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Contrato De Aprendizaje


Enviado por   •  16 de Julio de 2014  •  1.782 Palabras (8 Páginas)  •  1.207 Visitas

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CONSULTA:

1. DEFINA ¿QUÉ ES UN CONTRATO DE APRENDIZAJE?

El Contrato de Aprendizajees una forma especial dentro del derecho laboral, que de ninguna forma constituye contrato de trabajo, mediante la cual una persona natural (aprendiz - alumno) recibe formación en una entidad autorizada (institución educativa), con el patrocinio de una empresa (persona natural o jurídica).

2. ¿QUÉ EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A TENER CONTRATOS DE APRENDIZAJE (APRENDICES)?

Se encuentran obligados a vincular aprendices todos los empleadores de carácter privado que desarrollen cualquier tipo de actividad económica diferente de la construcción y que ocupen un número de trabajadores no inferior a quince (15); así como las empresas públicas con funciones industriales y/o comerciales. Las empresas entre uno (01) y catorce (14) trabajadores podrán tener hasta el 50% de los empleados en aprendices voluntarios.

3. CONSULTE LA LEY 789 DEL 2002

La Reforma Laboral del 27 de Diciembre de 2002 (Ley 789 de 2002) se dirigió, de acuerdo a su exposición de motivos, a apoyar el empleo y ampliar la protección social. En su articulado se incluyeron mecanismos de supervisión, evaluación e incluso potencial derogación de las medidas tomadas. La Reforma ha sido objeto de múltiples estudios que han analizado su promulgación, sus aspectos de flexibilización o sus efectos globales.

4. ¿DE QUÉ TRATA EL DECRETO 1779 DE 2009?

El decreto 1779 del 18 de mayo de 2009 por el cual se expiden normas sobre el contrato de aprendizaje, con el objetivo de modificarse el parágrafo 1° del artículo 11 del decreto 933 de 2003 y deroga el parágrafo 3° del mismo artículo.

5. ¿CUÁLES SON LAS ALTERNATIVAS PARA QUE LAS EMPRESAS CUMPLAN CON LA CUOTA DE APRENDIZAJE? O QUE TIPOS DE APRENDICES PUEDEN CONTRATAR Y EN QUÉ CONDICIONES

• Monetizar parcial o totalmente la cuota de aprendices.

• Aprendices SENA.

• Aprendices de la Media Técnica (Grado 10 y 11).

• Aprendices de instituciones de formación para el trabajo y desarrollo. humano que tengan programas reconocidos por el SENA.

• Aprendices técnicos y tecnólogos de instituciones de educación superior profesional.

• Aprendices universitarios.

6. ¿QUÉ ETAPAS TIENE EL PROCESO DE FORMACIÓN TITULADA (SENA) Y QUE LE DEBE PAGAR LA EMPRESA AL APRENDIZ EN CADA UNA DE ELLAS?

La empresa patrocinadora está obligada a contratar al aprendiz SENA durante su etapa lectiva y productiva. Acuerdo 15 de 2003 Así:

Etapa Lectiva (Formación): 50% SMLMV. Más afiliación a EPS.

Etapa Productiva (Prácticas): 75% SMLMV. Más afiliación a EPS y a Riesgos Profesionales.

7. ¿CÓMO BUSCAN LOS APRENDICES LAS EMPRESAS?

• Ingresan a la página http//caprendizaje.sena.edu.co

• Ingreso a la opción aprendices

• Digito número de identificación

• Digito contraseña (aprendizSENA)

• Selecciono el paso 2 (aplicar como aprendiz)

8. ESTABLEZCA UN PARALELO O COMPARACIÓN ENTRE EL CONTRATO DE APRENDIZAJE Y EL CONTRATO LABORAL

CONTRATO DE APRENDIZAJE CONTRATO LABORAL

Apoyo de sostenimiento que garantice el proceso de aprendizaje, en ningún caso, constituye salario. Mutuo acuerdo en el cual existe una remuneración económica conocida como salario.

Un aprendiz no puede realizar más de 48 horas semanales de trabajo. El horario de un trabajador promedio incluye horas extras y dominicales.

Contrato formativo de actividades de acuerdo con la especialidad. Contrato exclusivamente profesional.

No existe vínculo con la empresa. Existe un vínculo directo.

Celebrado por mayores de 14 años. Celebrado por ciudadanos (mayores de 18 años).

9. ¿CUÁNDO SE ENTIENDE QUE HAY INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA EMPRESA EN LO RELACIONADO CON CONTRATO DE APRENDIZAJE?

• el incumplimiento y/o imprecisión en la información reportada al servicio nacional de aprendizaje SENA en relación con el número de trabajadores vinculado a la empresa

• el incumplimiento a la contratación del número mínimo obligatorio de aprendices o el no pago de la monetización cuando el empleador opte por esta alternativa

• cuando transcurridos 20 días hábiles contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo por el cual se regula la cuota de aprendices, el empleador no vincula la cuota obligatoria o no efectúa la monetización

• cuando no le permiten al aprendiz realizar las prácticas en la actividad objeto de la regulación de aprendizaje

• el no pago del valor del apoyo de sostenimiento

• el no pago oportuno de los aportes a la seguridad social en salud y riesgos profesionales del aprendiz

• cuando transcurridos 20 días hábiles desde la fecha de terminación del contrato de aprendizaje, el empresario no contrate el nuevo aprendiz o haya optado por la monetización

10. ¿CUÁLES SON LAS CAUSALES DE SUSPENSIÓN DE UN CONTRATO Y QUE OBLIGACIONES TIENE EL APRENDIZ Y LA EMPRESA?

• licencia de maternidad

• incapacidad debidamente certificada

• vacaciones colectivas del empleador

• caso fortuito – fuerza mayor

11. ¿QUÉ DEBE HACER EL APRENDIZ, SI EN LA ETAPA PRODUCTIVA NO REALIZA LAS FUNCIONES RELACIONADAS CON LAS COMPETENCIAS Y RESULTADOS CONTENIDOS EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN?

• informar al coordinador académico de su centro de formación, quien enviara al instructor que visita las empresas de los aprendices

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