ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO I : SEGUNDO PARCIAL


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2021  •  Resúmenes  •  5.632 Palabras (23 Páginas)  •  38 Visitas

Página 1 de 23

DERECHO I : SEGUNDO PARCIAL

DERECHO CIVIL : se trata del derecho que tienen los ciudadanos todos los días  y que acompaña desde la concepción hasta que morimos.  (otorga todo lo que poseemos, por ejemplo : todo mi patrimonio). Es el derecho del ciudadano, de todos los días, es silencioso y nos acompaña en todos los momentos de nuestra vida. Se ocupa de nosotros desde antes de nacer, legalmente somos personas desde la concepción. Forma parte del derecho privado. Este reconoce: el estado civil, el patrimonio, las obligaciones y etc. Regula las obligaciones: saco un préstamo, firmo un pagaré y también regula nuestras relaciones de familia (derechos alimentarios de los menores, la afiliación y etc.). Regula el concepto de muerte, cuando se entiende que una persona murió, se determina que se hace con su cadáver y también regula como se distribuyen los bienes de un difunto. El concepto de muerte ha evolucionado y con la ley de trasplante de órganos surgió el concepto de “muerte cerebral”.

Ley de trasplante de órganos: si a una persona se le hacen 2 electroencefalogramas en 8 horas y el resultado de los 2 es que no hay actividad cerebral, se considera que la persona está muerta. Se toman los órganos que aún pueden ser útiles para trasplantar.

Derecho real de tenencia: cuando me prestan un bien inmobiliario. regula las relaciones de familias, los derechos de cada integrante .

  • tenencia/ alimentos
  • divorcio /
  • régimen de visita / relacion etc

Regula el concepto de muerte: el concepto tradicional de muerte era la pérdida de las funciones vitales, pero la ley de trasplantes de órganos desarrollo que si no hay actividad cerebral , estoy muerto cerebralmente aunque respire. esta ley autoriza que después de realizar dos electroencefalogramas en un lapso de 8 hs y sigue demostrando que no hay actividad cerebral  se puede donar los órganos .

  • que se hace con el cuerpo, quien hereda los bienes etc.  
  • el derecho privado/comercial: regula las actividades privadas de los ciudadanos .

Códigos: código civil y comercial(se sanciona en el 2015) , se juntan los dos unificados.  actualizado con 2600 art.

Camino de circa: es el camino que se dejaba frente a toda costa, playa,ríos etc. quien poseía esto debía dejar un camino para ceder el transporte o libre tránsito por animales . los buques fomentaban el comercio .

Código civil: se ocupa del ser humano desde su concepción -art 19- la existencia de la persona comienza con la concepción- , asimismo había que regular lo previo a la concepción , es decir la ingeniería genética (modificar los genes de la persona para evitar enfermedades o que sea de un aspecto físico específico , nuestro código civil prohíbe cualquier intencionalidad de modificar o alterar los genes de la persona).

la subrogación de vientre, mujer que presta su vientre para que otra pueda tener hijos , ya que esta por diferentes motivos no puede concebir de forma natural , debe acceder a pedir prestado el vientre de una amiga , madre , hermana etc. también puede alquilar un vientre pero en nuestro país se prohíbe, se considera inmoral alquilar el vientre por una suma de dinero.

los requisitos para la subrogación

  • que sea gratuito (comodato/préstamo)
  • que la mujer tenga otro hijo para que no se encariñe , de forma que entregue el bebe a la otra familia
  • que lo hiciera una sola vez , lo cual legitima una acción solidaria
  • de los dos elementos que le insertan en su vientre (esperma/óvulos), uno debe ser del matrimonio que pedía el favor. no pueden ser los dos de banco

esto que refiere a lo previo de la concepción, ya no rige en nuestro código , ya que se propuso crear una ley para tratar este tema en particular . en la actualidad , todavía no se creó la ley que los legisladores prometieron crear en ese momento. 

ATRIBUTOS DE LA PERSONA 

Derechos personalísimos: como parte de los atributos de la persona tienen características.

Características:

  • estos derechos son innatos previos al nacimiento, los tenemos desde que nacemos y hacen a la naturaleza humana .
  • son inalienables , no se pueden negociar o vender.
  • imprescriptibles , no prescriben , su no uso no hacen que se pierdan(por ejemplo: si le digo al intendente impuestos municipales , no me puede cobrar los últimos 5 porque los anteriores prescribieron).
  • interés al orden público, tengo derecho a tener un nombre pero tengo la obligación de ser inscripto para ser identificado.

  1. derecho a la vida: se lo reconoce desde la concepción (art 75- inciso 22),(código penal , tiene una sanción si se le arrebata la vida a otro ciudadano), (código civil, en caso de homicidio genera una acción de daños y perjuicios)

Si no que le salió así y no es culpable entonces se lo exime de la pena legítima defensa pero a lo mejor Igualmente en el ámbito civil genera responsabilidad fíjense ustedes ante todo tengan en cuenta lo siguiente en el ámbito penal Ahí sólo hay culpa en el dolo , nosotros lo tenemos como delito y la culpa en civil como cuasi delito y que es todo culpa el dolo, cuando yo comentó un hecho ha sabido de los efectos, primero lo comentó intencionadamente, Yo no me doy cuenta y le pegó un codazo alguien que tenía atrás y se cayó en un precipicio sin darme cuenta me di vuelta, intención de matarlo pero no hay, una intención ni tampoco yo cuando comencé a tomar represente el efecto que podía traer aparejado entonces lo se configura cuando hay intención de causar un daño de cometer un delito a sabiendas Perfecta de que esto se va a generar en cambio la culpa que tiene graduaciones hay culpa la culpa la culpa implica que yo cometo un acto por negligencia impericia imprudencia falta de acatamiento a las obligaciones de actuar por ejemplo soy médico y no estoy muy especializado en la operación del apéndice sea no estoy actualizado y una negligencia mía en haberme actualizado Y por esa falta de conocimiento porque debí conocer esto , genere un daño provocando una muerte. (negligencia, imprudencia, dolo (idea de matar)).

Todo ser humano tiene derecho a vivir, nadie puede atentar contra ese derecho que es fundamental, es el punto de arranque, es el inicio de cualquier concepción al respecto.

Decíamos que era una cuestión metodológica vamos a ver de dónde surge la defensa, el reconocimiento de cada uno de estos derechos personalísimos .

la Fuente del derecho , el derecho constitucional y recuerden ustedes que hemos dicho que la Fuente primordial del derecho a la ley ,entonces dentro de la ley me voy a  la pirámide jurídica de Kelsen.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (32.1 Kb)   pdf (162.5 Kb)   docx (22.5 Kb)  
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com