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DERECHO MERCTAIL


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2013  •  5.061 Palabras (21 Páginas)  •  318 Visitas

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REGISTRO MERCANTIL

ANTECEDEDENTES Y EVOLUCIÓN

En el Derecho Comparado

La doctrina coincide que el origen de la institución se encuentra en la matricula de los comerciantes (el Liber mercatorum), registro que era llevado por las corporaciones medioevales para la inscripción de sus miembros. La inscripción en la matricula no era obligatoria, es decir, se podía ser comerciante sin estar inscrito. La inscripción solo era necesaria para gozar de los privilegios conferidos a la corporación.

El sistema evolucionó en los países de Europa Continental de modo diferente en Francia, la ordenanza de Colbert ordenó la inscripción de las sociedades, bajo pena de nulidad; el código de 1870 ignoró la institución; el Registro de Comercio fue establecido por Ley el 18 de marzo del año 1919, no se suprimieron los antiguos sistemas de publicidad ni se otorgaron efectos jurídicos a la inscripción de los actos en el registro.

Morles (2002. p.364), refiere que han sido las reformas legislativas de 1953, 1958, 1963, 1967, 1975, 1978 y 1984, las que han establecido un régimen moderno según el cual:

a) Los inscritos en el registro de comercio se presumen comerciantes;

b) Las personas no inscritas no pueden valerse de la cualidad de comerciantes;

c) Las sociedades gozan de personalidad jurídica, a partir de la inscripción;

d) Los actos cuya inscripción es obligatoria no pueden ser opuestos a terceros si carecen del requisito de inscripción;

e) Las personas matriculadas en el registro deben indicar en toda su papelería su numero de matricula, precedido de la indicación de la sede de registro mercantil y de una letra que indique la forma de la empresa: A, para los comerciantes individuales; B, para las sociedades comerciales; C, para los grupos de interés económico; D, para las sociedades civiles y las cooperativas.

En Italia, a pesar de la tradición de las corporaciones medievales, el Código de Comercio no acogió la institución. En la relación Mancini se da cuenta de la discusión y se explica que la idea se descartó, no solo porque despertaba la idea corporativa medieval, sino porque creaba problemas provenientes del no ejercicio del comercio de la persona no inscrita y del efectivo ejercicio por parte del que no estuviera inscrito. El Código de Comercio de 1942 en varios artículos, instituyó un registro de empresas comerciales, regulando la eficacia de la inscripción si no han sido inscritos los documentos no pueden ser opuestos a los terceros por quien está obligado a pedir la inscripción, a menos que éste pruebe que los terceros han tenido conocimiento de ellos. La ignorancia de los hechos cuya inscripción prevé la Ley no puede oponerse por los terceros desde el momento en que la inscripción se ha practicado. Quedan a salvo las disposiciones particulares de la Ley.

En Alemania, el registro de comercio fue establecido en el siglo XVIII y perfeccionado por los códigos de comercio de 1861 y 1897 el desarrollo de la institución estuvo vinculado a la posibilidad de utilización de un nombre comercial distinto al nombre civil, habiéndose establecido un Registro de comercio con finalidades de: publicidad, control y efectos jurídicos. Es un instrumento de publicidad en tanto ofrece a los terceros la posibilidad de informarse acerca de ciertos actos de los comerciantes. El examen consulta y copia de estos documentos es libre.

Schmidt (citado en Morles H. 2002. p. 365) refiere que:

El sistema alemán ha sido considerado el más desarrollado. Influyó en la legislación de otros países y fue adoptado en Francia a raíz de la primera Guerra Mundial. La doctrina le atribuye como una de sus características la divulgación de los hechos verídicos. Por lo cual esta al servicio de la protección del tráfico jurídico

En España, las ordenanzas de Bilbao 1737 preceptuaba el Registro de los contratos de sociedad; el Código de Comercio de 1829 ordenó un registro de documentos entre ellos, capitulaciones matrimoniales, poderes otorgados por los comerciantes, cartas dotales, al lado de la matricula de los comerciantes, como por ejemplo, la inscripción en la matricula y el ejercicio del comercio otorgaban la cualidad de comerciantes. El Código de Comercio de 1885, amplió la lista de hechos sujetos a la inscripción y profundizó la significación jurídica de la inscripción.

Garrigues citado en Morles A, 2002: 367, señala que:

En la evolución histórica del Registro Mercantil se señalan dos direcciones: una horizontal que extiende el ámbito del Registro Mercantil a ciertos documentos importantes, donde este ya no es solo una lista de comerciantes y la otra vertical ahonda en las consecuencias jurídicas, de la inscripción misma, o, dicho de otro modo, eleva la consideración jurídica, de la inscripción; el registro mercantil es un órgano jurídico de publicidad material, cuyos asientos pueden oponerse a toda persona, como si efectivamente los conociera

El régimen existente en España fue ampliamente reformado por la Ley 19/1989 de 25 de julio y por el reglamento aprobado por el Real Decreto 1784/1996 de 19/07, para adaptar la legislación a las prescripciones de la primera directiva de la comunidad económica Europea.

En Venezuela, el registro mercantil aparece con el Código de Comercio del 29 de agosto de 1862, Goldschmidt, R (2002: 134), expresa que el Registro Mercantil

Preveía sólo la comunicación y fijación de ciertos documentos concernientes a relaciones patrimoniales entre los cónyuges, así como también un extracto del contrato de compañías de personas. Igual debía tenerse de manifiesto copia integra del contrato de compañías anónimas y del decreto de su autorización.

Fue el código de comercio de 1873, el que introdujo la institución con los rasgos básicos que se han preservado hasta hoy, se reglamentó separadamente la matrìcula de comercio y el Registro de comercio, la primera estaba prevista solo para comerciantes por mayor, incluso las sociedades, en la practica ocurría muy pocas veces, ésta matricula en el Registro de Comercio tenía que anotarse, pero sin trascripción, una serie de documentos, incluso se han producido algunos intentos de reforma legislativa.

La matricula de comerciantes que estableció el código de 1873, desapareció en 1904,

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