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Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales


Enviado por   •  4 de Junio de 2015  •  Síntesis  •  1.643 Palabras (7 Páginas)  •  169 Visitas

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A lo largo de la historia de la política, la aportación y participación de las mujeres ha constituido, sin duda alguna, un detonante primordial en todos los aspectos de la vida en sociedad (Beauvoir, 1949). No existe sector, disciplina, área del conocimiento; no hay ámbito material en el que las mujeres no hayan contribuido decididamente a su mejora y enriquecimiento. Sin embargo, la lucha por el reconocimiento pleno de sus derechos no ha sido sencilla, debido principalmente a la diferencia de género lo cual ha sido causa de exclusión o discriminación.

En México, la inclusión de la de la mujer mexicana en la vida política del país, se remonta a la revolución mexicana de 1910. En el proceso revolucionario, la participación femenina se dio sobre todo a nivel del cambio profundo que la guerra civil significó para las condiciones de reclusión de la mujer. Las mujeres participaron como correos, transportadoras de armas, enfermeras y en muchas otras actividades que hubiesen sido impensables en los tiempos de paz (Franco, 1949).

A partir de los años sesenta, el feminismo fue uno de los movimientos más importantes, ya que contribuyó a cambiar y a transformar usos, costumbres y mentalidades sobre la diferencia de género. Su objetivo era garantizar la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de lo público. De ahí que la no discriminación y la equidad son los ejes primordiales en donde se debe construir la estructura que haga posible la participación efectiva de las mujeres en el ejercicio parlamentario en México. (Bareiro, 1992; Lagarde, 1997).

Otro de los acontecimientos importantes en la historia política del país fue el sufragio femenino el cual hace referencia al derecho de voto ejercido por las mujeres y por tanto el derecho político y constitucional a votar a los cargos públicos electos así como a ser votado. De esta forma aparece como un encuadramiento de mujeres de todas las clases sociales, a pesar de sus distintas ideologías y objetivos, pero coincidentes en reclamar el derecho a la participación política, uno de cuyos requisitos es el voto, para reformar la legislación y la costumbre y, en consecuencia, la sociedad. Inicialmente el derecho al voto para las mujeres solo se permitía en las elecciones municipales. Fue el 17 de octubre de 1953 el decreto oficial del voto femenino a nivel nacional, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, siendo este el producto de una larga lucha

En 1989, gracias a la expedición del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) y la consecuente creación, en 1990, del Instituto Federal Electoral (IFE), sirvió para contar con una institución imparcial, que brindara plena certeza, transparencia y legalidad, no solo a los partidos en contienda si no a la sociedad mexicana en general.

Con la finalidad de incrementar la presencia de las mujeres en los espacios de representación política, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) estableció entre 1996 y 2002 un ordenamiento compensatorio para agilizar su inclusión bajo la fórmula de cuotas de mujeres para ocupar cargos de elección.

A pesar de los logros que hasta el momento el panorama de la inserción de las mujeres y los hombres en los espacios del poder político, gubernamental y social; está considerado por la posición que ocupan, y esto determina el grado de injerencia en la toma de decisiones, ya sea desde los poderes del Estado, las organizaciones que conforman el sistema político nacional, o bien desde las organizaciones civiles y sociales (Vázquez, 2010).

Antes de 1996 no existía en la ley electoral la igualdad de género como una obligación. Ésta se implementó por primera vez a partir de la reforma al COFIPE de ese año (COF, 1996). Pero se estableció solamente como un transitorio, una "recomendación" a los partidos, en el artículo 22: "Los partidos políticos nacionales considerarán en sus estatutos que las candidaturas por ambos principios a diputados y senadores, no excedan del 70% para un mismo género. Asimismo promoverán la mayor participación política de las mujeres". La aplicación de esta "recomendación" no tuvo una regla ni mucho menos una sanción que la apoyara, ni se estableció un plazo para su cumplimiento. Sin embargo, fue un primer avance para establecer la cuota de género a nivel de rango legal (Virgen, 1973).

Posteriormente, en 2002 hubo una nueva reforma al COFIPE (DOF, 2002) que implementó algunos criterios para establecer que la cuota de género fuera una acción afirmativa obligatoria. Por un lado, impuso a los partidos políticos la obligación de garantizar la participación de las mujeres en la toma de decisiones en las oportunidades políticas. “Las cuotas establecen un número o proporción de cargos, lugares, ascensos o vacancias que deben ser obligatoriamente ocupados por el grupo discriminado. Es una forma adecuada cuando existe subrepresentación o dificultades para el acceso y la promoción de determinados sectores de la sociedad a ciertos espacios, sobre todo cuando estas dificultades se muestran resistentes a mecanismos no compulsivos o a incentivos para que se produzca un cambio, y cuando la resistencia al cambio se ubica principalmente en quienes toman las decisiones”(Clyde Soto, 1992: 46)

Su carácter de mecanismo obligatorio y transitorio ha permitido por una parte hacer visible la discriminación de género, ya que generalmente se debe demostrar esa extendida situación antes de lograr su aprobación en las leyes electorales y estatutos partidarios (Gasperin, 2009; Torres, 2012; Krennerich, 2009). Por otra parte, exige que sus efectos sean

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