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Categorizacion De Restaurantes


Enviado por   •  9 de Marzo de 2013  •  1.487 Palabras (6 Páginas)  •  1.853 Visitas

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INTRODUCCION

La categorización de restaurantes es un programa que evalúa estándares de calidad y obedece a una política nacional de competitividad turística que busca posicionar a los restaurantes con argumentos técnicos con el fin de atraer un mayor número de visitantes internacionales e impulsar el turismo interno del país.

Este programa beneficia además a los clientes (comensales o consumidores) ya que garantiza que la calidad asignada por categoría corresponde exactamente a los estándares fijados para cada tenedor.

Esta norma ha sido elaborada para categorizar establecimientos de la industria gastronómica. La finalidad de dicha certificación por tenedores para restaurantes es puntualizar parámetros de servicio, infraestructura y Buenas Prácticas de Manufactura.Su finalidad y objetivo de categorizar a los restaurantes es buscar su certificacion por tenedores.

CAPITULO I

1.CATEGORIZACION DE RESTAURANTES

Si estas interesado en iniciar un Restaurante de 1 a 5 tenedores debes tener en cuenta que tu establecimiento debe cumplir con el Reglamento de Restaurantes (D.S. Nº 025-2004) del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).

1.1. NORMATIVIDAD VIGENTE Y PASADA

La normatividad turística en el Perú desde el año de 1993 del régimen pasado pensó el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, debido a la globalización y al crecimiento económico que estaba teniendo el Perú pensó muy vagamente en categorizar a los restaurantes esta es una normatividad pasada el Decreto Supremo Nº 021-93-ITINCI,

REGLAMENTO DE RESTAURANTES

TITULO I

DEL AMBITO DE COMPETENCIA

Artículo 1.- En cuanto se refiere a la prestación de servicios de restaurantes, es competencia del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, y en su caso, de los organismos regionales competentes por delegación de funciones, lo siguiente:

a) Determinar la categoría de los restaurantes conforme a lo establecido en este Reglamento;

b) Supervisar las condiciones de funcionamiento y prestación de los servicios, para los efectos de este Reglamento;

c) Tramitar y resolver las reclamaciones que se formulen sobre la prestación de servicios;

d)Aplicar sanciones por infracciones al presente Reglamento;

e) Ejercer las demás atribuciones que establezcan los dispositivos legales vigentes.

TITULO II

DE LA AUTORIZACION Y FUNCIONAMIENTO

Artículo 2.- Son restaurantes aquellos establecimientos que expenden comidas y bebidas preparadas al público en el mismo local, prestando el servicio en las condiciones que señala el presente Reglamento y de acuerdo a las normas sanitarias correspondientes.

Artículo 3.- Los Restaurantes en atención a la calidad de sus instalaciones, equipamiento y servicio que proporcionan, tendrán una categoría genérica, que corresponde a primera, segunda y tercera categoría, y dentro de éstas, categorías específicas de 5, 4, 3 ,2 y 1 Tenedor.

Categorización

Genérica Categorización

Específica

Primera Categoría 5 Tenedores

4 Tenedores

Segunda Categoría 3 Tenedores

2 Tenedores

Tercera Categoría 1 Tened

Interpretando esta normatividad como bien es cierto categoriza a los restaurantes pero muy vagamente

Artículo 4.- Los servicios de comidas y bebidas brindadas en los comedores en los establecimientos de hospedaje, tanto a sus huéspedes como al público en general, están sujetos al presente Reglamento sólo en lo referente a restaurantes, por lo demás estarán regidos por el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje, ostentando los restaurantes la misma categoría que tienen asignada el establecimiento. Aquellos restaurantes explotados con independencia del servicio del comedor del establecimiento de hospedaje quedarán sometidos al presente Reglamento, aún cuando se encuentren en el mismo edificio.

Esta norma en artículos posteriores no se refiere a las condiciones que debería tener cada categorización según los restaurantes, señalando solo condiciones mínimas (salidas de emergencia entradas de servicio y principal, en el caso de algunos restaurantes ascensor y en lo referente a restaurantes turísticos que estén fuera de la ciudad en esta norma el legislativo hizo un vago esfuerzo para regular cada categoría )

Sin embargo el Reglamento de Restaurantes mediante el DECRETO SUPREMO Nª 025-2004-MINCETUR Que, en cumplimiento de dichas disposiciones se ha revisado el mencionado

Reglamento de Restaurantes( Nº 021-93-ITINCI), de lo que resulta la necesidad de actualizarlo y adecuarlo a la normatividad vigente, a fin de contar con un marco normativo institucional acorde con las exigencias y retos que plantea el proceso de la descentralización;

De conformidad con el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 26961, Ley para el Desarrollo de la Actividad Turística y la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior, y Turismo.

DECRETANDO:

Articulo 1º.- Apruébese el Reglamento de Restaurantes que consta de siete (7) capítulos, veintisiete (27) artículos, nueve (9) disposiciones transitorias, complementarias y finales y cinco (5) anexos, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Articulo 2º.- Derógase el Decreto Supremo

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