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Conceptos del derecho


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2021  •  Tareas  •  2.615 Palabras (11 Páginas)  •  93 Visitas

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Anota tres conceptos tres conceptos acerca del derecho

R=Para Arauz Castex, “el derecho es la coexistencia humana normativamente pensada en función de justicia”. Para Borda, “es el conjunto de normas de conducta humana establecidas por el Estado con carácter de obligatorio y conforme a la justicia”. Para Salvat, “es el conjunto de reglas establecidas para regir las relaciones de los hombres en sociedad, en cuanto se trate de reglas cuya observancia puede ser coercitivamente impuesta a los individuos”.

¿Por qué es importante el derecho?

R=Como primera medida, debemos tener en cuenta que el derecho está presente en todos lados y en todo momento, resulta imposible imaginar una sociedad sin su presencia. Así mismo, muchos actos que a simple vista parecen irrelevantes se encuentran en pleno contacto con el derecho, por ser actos que conducen a una conducta regulada por el derecho mismo o por los individuos e instituciones referentes al derecho. La convivencia de los hombres en sociedad exige inexcusablemente la vigencia de las normas a las cuales deban ajustar su conducta; de lo contrario reinaría el caos y la vida en común sería imposible.

¿Qué entiendes por D. Objetivo?

R=El derecho objetivo lo constituye la norma, o mejor dicho, el conjunto de normas (ordenamiento jurídico). Objetivamente, podemos caracterizar al derecho, como “el ordenamiento social justo”. Es decir, como una regla de conducta exterior al hombre a quien se dirige, y que arrojan las siguientes expresiones: “el derecho prohíbe apoderarse de lo ajeno”, o “el derecho impone a los esposos los deberes de asistencia, fidelidad y cohabitación”, etc. Por ello, el derecho objetivo no es otra cosa que conjunto de normas que rigen las relaciones de las personas en una comunidad.

El derecho objetivo no es nada más que las normas jurídicas que se encargan de regular al ser humano en sociedad y propiciar, al menos idealmente, la buena convivencia social. Son las normas que sabemos que existen dentro de un sistema jurídico en una sociedad, mismas normas que sabemos que tienen consecuencias reales como una sentencia dictada a cumplir. Es simplemente toda aquella ley que está escrita y plasmada explícitamente en un documento jurídico oficial, como la constitución o el código penal.

¿Qué entendemos por D. Subjetivo?

R=El derecho subjetivo está constituido, correlativamente, por la relación jurídica o el conjunto de relaciones jurídicas, cada una de las cuales se integra con facultades y deberes. Pero sucede que la doctrina tradicional ha acuñado la expresión “derecho subjetivo” refiriéndose solamente a uno de los ingredientes de la relación jurídica: la facultad jurídica. Se hace necesario entonces tener presente que la expresión “derecho subjetivo” admite un sentido amplio (relación jurídica) y un sentido estricto (facultad jurídica)...”

El derecho subjetivo no es nada más que la facultad que tienen los seres humanos de hacer valer sus derechos dentro de una sociedad, derechos que están reconocidos por la ley de cada país o nación. Pero también es el medio por el cual los individuos conocen sus derechos, pero también obligaciones. Saber y conocer esos dos aspectos también nos ayudarán a que la sociedad funcione mejor, jurídicamente hablando.

¿Son antagónicos el D. Objetivo y el D. Subjetivo? ¿Por qué?

R=No. Aunque el Derecho objetivo y el derecho subjetivo pueden ser distintos en algún punto, los dos se complementan entre sí. El Derecho objetivo y el Derecho objetivo no son antagónicos porque uno es necesario para la existencia del otro y viceversa. Ejemplificando: No puede haber seres humanos que ejerzan sus derechos y obligaciones sin un documento o un aparato físico y tangible que diga cuales son sus derechos y obligaciones. y al mismo tiempo, no tendría sentido que existiera un conjunto de normas sin esa facultad de ejercer esas normas y derechos. El derecho objetivo lleva al derecho subjetivo y viceversa.

Anota las tres principales características del d. natural

R=1) Sus principios son válidos para todo tiempo y lugar. 2) Estos principios encuentran su fundamento en algo superior al hombre, por la cual los hombres no podrían cambiarlo aunque se lo propusieran. En consecuencia, 3) los principios y contenidos del llamado “Derecho Natural” no estarían sujetos a las vicisitudes de la Historia.

¿Cuál es el fundamento del d .natural?

R=El fundamento de este pretendido Derecho Natural es diferente para cada una de las principales escuelas que defienden su existencia. Para la escuela católica ese fundamento está en la voluntad o en la inteligencia de Dios; para la corriente protestante clásica, el mismo se encuentra en la naturaleza humana; y para el pensamiento racionalista el Derecho Natural se fundamentaría en la Razón, la cual es concebida como parte principal de la naturaleza humana.

El “derecho natural” está conformado por el núcleo del ordenamiento que conforme a la naturaleza humana tiende a la instauración de la justicia en la sociedad, y el “derecho positivo”, es la concreción del derecho natural, es decir, la traducción del derecho natural y su adaptación a las circunstancias sociales concretas de un momento histórico determinado. El derecho natural ejerce sobre el derecho positivo una doble acción. Una acción negativa que tiene el sentido de una barrera: significa la paralización del

La doctrina del derecho natural, da un fundamento firme del orden jurídico que consiste en la comprensión de la naturaleza racional y social del hombre y no en la pura voluntad de éste, la cual es inepta para justificar la imperatividad de la norma. Al ordenar las costumbres y acciones de los hombres, cooperan al logro del fin último, que es el bien común. Se ve claro, pues, que el Derecho está inserto en un orden más vasto, el moral, fuera del cual carece de sentido. Desde el momento que una ley contradice el bien común o la justicia, deja de ser Derecho en sentido propio; en otras palabras, esta concepción implica negar categoría jurídica a las leyes injustas, lo que lleva implícito el derecho a negar obediencia a tales normas. Se comprende así toda la gravedad que encierra esta cuestión y, por ende, la importancia del siguiente interrogante: ¿cuál es el criterio que, dentro de las complejisimas cuestiones jurídicas, ha de permitirnos distinguir lo justo de lo injusto? Ese criterio no es otro que el derecho natural. Si la ley es conforme a él, es justa; si es incompatible con él, es injusta. Entiéndase por derecho natural aquel que surge de la naturaleza humana y que es revelado al hombre por la razón. Por esa circunstancia de provenir de la naturaleza misma del hombre, es inmutable y universal.8 Este concepto fue muy bien expresado por Cicerón, en su Tratado de República: “Hay una ley verdadera, la recta razón inscripta en todos los corazones, inmutable, eterna, que llama a los hombres al bien por medio de sus mandamientos y los aleja del mal por sus amenazas; pero que sea que ordene o que prohíba, nunca se dirige en vano a los buenos ni deja de impresionar a los malos. No se puede alterar por otras leyes, ni derogar algunos de sus preceptos, ni abogar por entero; ni el Senado ni el pueblo pueden liberarnos de su imperio; no necesita intérprete que la explique; es la misma en Roma que en Atenas, la misma hoy que mañana y siempre una misma ley inmutable y eterna que rige a la vez a todos los pueblos y en todos los tiempos.

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