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Conceptos De Procesal Mercantil


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2014  •  2.050 Palabras (9 Páginas)  •  672 Visitas

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1.- Cual es el concepto de derecho procesal mercantil? Es el conjunto de normas relativas a la relación del derecho mercantil y es privativa sobre obligaciones y derechos procedentes de los negocios, contratos y operaciones que están comprendidos en el Código de Comercio. 2.- En que ordenamiento jurídico se encuentran contenidas las normas procesales mercantiles en relación con los títulos de crédito? En el Código de Comercio en lo referente a títulos de crédito 3.- Explica lo que se entiende por juicios mercantiles Son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir las controversias que se susciten entre comerciantes o entre personas que practiquen o ejecuten actos mercantiles. 4.- Cuantas clases de juicios se pueden tramitar en los procedimientos mercantiles? Ordinarios, ejecutivos, y especiales, que se encuentren regulados por cualquier ley de índole mercantil. 5.- Que modificaciones se hicieron al artículo 1055 del Código de Comercio en el Decreto Publicado con fecha 24 de mayo de 1996? Que incluyeron los juicios especiales, que antes no estaban previstos por ese numeral y se agregaron las reglas a que debe sujetarse todos los juicios de carácter mercantil. 6.- menciona algunos actos que tengan carácter auténticamente civil por lo que se les debe excluir de la materia mercantil Para diferenciar por lógica jurídica, los actos mercantiles de los civiles se menciona como auténticamente civiles a: elmatrimonio, la propiedad, el divorcio, la posesión, la patria potestad, la tutela, la adopción, etc. que no llevan finalidad de algún lucro. 7.- Que importancia tiene para e abogado conocer el contenido del artículo 75 del Código de Comercio? Es importante, porque permite a los litigantes y juzgadores determinar la procedencia de la vía para demandar y para diferenciar los actos de naturaleza civil de los mercantiles. 8.- Explica las reglas más importantes de aplicación supletorias del Derecho Procesal Civil al procedimiento mercantil a) Si el ordenamiento procesal mercantil no reglamenta determinada institución o sistema, no cabe la supletoriedad por exclusión deseada del legislador. Por ejemplo: recurso de queja. b) Si las normas procesales mercantiles reglamentan determinada institución o sistema en forma

completa, no cabe la supletoriedad. Ejemplo: recursos. c) Si las normas procesales mercantiles reglamentan defectuosamente determinada institución i sistema, cabe la supletoriedad de las normas procesales civiles por omisión involuntaria el legislador. 9.- Cuales limitaciones se aplican al principió de la autonomía de la voluntad en el procedimiento mercantil? Las previstas por los artículos 1051, 1052 y 1053 del Código de Comercio. Artículo 1051.- El procedimiento mercantil preferente a todos es el que libremente convengan las partes con las limitaciones que se señalan en este libro, pudiendo ser un procedimiento convencional ante Tribunaleso un procedimiento arbitral. A tal efecto, el tribunal correspondiente hará del conocimiento de las partes la posibilidad de convenir sobre el procedimiento a seguir para solución de controversias, conforme a lo establecido en el párrafo anterior del presente artículo. La ilegalidad del pacto o su inobservancia cuando esté ajustado a ley, pueden ser reclamadas en forma incidental y sin suspensión del procedimiento, en cualquier tiempo anterior a que se dicte el laudo o sentencia. El procedimiento convencional ante tribunales se regirá por lo dispuesto en los artículos 1052 y 1053, y el procedimiento arbitral por las disposiciones del título cuarto de este libro. Artículo 1052.- Los tribunales se sujetarán al procedimiento convencional que las partes hubieren pactado siempre que el mismo se hubiere formalizado en escritura pública, póliza ante corredor o ante el juez que conozca de la demanda en cualquier estado del juicio, y se respeten las formalidades esenciales del procedimiento. Artículo 1053.- Para su validez, la escritura pública, póliza o convenio judicial a que se refiere el artículo anterior, deberá contener las previsiones sobre el desahogo de la demanda, la contestación, las pruebas y los alegatos, así como: I.- El negocio o negocios en que se ha de observar el procedimiento convenido; II.- La sustanciación que debe observarse, pudiendo las partes convenir en excluir algún medio de prueba, siempre que no afecten lasformalidades esenciales del procedimiento; III.- Los términos que deberán seguirse durante el juicio, cuando se modifiquen los que la ley establece;

IV.- Los recursos legales a que renuncien, siempre que no se afecten las formalidades esenciales del procedimiento; V.- El juez que debe conocer del litigio para el cual se conviene el procedimiento en los casos en que conforme a este Código pueda prorrogarse la competencia; VI.- El convenio también deberá expresar los nombres de los otorgantes, su capacidad para obligarse, el carácter con que contraten, sus domicilios y cualquiera otros datos que definan la especialidad del procedimiento. En las demás materias, a falta de acuerdo especial u omisión de las partes en la regulación procesal convenida, se observarán las disposiciones de este libro. 10.- Explica los principios de reserva de derechos, de ser esencialmente dispositivo y de la doble instancia en el procedimiento mercantil a) El principio de la reserva de derechos, señala que si en los juicios mercantiles la acción ejecutiva, la sentencia definitiva desestima la acción ejecutiva, sin estudiar el fondo del negocio, se reservan los derechos al actor para que los haga valer en el procedimiento que estime pertinente. b) El principio dispositivo señala que en los juicios mercantiles, el impulso procesal le corresponde exclusivamente a las partes, excepto en la suspensión de pagos y en la quiebra que puede dar de oficio el juez. c) El principio de ladoble instancia indica que las resoluciones en los juicios mercantiles son apelables por regla general. 11.- Cuales son las formalidades del procedimiento que se deben observar en los juicios mercantiles? Las previstas por los artículos del 1063 al 1067 del Código de Comercio. Artículo 1063.- Los juicios mercantiles se substanciarán de acuerdo a los procedimientos aplicables conforme este Código, las leyes especiales en materia de comercio y en su defecto por el Código Federal de Procedimientos Civiles y en último término por el Código de Procedimientos Civiles local. Artículo 1067.- Los autos podrán ser consultados por las partes o por las personas autorizadas para ello permaneciendo siempre dentro del local del tribunal. La frase dar o correr traslado significa que los autos quedan a disposición de los interesados y en su caso se entreguen copias. Las disposiciones de este artículo comprenden al Ministerio Público. El tribunal está obligado a expedir a costa del solicitante, sin demora alguna, copia simple o fotostática de los documentos o resoluciones que obren en autos, bastando que la parte interesada lo solicite verbalmente, sin que se requiera decreto judicial, dejando constancia en autos de su recepción.

Para obtener copia certificada de cualquier documento que obre en juicio, la parte interesada debe solicitarlo en comparecencia o por escrito, requiriéndose decreto judicial, y cuando se pidiere copia o testimonio de parte de un documento opieza, el contrario tendrá derecho de que a su costa se adicione con lo que crea conducente del mismo documento o pieza. Cuando la parte interesada solicite copia certificada de uno o varios documentos completos, en ningún caso se dará vista a la contraria. Al entregarse las copias certificadas, el que las reciba debe dejar en autos razón y constancia de su recibo, en el que señale las copias que reciba. Para obtener copia o testimonio de cualquier documento que se encuentre en archivos o protocolos que no están a disposición del público, aquél que pretenda lograrlo y carezca de legitimación en el acto contenido en el documento, requiere de decreto judicial, que no se dictará sino con conocimiento de causa y audiencia de parte, procediéndose incidentalmente, en caso de oposición. 12.- Cómo deben redactarse las actuaciones judiciales En idioma español 13.- Explica las obligaciones que tiene el secretario de acuerdos de un juzgado en el trámite del procedimiento mercantil Cuidaran que las promociones originales o en copias sean claramente legibles y de que los expedientes sena exactamente foliados, al agregarse cada una de las hojas rubricaran estas en el centro de los escritos, sellándolo en el fondo del cuaderno de manera que abarquen las dos paginas y dará cuenta al titular del tribunal junto con los oficios, correspondencia, razones actuariales, promociones o cualquier escrito con proyecto de acuerdo recaído a dichos actos, a más tardar dentro delsiguiente día de se prescripción bajo pena de responsabilidad. 14.- Cual es el concepto de notificación Es el acto por el cual con las familiaridades legales preestablecidas se hace saber una resolución judicial a la persona que se reconoce como interesada en su conocimiento o se le requiera para que cumpla un acto procesal. 15.- Detalla las clases de notificaciones que existen en el procedimiento mercantil Personales o por cedula, por boletín judicial, gaceta o periódico judicial, en aquellos lugares donde se editen los mismos, expresando los nombres y apellidos completos de los interesados; por estrados, por edictos, por correo y por telégrafo 16.- Que acuerdos procesales se deben notificar personalmente durante la secuela de un procedimiento mercantil? Los previstos por el artículo 109 del Código de Procedimientos Civiles del estado de Jalisco o sus correlativos de sus demás entidades federativas, aplicados supletoriamente al Código de Comercio.

Artículo 109.- Será notificado personalmente en el domicilio de los litigantes y del Agente de la Procuraduría Social: I. El emplazamiento del demandado a juicio y siempre que se trate de la primera notificación en cualquier procedimiento judicial, aunque sean diligencias preparatorias; II. La citación para absolver posiciones, para el reconocimiento de libros y documentos, salvo las que este Código permita se reciban sin citación de la contraria; III. La primera resolución que se dicte cuando sedejare de actuar más de cuatro meses por cualquier motivo; IV. El requerimiento de un acto a la parte que deba cumplirlo; V. Cuando se haga saber el envío de los autos a otro tribunal; VI. La sentencia definitiva o interlocutoria, cuando no se dicten dentro del término señalado en este Código y los autos definitivos que pongan fin a un procedimiento; y VII. En los demás casos en que la ley o el juzgador así lo ordene. 17.- Explica el concepto y objeto de los exhortos El exhorto es el requerimiento escrito formulado por un juez a otro de igual categoría, de la misma o de diferente jurisdicción, para que de cumplimiento a las diligencias que en él se encargan. Su objeto es obtener ayuda judicial para cumplimentar la petición formulada, lo que requerirá una conducta de colaboración del órgano requerido. 18.- cuantas clases de exhortos se pueden tramitar en el procedimiento mercantil Nacional e internacional, que puedan ser civiles familiares, mercantiles, federales o locales. 19.- Cuales son las nuevas notificaciones reguladas por el Código de Comercio según el decreto de reformas de ese ordenamiento jurídico? Las previstas por el artículo 1068 del Código de Comercio Artículo 1068.- Las notificaciones, citaciones y entrega de expedientes se verificarán a más tardar el día siguiente a aquel en que se dicten las resoluciones que ordenen su práctica. Si se tratare de notificaciones personales, estas deberán realizarse dentro de los tresdías siguientes a aquel en que el notificador reciba el expediente. Sin perjuicio de lo anterior, por causa justificada, el juez, bajo su responsabilidad, podrá ampliar los plazos previstos en este párrafo. Se impondrá de plano a los infractores de este artículo una multa que no exceda del equivalente a

diez días de salario mínimo general vigente en el lugar en que se desahogue el procedimiento. A tal efecto, el juez deberá hacer del conocimiento del Consejo de la Judicatura que corresponda la infracción, a efecto de que este substancie el procedimiento disciplinario respectivo. Las notificaciones en cualquier procedimiento judicial serán: I. Personales o por cédula; II. Por Boletín Judicial, Gaceta o periódico judicial en aquellos lugares en donde se edite el mismo, expresando los nombres y apellidos completos de los interesados; III. Por los estrados, en aquellos lugares destinados para tal efecto en los locales de los tribunales, en los que se fijarán las listas de los asuntos que se manden notificar expresando los nombres y apellidos completos de los interesados; IV. Por edictos que se hagan ostensibles en los sitios públicos de costumbre o que se manden publicar en los periódicos que al efecto se precisen por el tribunal; V. Por correo certificado, y VI. Por telégrafo certificado. 20.- cual es el concepto de despacho Es el dirigido por un juez superior a uno inferior encomendándole la realización de un acto procesal.

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