DERECHO PENAL I
eliTesis18 de Junio de 2015
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DERECHO PENAL I
La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
A la hora de hablar de derecho es fundamental que establezcamos cuáles son sus fuentes, es decir, las ideas y los fundamentos en los que se basa aquel para poder desarrollarse y establecer sus principios básicos. En este sentido, tenemos que subrayar que sus citadas fuentes pueden determinarse, de manera general, en tres grandes categorías:
Las reales, que son las que vienen a establecer lo que es el contenido de una ley en cuestión.
Las históricas, que son todos aquellos documentos antiguos que se emplean para referirse a los que tienen el contenido de una ley.
Las formales, que son las que se definen como todas aquellas acciones realizadas por distintos entes (individuos, Estado, organismos…) para proceder a crear lo que es la ley. Dentro de dicha categoría nos encontramos a su vez con la jurisprudencia, los tratados internacionales, la costumbre…
El derecho efectivo o positivo está formado por las leyes, normativas, reglamentos y resoluciones creadas por el Estado para la conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los ciudadanos.
El derecho subjetivo, en cambio, es la facultad propia de un sujeto para realizar o no una cierta conducta. Se trata de la potestad que el hombre tiene, en conformidad con una norma jurídica, para desarrollar su propia actividad frente a otro.
Se considera que el derecho tiene varias características.
Una de ellas es la bilateralidad (un individuo distinto al afectado está facultado para exigirle el cumplimiento de una norma), que le otorga la cualidad de imperativo atributivo al derecho. Es imperativo ya que impone un deber de conducta (como pagar impuestos) y atributivo por lo mencionado anteriormente respecto a la facultad para exigir el cumplimiento del imperativo.
Otras características del derecho son su heteronimia (es autárquico; por más que el sujeto no esté de acuerdo con el contenido de la norma, debe respetarla), alteridad (las normas jurídicas siempre refieren a la relación de un sujeto con otros) y coercibilidad (permite el legitimo uso de la fuerza estatal cuando un ciudadano no cumple con sus exigencias).
Además de todo lo expuesto hay que determinar que de manera habitual el derecho se clasifica en lo que son tres grandes ramas:
• Derecho Social. Bajo dicha denominación se engloban todas aquellas normas jurídicas que tienen como claro objetivo conseguir que los ciudadanos vivan en una sociedad en convivencia. Es decir, se trata de las normas que dan forma al ordenamiento jurídico y que están a favor de esa citada sociedad lo que supone que dentro de esta clasificación esté el derecho sindical o el derecho del trabajo.
• Derecho Privado, es el que determina las relaciones jurídicas entre personas legales sin que ninguna ejerza como autoridad estatal. Ejemplo de ello es el Derecho Civil.
• Derecho Público. Regula las relaciones entre los órganos del poder público y los individuos o las entidades de carácter privado. Ejemplos: Derecho Procesal, Derecho Penal…
El Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad como un producto cultural generada dentro de leyes y que tienen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad—las personas—y de estos con el Estado.
ETIMOLOGIA
“DERECHO” deriva del latín “directium” que significa ‘directo’, ‘derecho’. Otros dicen que la palabra “Derecho” deriva de “dirigere”, que significaría ‘enderezar’, ‘ordenar’, ‘guiar’.
CONCEPTO DE DERECHO
El Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad como un producto cultural generada dentro de leyes y que tienen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad—las personas—y de estos con el Estado.
DEFINICION DE DERECHO
Para Ulpiano el Derecho es el "arte de lo bueno y lo equitativo".
Para Kant, el Derecho es el "complejo de las condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el criterio de todos los demás, según una ley universal de libertad."
Para Marx el Derecho "es la voluntad de la clase dominante, elevada a la categoría de ley."
como hecho, a la pena como legítima consecuencia con el fin de unir al hecho del delito la pena como su consecuencia jurídica. - Franz von Liszt.
La rama del Derecho que regula la potestad pública de castigar, estableciendo lo que es punible y sus consecuencias, y aplicar una sanción o una medida de seguridad a los autores de infracciones punibles. - Ricardo Núñez.
Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora. - Luis Jiménez de Asúa.
Rama del ordenamiento jurídico que contiene las normas impuestas bajo amenaza de sanción. - Fontán Balestra.
Conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado, que definen las conductas delictivas y las penas o medidas de seguridad que hay que aplicar a sus infractores. Cándido Herrero.
Es la rama del derecho público interno relativo a los delitos, a las penas y medidas de seguridad que tienen por objeto inmediato la creación y conservación del orden social. Universidad Humanistas.
"En general se entiendo por Derecho, conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento esta prevista de una sanción judicial."
DIVISIÓN DEL DERECHO
Derecho Público
Derecho Público. Conjunto de normas jurídicas que regulan la organización del Estado y las relaciones que se dan entre éste y los sujetos particulares
Derecho Privado
Derecho Privado. Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre las personas particulares—sean colectivas o individuales—, y de estos con el Estado, cuando éste actúa como persona particular.
Diferencias
El Derecho Publico contiene normas de organización de la sociedad.
El Derecho Privado normas de conducta de los individuos.
El Derecho Publico esta dirigido al Estado.
El Derecho Privado esta dirigido al individuo.
Si se persigue el interés del Estado estamos en el campo del Derecho Público.
Si se persigue el interés del individuo estamos en el campo del Derecho Privado.
El Derecho Público es irrenunciable.
En el Derecho Privado los individuos pueden o no ejercitar sus facultades que les otorgan las leyes.
El Derecho Público es imperativo. Mientras que el Derecho Privado campea el principio de la autonomía de la voluntad.
En el Derecho Público se hace todo lo que dice la ley, no lo que no prohíbe. En el Derecho Privado el individuo esta facultado todo aquello que la ley no lo prohíbe expresamente.
Otros autores niegan estas diferencias, ya que dicen por definición el
Derecho tiene una función colectiva: todo el Derecho es público.
CONTENIDO DE LA DIVISIÓN DEL DERECHO
Derecho Objetivo
Derecho Objetivo. Conjunto de leyes aplicables a las personas y que forman el ordenamiento jurídico vigente.
Derecho Subjetivo
Facultad o poder reconocido a una persona por la ley vigente y que le permite realizar o no ciertos actos. Por ejemplo el derecho a la propiedad, le permite utilizar una cosa en su provecho.
Derecho Natural
Derecho Natural. Es el Conjunto de reglas ideales, eternas e inmutables que se anhela ver transformadas en leyes positivas.
Derecho Positivo
Derecho Positivo. Conjunto de norma jurídicas, escritas o no, vigentes en un Estado.
Comprende el derecho escrito o legislado, el consuetudinario o no escrito, es decir, el vigente.
CARACTERÍSTICAS:
1. es un derecho expresado cuya existencia no se discute
2. es propio o particular de cada país
3. lo constituyen el conjunto de preceptos establecidos por la autoridad política de un pueblo.
4. su cumplimiento y ejecución puede ser espontáneo o no.
5. su relatividad, el derecho se transforma a través del tiempo.
Derecho
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