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Segundo parcial Int al Derecho UBP


Enviado por   •  28 de Junio de 2016  •  Resúmenes  •  1.738 Palabras (7 Páginas)  •  387 Visitas

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SEGUNDO PARCIAL INT AL DERECHO 2016

1) El ordenamiento jurídico constituye un sistema que se nos presenta como una estructura jerárquica, coherente y plena de normas. En relación con ello, y lo trabajado en la actividad 1 del módulo 5, y en no más de quince renglones, explique la estructuración jerárquica del ordenamiento jurídico argentino. Relacione con el problema de la validez.

Rta. El ordenamiento jurídico se presenta como una estructura donde las normas están dispuestas en un orden jerárquico, existiendo normas superiores e inferiores, cada norma obtiene su validez de una norma de grado superior y a su vez otorga validez a las normas de grado inferior.

Las normas primarias pueden limitarse a establecer cuáles son los sujetos competentes para la creación de las normas secundarias y cuál es el procedimiento para su elaboración.

La validez de una norma consiste en su conformidad con las demás normas de jerarquía superior, que integran el ordenamiento jurídico ? positivo. Deben contemplarse desde dos puntos de vista a) Validez formal: tiene relación con la competencia de quien la elaboro y el modo en que se hizo.

b) Validez material: se vincula con el contenido de la norma, con su prescripción. La validez formal se vincula con los límites externos de la actividad creadora de normas y la validez material con los límites internos. También podemos considerar su validez natural, siendo este un derecho superior a toda ley humana

En la parte superior de la estructura normativa de un país, están las normas constitucionales. Las normas constitucionales o primarias pueden resultar de un documento escrito. La constitución también puede incluir, principios materiales generales que orientan el contenido de las demás normas del ordenamiento.

Nuestra Constitución Nacional consta de un Preámbulo, una parte dogmatica, titulada ?Declaraciones, derechos y garantías? y una parte orgánico, denominada ?Autoridades de la Nación?, dividida a su vez en 2 capítulos: del Gobierno Federal y de los Gobiernos Provinciales?.

El Ordenamiento Jurídico está constituido por un conjunto de normas, que se ubican integrados diversos escalones o grados, ordenados jerárquicamente. A partir de las normas constitucionales, que casi siempre son prescripciones generales y típicas, se pasa cada vez a normas más particulares y concretas, hasta llegar a los mandatos individualizados. El número de normas aumenta a medida que se transita desde las gradas más altas a los niveles más bajos.

Queda sin resolver el problema de la validez de la primera Constitución. Kelsen afirma que es necesario presuponer la existencia de una norma hipotética fundamental, que es la que otorga validez a las normas constitucionales

PREG 2) La legislación constituye en nuestro sistema jurídico de origen romano-germánico la principal fuente formal del derecho. El proceso legislativo consta de seis etapas que hemos analizado en la actividad 3, del módulo 6. Sintetice, en no más de ocho renglones cada una, las siguientes etapas del proceso de elaboración de una ley.

a) Iniciativa.

b) Promulgación.

Rta: Las leyes son elaboradas a través de un procedimiento que consta de 6 etapas. 1) iniciativa, 2) discusión, 3) sanción, 4) promulgación, 5) publicación, 6) entrada en vigencia.

INICIATIVA: Es el acto de presentar un proyecto de ley ante el Poder Legislativo. Se puede distinguir entre Iniciativa Parlamentaria, Ejecutiva, Judicial y Popular. La Iniciativa Parlamentaria es ejercida por los miembros del Poder Legislativo, la Ejecutiva o Presidencial por el Poder Ejecutivo, la Judicial por los miembros del Poder Judicial y la Popular por los particulares.

En nuestro país tiene Iniciativa Legislativa los miembros del Poder Legislativo (Diputados, Senadores, Poder Ejecutivo) y a partir de la Reforma de 1994, se prevé la prestación de proyecto de ley por parte de los ciudadanos ante la Cámara de Diputados.

Los miembros del Poder Judicial no tienen Iniciativa Legislativa.

PROMULGACION: Consisten en la aprobación del proyecto de ley por el Poder Ejecutivo, que previamente habría sido sancionado por el Poder Legislativo. La Promulgación puede ser expresa: cuando el Poder Ejecutivo promulga la ley por medio de un decreto, disponiendo su cumplimiento y ordenando su publicación en el Boletín Oficial. El art 80 establece que: ? se reputa aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto en el termino de 10 días? ( Promulgación Tacita). El veto consiste en el rechazo total o parcial del proyecto.

PREG 3) En la vida social encontramos con frecuencia conflictos, que se derivan de la contraposición de intereses particulares entre los miembros de la sociedad, y del incumplimiento de las normas dictadas para prevenirlos y resolverlos. En las sociedades civilizadas la solución de los conflictos de intereses se realiza a través de la intervención de órganos especializados ante quienes se puede recurrir frente a esas situaciones. Los tribunales o jueces constituyen uno de esos órganos, amén de la existencia de otros alternativos como son: la mediación, la conciliación y el arbitraje. Con relación a la aplicación judicial del derecho defina los siguientes términos, y conforme a lo trabajado en la actividad 5 del módulo 7:

a) competencia

b) prueba pericial

c) alegatos

d) recurso:

a) COMPETENCIA: Es la aptitud del juez para ejercer su jurisdicción en un caso determinado.

Se relaciona con la llamada capacidad objetiva de los jueces u órganos jurisdiccionales. La capacidad subjetiva se relaciona con los requisitos exigidos por la ley para que un juez pueda desempeñarse como tal.

Existen diversos criterios para distribuir la competencia o capacidad objetiva de los jueces o tribunales para conocer y decidir un determinado caso o conflicto.

? Competencia Territorial: Territorio o ámbito espacial dentro del cual un juez o tribunal ejerce su jurisdicción.

? Competencia Material: Determina la diversidad de las cuestiones que se presentan ante los órganos jurisdiccionales y la necesidad de especialización de trabajo de los jueces o tribunales.

? Competencia Personal o por razón de las personas:

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