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DERECHO CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  6 de Mayo de 2013  •  1.924 Palabras (8 Páginas)  •  598 Visitas

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1.- INVESTIGUE Y EXPLIQUE BREVEMENTE SOBRE CONSTITUCIONALISMO CLÁSICO: CARACTERÍSTICAS, INFLUENCIAS Y SU IMPORTANCIA SEGÚN SU CRITERIO. (PTOS 3)

HISTORIA

s

urge a fines del siglo XVIII propulsado por la Revolución Norteamericana de 1776 y la Revolución Francesa de 1789. Dos acontecimientos históricos que cambiarían inminentemente el panorama del mundo clásico.

Ambos procesos revolucionarios tuvieron como fin limitar el abuso de poder por parte del Estado, y lograr que los derechos fundamentales del hombre sean reconocidos.

Esto último fue conseguido y plasmado en diversos documentos como:

La Declaración de Virginia (1776),

La Constitución de Estados Unidos (1787),

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789),

Y la Constitución francesa (1791).

Estos documentos consagraron los principios constitucionales fundamentales y abrieron paso al constitucionalismo clásico de fines de siglo. De este proceso pueden destacarse los siguientes aspectos:

a) La Constitución de Estados Unidos de 1787, es la primera en establecer el principio de la división de poderes, evitando así la concentración del poder en un solo órgano.

b) A partir del constitucionalismo clásico, derivó en muchos estados el fenómeno de la constitución escrita.

c) Los estados que adoptaron el constitucionalismo, debieron ajustarse inmediatamente a lo dispuesto en la constitución, ya que ésta constituye la ley suprema de todo estado y nadie puede vulnerarla.

d) A partir de la aparición del constitucionalismo clásico, quedan consagrados un plexo de derechos fundamentales, denominados “derechos individuales” (por ej.: el derecho a la vida, el derecho a la libertad, el derecho a la dignidad humana, etc.).

e) El Estado debe abstenerse a violar estos derechos. El Estado debe vigilar que los individuos no infrinjan sus derechos entre sí.

IMPORTANCIA.

Esta justifico su origen y desarrollo en la afirmación y protección de la dignidad de la persona, paradigma fundamenta que marcara definitivamente la construcción de un progresivo sistema jurídico-institucional, que abrevara en una axio-teleologia antropológica, política, social, cultural y ética.

Para el logro de tan excelso objetivo tuitivo del hombre fue imprescindible, por un lado, reconocer los derechos individuales y sus correspondientes garantías. Y por otro, establecer la división y equilibrio del poder y sus funciones, que se imputaron a diversos órganos, en procuración de un poder limitado y controlado, para evitar todo abuso que violase la dignidad humana. Frente a la “voluntad del rey” solo legitimada en Dios, de las monarquías absolutas de derecho divino, surge el constitucionalismo y el Estado de Derecho que se fundaban ahora en la “voluntad de la ley” legitimada en la incipiente soberanía popular.

2.- ELABORE UN CUADRO SINÓPTICO Y EN EL EXPLIQUE LAS FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL. HAGA UN COMENTARIO CRÍTICO DE NUESTRO DERECHO CONSTITUCIONAL (PTOS 4)

COMENTARIO DE EL CONSTITUCIONALISMO PERUANO

La Constitución de 1823

La primera Constitución peruana fue promulgada por el Primer Congreso Constituyente el 12 de noviembre de 1823, pero se declaró en suspenso para favorecer los planes dictatoriales de Simón Bolívar, quien había sido requerido por el propio Congreso para conjurar los males que azotaban a la joven República. Esta Ley de Leyes proclamaba.

Una rotunda afirmación republicana, que desechaba cualquier idea de tipo monárquico.

La Constitución de 1826

El Congreso aprobó el proyecto de esta Constitución llamada Bolivariana o Vitalicia que presentaba importantes novedades:

Introduce la división de cuatro poderes del Estado: Electoral, Legislativo, Judicial y Ejecutivo.

La Constitución de 1828

Manuel Vicente Villarán la denominó “La Madre de las Constituciones” porque fija de manera permanente las líneas esenciales de nuestro Estado:

Sistema Presidencial.

Régimen Ministerial.

Refrendación Ministerial.

Elección Popular del Presidente.

Reelección Presidencial (Modelo Norteamericano).

Organización Bicameral del Parlamento (Senadores y Diputados), con funciones legislativas y de control.

Poder Judicial independiente de los otros poderes.

La Constitución de 1979

Se inscribió en una clara opción de promoción y defensa de los derechos fundamentales. Así, aunque se estableció que los tratados en general tenían rango legal, se señalaba que en caso de conflicto entre la ley y un tratado prevalecía éste (Art. 101°). Pero el paso trascendental fue el reconocimiento expreso del rango constitucional de las normas referidas a derechos fundamentales contenidas en tratados y pactos internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Perú (Art. 105°). Esta Constitución disponía también que agotada la jurisdicción interna, quien se considerara lesionado en sus derechos podía acudir a la jurisdicción internacional (Art. 305°). Para reafirmar esta opción, en la Decimosexta de las Disposiciones Generales y Transitorias de dicha Carta Política se confería una ratificación constitucional a diversos tratados internacionales sobre derechos humanos entonces ya formalmente ratificados y vigentes en el país.

La Constitución de 1993

Si bien el carácter progresista de estas normas constitucionales no había Alcanzado un suficiente reflejo en su aplicación concreta por parte de los

Órganos judiciales, el proceso se encontraba en marcha. No obstante, el

incremento de las acciones subversivas y terroristas, la orientación antidemocrática impuesta

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