DERECHO EMPRESARIAL
marguello3221 de Octubre de 2013
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GRUPO 1 S.A.S.
CONSTITUCION DE NEMIC S.A.S.
Presentado por.
MANUEL ALEJANDRO ARGUELLO AMAYA
CARLOS ALBERTO BARAHONA ANGULO
ELKIN ORLANDO SERRANO VALERO
NANCY YANNETH CAMACHO ESPINOSA
Presentado a:
Dra. EMMA ELVIRA ORTIZ ARCINIEGAS
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BUCARAMANGA
FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS
DERECHO EMPRESARIAL
BUCARAMANGA, 2013
INTRODUCCION
Para el administrador de empresas, es de vital importancia conocer la normatividad y el proceso por el cual se crea empresa en nuestro país. Dada la versatilidad del tipo de sociedad SAS, es impajaritable hacer un ejercicio de creación de este tipo de empresa, y es lo que se ve reflejado en este trabajo, en el cual se realiza el paso a paso que exige la norma.
La Ley 1258 de 2008 de Sociedades por Acciones Simplificadas SAS, introduce un tipo social híbrido, con autonomía, tipicidad definida y con una regulación vinculada al régimen general de las sociedades. Este nuevo tipo de sociedad brinda las ventajas de las sociedades anónimas y les permite diseñar mecanismos de direccionamiento de sus empresas de acuerdo a las necesidades.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Conocer e identificar las caracteristicas de una S.A.S.
Ejecutar mediante la aplicación de los métodos y requisitos la conformación de una persona jurídica en Colombia.
Definir los requisitos para el registro de una marca.
Apropiarnos de los concretos básicos de la administración.
Conocer las normas que se aplican para la creacion de una SAS en Colombia.
Identificar los formatos y trámites requeridos para la conformacion de una S.A.S.
CONCEPTOS GENERALES
Constitución.- La sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Salvo lo previsto en el artículo 42 de la presente ley, el o los accionistas no serán responsables por las obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra naturaleza en que incurra la sociedad.
Personalidad jurídica.- La sociedad por acciones simplificada, una vez inscrita en el Registro Mercantil, formará una persona jurídica distinta de sus accionistas.
Naturaleza.- La sociedad por acciones simplificada es una sociedad de capitales cuya naturaleza será siempre comercial, independientemente de las actividades previstas en su objeto social. Para efectos tributarios, la sociedad por acciones simplificada se regirá por las reglas aplicables a las sociedades anónimas.
Imposibilidad de negociar valores en el mercado público.- Las acciones y los demás valores que emita la sociedad por acciones simplificada no podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa.
CONSTITUCION DE NEMIC S.A.S
A continuación se presentaran los documentos y trámites necesarios para la constitución de NEMIC S.A.S.
1. Acta de Constitución
2. Consulta de Homonimia
3. Formulario de Cámara de Comercio
4. Formulario Pre-RUT
5. Formulario Inscripción de libros
6. Formularios de Industria y Comercio ( Producto Comercializado)
7. Imagen Corporativa – Producto.
1. ACTA DE CONSTITUCIÓN
CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
En Bucaramanga el día 11 del mes Octubre de 2013, se reunieron MANUEL ALEJANDRO ARGÜELLO AMAYA, C.C. 91.161.051 expedida en Floridablanca, domiciliado en Floridablanca, CARLOS ALBERTO BARAHONA ANGULO, C.C. 91.511.897 expedida en Bucaramanga domiciliado en Santa Marta, ELKIN ORLANDO SERRANO VALERO, C.C. 17.068.658 expedida en Cali domiciliado en Floridablanca, NANCY YANNETH CAMACHO ESPINOSA, C.C. 63.449.830 expedida en Floridablanca, domiciliado en Piedecuesta, con el fin de constituir la empresa NEMIC S.A.S. de conformidad con la ley 1258 del 5 de diciembre de 2.008.
CAPITULO I
NOMBRE, NACIONALIDAD, DOMICILIO, OBJETO. Y DURACION DE LA SOCIEDAD.
ARTÍCULO 1: NATURALEZA Y DENOMINACION: La sociedad tendrá el carácter de comercial Simplificada, será de capital, de nacionalidad Colombiana y girará bajo la razón social NEMIC S.A.S. y con esta desarrollará todos los actos propios del objeto social.
ARTÍCULO 2: DOMICILIO: El domicilio principal de la sociedad es la ciudad de FLORIDABLANCA, Calle 30 No 22 – 240, pero podrá establecer sucursales, agencias, dependencias u oficinas en cualquier lugar del país o del exterior.
ARTÍCULO 3: OBJETO: La sociedad se dedicará a la COMERCIALIZACIÓN AL POR MAYOR DE BEBIDAS. La sociedad podrá llevar a cabo en general, todas las operaciones, de cualquier naturaleza que ellas fueren, así como cualquier actividad similar, conexa o complementaria que permita facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad.
Parágrafo Primero: La sociedad no podrá ser garante en obligaciones de los administradores, socios, ni de terceras personas, codeudores, ni coarrendatarios en contratos de los administradores, socios, ni de terceras personas, salvo que lo autorice expresamente la asamblea general de accionistas, siempre y cuando tengan relación directa con la actividad principal de la compañía. Ninguno de los socios podrá ser codeudor de obligaciones de terceros, salvo que se trate de obligaciones del cónyuge o de parientes dentro del primer grado de los mismos socios de la compañía y que la asamblea de accionistas lo apruebe.
Parágrafo Segundo: La empresa ejercerá su objeto de manera directa, o a través de terceros o en convenios con ellos.
ARTÍCULO 4: DURACION: La duración de la sociedad se extenderá hasta por el término de DIEZ (10) años, y si al vencerse dicho término no ha sido válidamente prorrogado quedará disuelta por ministerio de la ley.
CAPITULO II:
CAPITAL. ACCIONES, TITULOS.
ARTÍCULO 5: Capital autorizado. El capital autorizado de la sociedad es de CIEN MILONES DE PESOS ($100.000.000) moneda colombiana, representados en Diez mil (10.000) acciones de valor nominal de Diez mil pesos ($10.000) moneda colombiana cada una.
ARTÍCULO 6. Capital suscrito: A la fecha de la constitución de la sociedad, los accionistas fundadores han suscrito Cinco mil (5.000) acciones de valor nominal de Diez mil pesos ($10.000) moneda colombiana cada una, de manera que el capital suscrito es Cincuenta millones de pesos ($50.000.000) moneda colombiana. Las acciones suscritas por los socios al momento de la constitución de la sociedad son las siguientes:
Accionista Acciones
Suscritas
Valor Acción % Valor Suscrito
Manuel Alejandro Argüello Amaya 2.000 10.000 40 20.000.000
Carlos Alberto Barahona Angulo 1.000 10.000 20 10.000.000
Elkin Orlando Serrano Valero 1.000 10.000 20 10.000.000
Nancy Yanneth Camacho Espinosa 1.000 10.000 20 10.000.000
T 0 T A L E S.- 5.000 100 50.000.000
ARTÍCULO 7. Capital pagado: El capital pagado es de dos mil (2.000) acciones de valor nominal de Diez mil pesos ($10.000) moneda colombiana cada una. Las acciones pagadas por los accionistas al momento de la constitución de la sociedad son las siguientes:
Accionista Acciones
Pagadas
Valor Acción % Valor Pagado
Manuel Alejandro Argüello Amaya 800 10.000 40 8.000.000
Carlos Alberto Barahona Angulo 400 10.000 20 4.000.000
Elkin Orlando Serrano Valero 400 10.000 20 4.000.000
Nancy Yanneth Camacho Espinosa 400 10.000 20 4.000.000
T 0 T A L E S.- 2.000 100 20.000.000
Parágrafo Forma de Pago: Manuel Alejandro Argüello Amaya, cancela las 800 acciones de la siguiente manera, una (1) Estantería Industrial Avaluada en Cinco Millones de Pesos (5.000.000), un (1) equipo de cómputo avaluado en Un Millón de Pesos (1.000.000), y Dos Millones de Pesos (2.000.000) en efectivo; Carlos Alberto Barahona Angulo, cancela las 400 acciones de la siguiente manera: Cuatro Millones de Pesos (4.000.000) en efectivo; Elkin Orlando Serrano Valero cancela las 400 acciones de la siguiente manera: cuatro (4) juegos de escritorios de oficina avaluados en Tres Millones de Pesos (3.000.000), un (1) equipo de cómputo avaluado
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