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Concurso Aparente De Normas


Enviado por   •  7 de Abril de 2013  •  1.808 Palabras (8 Páginas)  •  4.986 Visitas

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I. CONCEPTO

Se entiende por concurso aparente de normas la regulación jurídica simultánea de un mismo hecho, que aparece regulado por dos más normas diferentes, que resultan ser incompatibles entre sí, de manera tal que sólo una de ellas es la aplicable. En relación con la terminología utilizada al respecto, vale señalar, que el tema aparece descrito en formas diversas, entre otras: “concurso aparente de normas”, “concurso aparente de leyes”, “concurso ficticio de leyes”, “concurso aparente de tipos”, “concurso aparente de delitos”, “concurrencia de normas incompatibles entre sí”, “colisión de normas penales”, “concurso ideal impropio”, “conflicto aparente de normas”, etcétera.

Independientemente de su denominación que sin duda es lo menos importante, lo cierto es que el tema es relevante en la medida en que es frecuente la concurrencia de diversas normas susceptibles de ser aplicables, para la regulación de un mismo hecho delictivo, razón por la cual, es necesario determinar cuál es la que debe aplicarse.

II. UBICACIÓN SISTEMÁTICA

En la medida en que implica la definición de cuál es la norma aplicable de entre varias, es claro que el tema debe ser estudiado en el ámbito de la teoría de la ley penal.

III. HIPÓTESIS DEL CONCURSO APARENTE DE NORMAS

La hipótesis en que es susceptible de presentarse la concurrencia de normas aparentes, son las siguientes:

Entre normas de la parte general de la ley penal;

Entre normas de la parte especial de la ley penal;

Entre normas incorporadas en la parte general y también en la parte especial de la ley penal;

Entre normas del código penal y una ley penal especial; y

Entre normas establecidas en leyes penales especiales.

IV. CONCURSO DE LEYES Y CONCURSO APARENTE DE LEYES

Existe una clara diferencia entre el “concurso aparente de leyes” y el “concurso de leyes” o “concurso de delitos”. El primero implica la necesidad de precisar cuál es ley aplicable al caso concreto, de entre diferentes leyes que aparentemente regulan la misma situación. El “Concurso de leyes”, en cambio, regularmente mencionado como “Concurso de delitos”, implica un fenómeno distinto, derivado de la aplicación de diversas leyes penales por la realización de diversos delitos, cometidos en una o varias conductas (concurso ideal y concurso real); o lo que es lo mismo, implica la aplicación plural de una misma ley penal o la aplicación de diversas leyes penales, por la comisión plural de un mismo tipo de delito o bien diversos tipos de delitos, cometidos en diversas ocasiones (concurso homogéneo, comisión de varios homicidios y concurso heterogéneo comisión de robo, homicidio y lesiones), con una o varias acciones, cometidos por una o varias personas (delito unipersonal o concurso de personas en la comisión del delito), lo que a su vez, origina un problema que es diferente: uno es el caso del “concurso de delitos”, (“concurso real” y “concurso ideal”) y otro en el caso del concurso de personas en la comisión de un delito”, analizados, ambos, en el ámbito de la teoría del delito, lugar donde sistemáticamente corresponde su estudio.

V. CONCURSO APARENTE DE NORMAS Y SUCESION DE LEYES PENALES

Existe una clara diferencia entre ambos institutos jurídicos. El primero se define en función del concepto que se viene señalando en este capítulo. La sucesión de leyes penales se vincula con el ámbito de la aplicación de la ley penal en el tiempo, es decir, el derivado de la necesidad de determinar cuál es la aplicable al caso concreto de acuerdo con el tiempo de comisión del delito, de entre diferentes leyes que han estado vigentes sucesivamente en tiempos diversos, y que, por lo mismo, se hace indispensable precisar; naturalmente principio el principio rector es el tempus comissi delicti. El concurso aparente de normas, en cambio, invariablemente implica la aplicación una sola norma, entre diversas de ellas, en principio aparentemente aplicables a un solo hecho determinado, siendo las normas simultáneas en el tiempo, y concurriendo en un mismo momento y de entre las cuales sólo una será la aplicable.

VI. LEGISLACIÓN MEXICANA SOBRE EL CONCURSO APARENTE DE NORMAS PENALES

El código penal mexicano regula la institución que nos ocupa, en los términos de lo dispuesto en segundo párrafo, del artículo 6, cuando expresan: “cuando una misma materia parezca regulada por diversas disposiciones de especial prevalecerá sobre la general”.

VII. CRITERIOS DE SOLUCIÓN JURÍDICA DEL CONCURSO APARENTE DE NORMAS

La doctrina penal, en general, sigue alguno de los siguientes criterios:

1. Criterio único

Se estima que un solo criterio suficiente para resolver todos casos;

2. Criterio múltiple

Se estima la conveniencia de manejar diferentes criterios. El código penal mexicano en la regulación señalada, que reformó a la precedente, sigue la orientación sólo criterio de un solo criterio como suficiente, con anterioridad a la forma se siguió el criterio puesto. La doctrina penal mexicana, sin embargo, regularmente ha acudido y utilizado otros criterios para resolver los diferentes casos que se plantean.

VIII. PRINCIPIOS QUE RIGEN EL CONCURSO APARENTE DE NORMAS

Los principios que rigen la materia son los siguientes:

Principio de especialidad. A este principio es aplicable la norma especial que, en sus elementos, contiene todos los elementos que previene la norma general, más al como otro elemento específico que los adiciona.

Principio de consunción o absorción. Este principio pero cuando la materia regulada

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