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Convenio Colectivo De Trabajo


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2012  •  1.710 Palabras (7 Páginas)  •  539 Visitas

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Convenio Colectivo de Trabajo

Aquí expongo los 10 artículos que a mi parecer son importantes. Todos ellos se refieren a los beneficios ganados por el trabajador.

 Cap III

Art. 16º.- En los casos de empleados que habitualmente sean ocupados en tareas encuadradas en más de una categoría salarial del convenio colectivo de trabajo, se les asignará el sueldo correspondiente a la categoría mejor remunerada que realicen, exceptuando los casos de reemplazo temporario, continuo o alternado, que no supere los 90 días del año calendario

 REGIMEN REMUNERATIVO

Art. 32º.- Los menores emancipados por casamiento que no hubieren cumplido 18 años de edad tendrán derecho a percibir el sueldo del mayor de 18 años y ubicados dentro de la categoría que le corresponda de acuerdo con el trabajo que realice.

En el supuesto de que esas tareas fueran realizadas en jornadas de 6 horas, se le abonará en relación proporcional al tiempo trabajado.

 ASIGNACION COMPLEMENTARIA

Art. 40º.- Las empresas abonarán al personal comprendido en la presente convención una asignación mensual por asistencia y puntualidad equivalente a la doceava parte de la remuneración del mes, la que hará efectiva en la misma oportunidad en que se abone la remuneración mensual.

Para ser acreedor al beneficio, el trabajador no podrá haber incurrido en más de una ausencia

En el mes, no computándose como tal las debidas a enfermedad, accidente, vacaciones o licencia legal o convencional

 HORARIOS

Art. 47º.- En los establecimientos en que existieran distintos horarios de trabajo, se procurará que el personal más antiguo pueda escoger el horario de su preferencia, toda vez que se produzcan cambios en las dotaciones, que posibiliten ese desplazamiento. Igual tratamiento se otorgará al personal que cursa estudios universitarios, secundarios o técnicos en establecimientos oficiales o privados autorizados, siempre que acrediten debidamente tal circunstancia

 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO

Art. 56°.- Todo el personal gozará en forma rotativa por la tarde de 15 minutos diarios para la toma de refrigerios. Durante dicho lapso el empleado podrá hacer abandono del establecimiento u optar por tomarlo en la empresa, cuando ésta dispusiera de cafetería, comedor o lugar equivalente instalado.

Este intervalo se considerará comprendido dentro de la jornada normal de trabajo.

En ningún caso la presente disposición modificará y/o alterará los usos y costumbres existentes en la materia que sean más beneficiosos al trabajador, pero no se acumularán.

 PROVISION DE INDUMENTARIA Y UTILES DE TRAJAJO

Art. 67°.- El empleador proveerá los útiles, materiales y demás elementos de trabajo destinados al normal desenvolvimiento de la empresa, como así también los elementos necesarios para la seguridad y protección de la salud del personal. En estos casos, la provisión de equipos adecuados será obligatoria al igual que su uso. (…) La negativa a trabajar por falta de provisión de los elementos requeridos no será causa de sanción de ninguna naturaleza ni de descuento de haberes, pero no eximirá a la empresa de responsabilidad por las consecuencias (enfermedad o accidente que pudiera resultar de tal carencia).

 ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

Art. 69°.- En caso de accidente del trabajo o enfermedad profesional, el trabajador tendrá derecho a la percepción íntegra de sus haberes, desde el primer día de ocurrido el hecho como si no hubiera interrupción de la prestación de servicios.

Art. 71°.- El empleado que por prescripción médica debidamente comprobada por el empleador, debiera cambiar de tareas será destinado a una función existente que contemple tal impedimento. Este cambio de tarea subsistirá mientras duren las causas que originaron el mismo

 REGIMENNES DE LICENCIAS Y PERMISOS ESPECIALES

Art. 85°.- El empleador otorgará, l0 días de licencia como máximo, por año, para los estudiantes secundarios, a efectos de preparar sus materias y rendir exámenes, debiendo justificar la rendición de exámenes mediante la certificación de la autoridad educacional correspondiente. Esta licencia, a solicitud del empleado/a, podrá acumularse al período ordinario de vacaciones anuales.

Art. 86°.- El empleador otorgará, 20 días de licencia como máximo, por año, para los estudiantes universitarios a efectos de preparar sus materias y rendir exámenes, pudiendo solicitar hasta un máximo de 4 días por examen, fijándose el lapso completo en 7 años y debiendo justificar la rendición de exámenes mediante la certificación de la autoridad educacional correspondiente. Cuando en el año se excediera de 5 exámenes sin repetirlos se otorgarán 4 días más de licencia con goce de remuneraciones. Estas licencias así establecidas a solicitud del empleado/a, podrán acumularse al período ordinario de vacaciones anuales.

FAECYS

(La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios)

Federación de sindicatos que agrupa a los trabajadores de actividades comerciales y servicios, como los de la actividad bancaria, medios de comunicación, organizaciones sin fines de lucro, etc. FAECYS ha sido tradicionalmente uno de los sindicatos grandes del sindicalismo argentino, también llamados localmente "gordos". Su origen es la Sociedad de Dependientes de Comercio creada en 1880. En la década del 30 se formó la Confederación General de Empleados de Comercio, antecesora de FAECYS, que desempeñó un rol determinante para la sanción de la Ley 11.729. En 1989 tomó el nombre actual.

Cuenta con una obra social, OSECAC y está afiliada nacionalmente a la Confederación General del Trabajo (CGT), e internacionalmente a la UNI.

INACAP

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