ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO MINERO E HIDROCARBUROS


Enviado por   •  1 de Junio de 2015  •  5.522 Palabras (23 Páginas)  •  292 Visitas

Página 1 de 23

Facultad de Derecho y Ciencia Política

Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático

DERECHO MINERO E HIDROCARBUROS

DOCENTE: Mg. FAUSTO GONZALES SAUCEDO

ALUMNO: CARLOS ZAMBRANO AQUIJE

CÓDIGO: 2009160611

DUED: CHINCHA

VIII CICLO

LIMA PERÚ

2013

“Se puede albergar un sueño durante años y años, y convertirlo en realidad de repente”.

Dedicatoria

A Dios por las fuerzas de cada mañana.

A mis padres, por el apoyo incondicional.

A mi amor, Katia, por el empuje en esta ardua tarea.

A mis hijos, Nayeli, Joseph, José María y José Gabriel por su cariño.

A Ud. Estimado catedrático por las enseñanzas compartidas.

Índice

Dedicatoria……………………………………………..….…. 03

Índice………………………………………………..…….….. 04

Relación que existe entre el Derecho Minero y el Derecho Administrativo, Civil, Procesal Civil y Comercial………............. 05

Cuadro comparativo las diferencias y semejanzas entre la

pequeña, mediana y gran minería………….……………….. 10

Tratamiento en nuestro ordenamiento jurídico del suelo

y subsuelo………………………………………………………11

Características de las concesiones mineras………………….12

Extinción de la concesiones mineras y sus causales………..12

Análisis del reordenamiento de la minería informal…….…..14

Bibliografía……………………………………………..………16

TEMAS

1.- Explique la relación que existe entre el Derecho Minero y el Derecho Administrativo, Civil, Procesal Civil y Comercial. Señale dos ejemplos para explicar la relación. (3 puntos)

El Derecho Minero no se encuentra aislado. Sus principios jurídicos, las notas comunes y distintivas, sus finalidades, su doctrina y su jurisprudencia se hallan en relación estrecha con las diversas ramas del Derecho sin negar la unidad intangible de éste. El estudio que de él se haga vinculase con los principios generales de la ciencia jurídica y utiliza la doctrina elaborada por las instituciones del Derecho Público y privado en cuanto atañen al régimen de la minería. La coexistencia en nuestra ley de un Código Civil y otro de Comercio, a lado de un texto legal para la minería, facilita al intérprete la cuestión de los límites de estas disciplinas. La norma delimitadora está en la ley misma. Existe un derecho especial común que comprende el régimen jurídico del petróleo y contiene normas pautadoras y especiales. Los principios Doctrinarios del Derecho Minero común y del Derecho Minero Especial son casi idénticos y han sido elaborados con enjundia por la escuela francesa contemporánea. Esta doctrina francesa y los profesores que sentaron sus bases como Pierre Legoux han participado en la dación de leyes modernas como las que rigen los países africanos recientemente independizados que recepcionan principios foráneos para cautelar su riqueza.

EL DERECHO ADMINISTRATIVO

El derecho administrativo es aquella rama del Derecho público que regula la actividad del Estado, pero aquella que se realiza en funciones administrativas, en especial, aquellas relativas al poder ejecutivo.

Tradicionalmente, se ha entendido que Administración es una subfunción del Gobierno encargada del buen funcionamiento de los servicios públicos encargados de mantener el orden público y la seguridad jurídica y de entregar a la población diversas labores de diversa índole (económicas, educativas, de bienestar, etc.).

La Administración Pública preside y tutela siempre la adquisición, la pérdida y la transmisión de los Derechos Mineros y la Ley General de Minería vigente en su texto ordenado dedica numerosas disposiciones a regular el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales encargados de la actividad minera y de los procedimientos formales dirigidos a este fin. La partida de nacimiento de la titularidad minera la refrenda el estado y estampa su sello al extinguirla. El estado es el sujeto concedente de un dominio eminente desde el hallazgo de la mina hasta su caducidad. La concesión minera es un acto administrativo formal. Hay continuas y permanentes relaciones jurídicas entre el concesionario y la administración pública. El DL. No.18880 en su Art. 28 estableció que el estado era sujeto activo en la industria minera, confiriéndole un denominado “Derecho Especial” para ejercer la actividad minera por sí. La ley peruana actual recorta esta intervención estatal.

EJEMPLO

1.- En las demandas de caducidad minera intervienen autoridades administrativas.

2.- Permisos para la explotación minera.

EL DERECHO CIVIL

Para iniciar la definición de derecho, debemos tener siempre en cuenta de que el hombre por su naturaleza es un ser social, por lo tanto deberá guiarse de ciertas normas de conducta, las cuales le serán impuestas durante el transcurso de su existencia en la sociedad; si el hombre no fuese un ser social o simplemente no estuviese

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (36.3 Kb)  
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com