograma con el título “POSITIVO”.               

QUINTA.-OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR: Se compromete respecto de “EL ARTISTA” a cumplir las siguientes obligaciones sin perjuicio de las de las demás que se establecen en este contrato:

  1. Gestionar económicamente y realizar la grabación de un MASTER físico con (8) ocho temas que comprenderán el fonograma con título “POSITIVO”.
  2. Realizar la producción y maquila de 1000 unidades (mil) del MASTER que contienen la canción “POSITIVO”.
  3. Ser medio de contacto y de contrataciones oficiales de “EL ARTISTA” en México, por lo cual deberá publicar toda la información (fotos, biografía, redes sociales, eventos) pertinente de “EL ARTISTA” una vez firmado el contrato.
  4. Sugerir y establecer a “EL ARTISTA”  la tarifa económica de cada evento o presentación, según se establezca en cada parte de México y acorde a las estrategias elaboradas conjuntamente entre ambos.

  1. Realizar todas las gestiones legales derivadas de los contratos celebrados por “EL ARTISTA”, su manager en su representación ante las instancias legales competentes, así como derivadas del uso de su material ante las instancias legales competentes, así como las derivadas del MASTER producido, de su imagen su nombre etc.

QUINTA.- PROHIBICION DE CEDER Y/O DELEGAR:

Queda entendido que el presente contrato se ha celebrado en atención a las cualidades profesionales y artísticas de “EL ARTISTA”. Por lo tanto, queda prohibida la cesión del contrato y/o delegación de alguna o algunas de las actividades y/o obligaciones que a él han sido encomendadas por este contrato, salvo que de común acuerdo entre las partes se haga.

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