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DEMANDA LABORAL VS AFORE


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2019  •  Trabajos  •  2.312 Palabras (10 Páginas)  •  321 Visitas

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CLAUDIA BERENICE PEÑA TIERRABLANCA

VS.

IMSS, AFORE

H.

PRESIDENTE DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE GUANAJUATO

PRESENTE

CLAUDIA BERENICE PEÑA TIERRABLANCA, Mexicana, Mayor de Edad, en mi carácter de Albacea de la Sucesión a bienes de ALICIA TIERRABLANCA ARVIZU, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones provisionalmente los Estrados de ésta H. Junta Federal, y autorizando para que las reciban a los LICS. LUIS CHRISTIAN LOPEZ ESPAÑA y/o IGNACIO LOPEZ PEREZ y/o RAFAEL FERNANDO CONTRERAS CURIEL, a quienes además designo como apoderados legales en los términos de la carta Poder adjunta conforme a lo dispuesto por el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo para que conjunta o separadamente intervengan en todas las etapas procesales en defensa de mis derechos laborales, facultándoles además para que celebren cualquier convenio que favorezca mis intereses, ante ésa H. Junta Federal Laboral con el debido respeto comparezco para exponer:

Por medio del presente, en la Vía Ordinaria y en ejercicio de la Acción correspondiente al Pago y Devolución de Prestaciones Laborales, comparezco ante esta H. Junta Federal Laboral a entablar formal demanda en contra de INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) con domicilio ubicado en calle Sopeña No. 1 (Casa Moneda), Zona Centro, C.P. 36000, de ésta ciudad de Guanajuato, Gto., así como en contra de INVERCAP AFORE, con domicilio para ser emplazada el ubicado en Agustín Arroyo Chagoyan No. 703, Col. Alameda de Celaya, Gto., a quien se reclaman las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

1. DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) se demanda:

ÚNICO.- La autorización, Transferencia y Disposición a INVERCAP AFORE, de la cantidad de $95,037.29 (NOVENTA Y CINCO MIL TREINTA Y SIETE PESOS 29/100 M.N) que la finada ALICIA TIERRABLANCA ARVIZU tiene acumulados al día 30 de abril del 2016, dentro de la Subcuenta Retiro, Cesantía en edad avanzada y vejez y específicamente dentro del concepto RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ y CUOTA SOCIAL, mismos que aparecen reflejados en la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro dentro del RESUMEN DE SALDOS denominado ESTADO DE CUENTA/CUENTA INDIVIDUAL de ALICIA TRIERRABLANCA ARVIZU con número de afiliación 12876502035, Cuenta 0310057007, CURP MOPR651017HGTRRL06, mas los recursos de rendimientos e intereses que se sigan acumulando.

Lo anterior se reclama, conforme al PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY, y resulta procedente porque el Suscrito me pensioné conforme a la ley de del Seguro Social del año 1973, previo cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos que dicha ley exige para tener derecho a pensión. Debiendo aplicársele las disposiciones y beneficios contenidos en dicha ley en el sentido de que el Suscrito tengo derecho a pensionarse y a retirar en su totalidad y en una sola exhibición las aportaciones reflejadas en mi ESTADO DE CUENTA/CUENTA INDIVIDUAL del Suscrito RAUL MORA PEREZ con número de afiliación 12876502035, Cuenta 0310057007, CURP MOPR651017HGTRRL06.

2. DE INVERCAP AFORE SE DEMANDA:

UNICO.- El pago de la cantidad de $95,037.29 (NOVENTA Y CINCO MIL TREINTA Y SIETE PESOS 29/100 M.N) más los rendimientos e intereses que se incrementen dentro de la Subcuenta Retiro, Cesantía en edad avanzada y vejez y específicamente dentro del concepto RETIRO, CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ y CUOTA SOCIAL, mismos que aparecen reflejados en la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro dentro del RESUMEN DE SALDOS denominado ESTADO DE CUENTA/CUENTA INDIVIDUAL de ALICIA TIERRABLANCA ARVIZU con número de afiliación 12876502035, Cuenta 0310057007, CURP MOPR651017HGTRRL06, y los cuales deberá pagar íntegramente PROFUTURO GNP AFORE, previa transferencia y disposición de los saldos que se reflejan en el RESUMEN DE SALDOS denominado ESTADO DE CUENTA/CUENTA INDIVIDUAL, al día 16 de octubre del 2014 que emite la Administradora de Fondos demandada.

Todo lo anterior con base en los siguientes:

H E C H O S:

PRIMERO.- El Suscrito trabajador RAUL MORA PEREZ con número de afiliación 12876502035, Clave RFC MOPR651017SJ8, CURP MOPR651017HGTRRL06, durante mi vida laboral y productiva estuve sujeto y cotizando al régimen obligatorio que imparte el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y que a decir de los movimientos afiliatorios captados en mi afiliación, causé baja del régimen el día 01 de octubre del 1014 al cumplir con los requisitos que la ley exige para la procedencia de la pensión por invalidez; y cumplir además con todos los requisitos establecidos por los artículos 137, 138, 139, 141, 164 y 167 de la relativa Ley del Seguro Social. Por ello, con fecha 26 de septiembre del 2014, acudí al Departamento de Prestaciones Económicas y Sociales del Seguro Social (IMSS), a solicitar la pensión vitalicia por “INVALIDEZ”, dicha dependencia emitió al efecto la Resolución de Pensión Número 2(11)1208, de fecha 22 de octubre del 2014, mediante la cual informa y acredita haber cumplido con el Suscrito trabajador al otorgarme la prestación económica por “INVALIDEZ” con efectos a partir del 01 de octubre del 2014; y que en certificación de derechos al 26 de enero de 1988 el Instituto Mexicano de Seguridad Social me reconoció un total de 25 años, 08 quincenas y 02 días de cotización y un salario diario promedio de $509.53 (QUINIENTOS NUEVE PESOS 53/100 M.N.), quedando por la cuantía mensual de la pensión el importe de $15,286.06 (QUINCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 06/100 M.N.)

SEGUNDO.- Por ello, al quedar sujeto a la prestación económica de la PENSION POR INVALIDEZ y al poder acreditar a PROFUTURO GNP AFORE de su adscripción, que la resolución de pensión fue registrada, autorizada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y dada de alta en el sistema DATA-MART esto para que tanto las Administradoras de Fondos como los Institutos de Seguridad Social acceden a ella y puedan verificar bajo que régimen de la Ley le fue otorgada al asegurado la prestación económica de la Pensión por “INVALIDEZ”, solicitando por este medio la devolución y pago de las aportaciones que realizo al Sistema de Ahorro para el Retiro SAR, y que refleja la subcuenta Retiro, Cesantía en edad avanzada y vejez y específicamente

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