ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Constitucional


Enviado por   •  3 de Mayo de 2013  •  1.314 Palabras (6 Páginas)  •  208 Visitas

Página 1 de 6

LEY 10/2012, de 20 de Noviembre

- Esta ley regula el pago de determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. En el ámbito de la Administración de Justicia, se produjeron reformas parciales en este sentido, aunque estas reformas han sido insuficientes porque subsisten desajustes que hacen necesaria la adopción de esta nueva normativa, que entra de lleno en determinados aspectos de las tasas judiciales. Esta ley busca que el pago de las tasas no afecte a la Tutela Judicial Efectiva (art. 24 CE), por lo que dejan exentos de pago de estas tasas a quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar, ya que es en estos casos en los que la Constitución determina la gratuidad de la justicia. El objeto de esta norma se encuentra en que el coste de la Administración de Justicia sea cargado en parte a quienes más se benefician de ella, así como la mejora del sistema judicial derivada de mayores recursos que provienen del pago de las tasas que establece esta Ley e incentivar la solución de los litigios por medios extrajudiciales. Esta Ley mantiene aspectos de la regulación que se dio en el art. 35 de la ley 53/2002 de 30 de Diciembre, como es el criterio de la cuantía de la tasa, e introduce reformas como la ampliación de los hechos imponibles, la ampliación los sujetos pasivos, estableciendo como parte de estos a las personas físicas y la ampliación del orden social.

En el ámbito del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, esta Ley regula el pago de tasas por el alta y la modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos del servicio de información toxicológica del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. El servicio de información toxicológica del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses asume las funciones de prevención y asesoramiento de intoxicaciones y exposiciones a sustancias tóxicas, esta función se recoge en el art. 480 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de Julio, del Poder Judicial y en los artículos 1 y 2 del Real Decreto de 8 de Mayo en el que se aprueba el Reglamento del Instituto de Toxicología. El Reglamento (CE) num.1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de Diciembre de 2008 establece unos criterios armonizados de clasificación y etiquetado de las sustancias y mezclas químicas y otorga obligaciones para los fabricantes, importadores y usuarios intermedios, quienes deben garantizar protección y ofrecer la información esencial a sus destinatarios. El art. 126 del Reglamento (CE) num.1907/2006 y el art.47 del Reglamento (CE) num.1272/2008, establecen como obligaciones de los Estados miembros que fijen controles para garantizar el cumplimiento de las obligaciones impuestas a los fabricantes y comercializadores de sustancias y mezclas químicas y que regulen el régimen sancionador aplicable por infracciones a lo dispuesto en estos artículos. Por ello todas las empresas que comercializan con mezclas que pueden resultar perjudiciales a la salud humana tendrán que facilitar la composición de los mismos al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En el preámbulo de la Ley 10/2012 de 20 de Noviembre se establece que la Sentencia 20/2012 de 16 de Febrero del Tribunal Constitucional, confirma la constitucionalidad de las tasas que en esta Ley se regulan. En la sentencia 20/2012 de 16 de Febrero del Tribunal Constitucional realmente se establece la constitucionalidad del art. 35, apartado 7, párrafo 2ª de la Ley 53/2002 de 30 de Diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por lo que no se puede afirmar con rotundidad la constitucionalidad o no constitucionalidad derivada de la Sentencia 20/2012 de la Ley 10/2012. Esta Sentencia 20/2012 si determina la constitucionalidad del art. 8, apartado 2 de la Ley 10/2012 como se establece en la STC 20/2012 FJ 1. Es importante destacar que en la STC 20/2012 se habla de una posible subsanación del pago en un plazo de 10 días, como dice la ley 53/2002, y

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (8 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com