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DERECHO MARCARIO


Enviado por   •  22 de Marzo de 2015  •  4.741 Palabras (19 Páginas)  •  178 Visitas

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DERECHO MARCARIO

El Derecho marcario comprende de manera general la protección legal de todos aquellos signos distintivos que permiten distinguir un producto o un servicio en el mercado.

Origen y Evolución

El derecho de marcas moderno se desarrolló mucho más tarde que los derechos de autor o las patentes. Sin embargo, los orígenes de las marcas o signos distintivos pueden encontrarse en épocas antiguas, ya sea como medio de indicación o como forma de autenticación del origen de los productos. En el mundo romano, posteriormente, eran utilizabas para distinguir tubos de estaño, ollas de cocina, piedras, ladrillos y materiales para la construcción, y sobre las mercaderías más diversas, como quesos, vinos y colirios oculares.

La marca es, por lo tanto, usada entre los romanos sea como marca individual, sea como marca de fábrica, como signo indicativo tanto del artífice del lugar de producción, y esto con carácter público y al mismo tiempo comercial. Inclusive, cuando los turistas modernos viajan a las ruinas de la antigua Roma, en especial los restos de la ciudad de Pompeya, pueden encontrarse restos de vasijas y utensilios con signos que eran marcas del productor o fabricante.

En el lejano oriente también se utilizó en época antigua signos para distinguir el origen o la procedencia de productos, en especial aquellos que desde la edad media comenzaron a ser objeto del comercio internacional. En China, por ejemplo, se utilizaban como signos distintivos los nombres de los fabricantes de piezas de porcelana, así como el lugar de su fabricación e incluso el destino para el cual habían sido producidas. También, en el antiguo Egipto y Mesopotamia se han encontrado signos con características similares, aplicados a ladrillos y a otros elementos utilizados en la construcción, la cual era una industria importante en dichas culturas. En todos estos casos, el propósito de los signos distintivos utilizados se relacionaba principalmente con el interés en determinar su origen geográfico, propiedad o destino. También se trataba de determinar la autoría de ciertos trabajos a fin de que los artesanos u obreros que los realizaban pudieran percibir sus salarios o contraprestaciones. Nótese como a estas alturas, el derecho de marcas estaba mezclado con lo que parecía ser un incipiente desarrollo en el derecho de autor o por otro lado la marca tenía una función simple pero trascendente, que sería el facilitar el control y la contabilización de objetos fabricados por un artesano, o identificarlos con respecto a otro similares o idénticos fabricados por artesanos distintos.

En la época del Imperio Romano encontramos una de las primeras manifestaciones de una legislación que fomentaba la utilización de marcas con propósitos distintivos, en forma similar a como sucede en la actualidad, ya que la Lex Cornelía penaba la asunción y el uso de un nombre falso, de lo cual es posible deducir que también podría perseguirse la falsificación de una marca, lo cual significaría la adopción falsa de un medio de identificación. De hecho, bajo la dictadura de Sila, la propia Lex Cornelia permitió a la víctima de la injuria, es decir, a aquella persona cuyo signo distintivo o marca hubiera sido utilizado en forma fraudulenta, escoger entre la acción injuriarum, con la cual se podía reclamar daño a la personalidad, y la acción doli, que buscaba el resarcimiento del daño patrimonial; además de una persecución criminal, estando esta última restringida solamente a injurias graves, de las cuales no queda claro si las relativas a signos distintivos formaban parte, aunque posteriormente fue ampliada a toda clase de injurias.

También en la Edad Media y hasta nuestros días, se comenzaron a utilizar ciertos signos que han servido para identificar el ganado como propiedad de determinado rancho o ganadero, así como para identificar bienes que estaban destinados a recorrer grandes distancias, como es el caso de la gran cantidad de productos que comenzaron a ser objeto del floreciente comercio internacional entre las ciudades mediterráneas del sur de Europa y las ciudades de medio oriente y Asia que se encontraban en la ruta de la seda.

Sin embargo, el desarrollo y el avance en el uso de signos distintivos en este periodo se vinculan especialmente con la aparición de las corporaciones, mismas que frecuentemente dieron carácter obligatorio al uso de tales signos. Este uso tenía propósitos muy diversos: identificar al artesano de manera que pudiera determinarse si había cumplido con las normas de su oficio o arte; proteger al consumidor, al servir como mecanismo de control de las mercaderías por los oficiales corporativos; impedir la concurrencia y la importación de las mercaderías de origen extranjero; y asegurar y extender las fuentes de los tributos aplicables.

Sobre estas bases claramente distinguibles que constituyen el sistema Marcario contemporáneo, se entiende la adopción de la obligatoriedad del uso de marcas.

No obstante, fue la Revolución Industrial la que vino a ser el detonador de un derecho de marcas más moderno, pues la producción en masa y la facilidad de transportación, así como el abatimiento del costo de producción por unidad trajeron consigo la posibilidad de expandir los mercados más allá de una limitada área geográfica, e incluso más allá de las fronteras nacionales.

RAZONES DE LA EXPANSIÓN DEL DERECHO MARCARIO

No hubo una sola fuerza responsable de la expansión del derecho de marcas. Claramente podemos distinguir razones tanto económicas, políticas e ideológicas que convergieron para contribuir al crecimiento de esta área del derecho y a incrementar su relevancia comercial.

En un principio, el desarrollo comercial que existió en las culturas de la antigüedad, así como el floreciente comercio en la alta edad media convirtió en una exigencia internacional que se diseñasen mecanismos para tener una certeza respecto de la procedencia de los productos, así como para proteger el prestigio del productor o comerciante.

Pero en forma más contemporánea, en los últimos ciento cincuenta o doscientos años, las fuerzas que generaron el desarrollo de la propiedad intelectual, se han visto más relacionadas a las causas que propiciaron los mencionados desarrollos en la antigüedad, aunque manifestados en forma diferente. Es decir, el mismo desarrollo tecnológico, que en los últimos dos siglos ha acaecido

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