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DERECHO POSESORIO


Enviado por   •  22 de Septiembre de 2013  •  1.908 Palabras (8 Páginas)  •  772 Visitas

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TITULO DE LA OBRA IDEA PRINCIPAL IDEA SECUNDARIA

NOCIONES DEL DERECHO HEREDITARIO CAPITULO I

LA SUCESIÓN

MORTIS CAUSA

1. EL DERECHO DE SUCESION 1. El Patrimonio: Es uno de los atributos de la personalidad ya que toda persona por el mismo hecho de serlo, es titular de un conjunto de bienes, derechos, acciones y obligaciones, estimables en dinero, o al menos posee la actitud para adquirirlos. Es una universalidad jurídica por ello no se puede dividir materialmente, sólo en cuotas de la misma naturaleza abstracta ideal, sin referencia alguna a las cosas que componen cada una a las cuotas. P.1

2. El Patrimonio no es susceptible de transferirse, esto es, no puede ser objeto de ningún acto jurídico entre vivos, sólo lo es de transmitirse, o sea, de cambiar de dueño únicamente por muerte del antecesor porque cuando su Titular fallece aquél no puede quedar abandonado, expuesto a ser adquirido por el primer ocupante, ya que esto trastornaría las relaciones jurídicas. P.1

3. Reglas a que estará sujeta la Transmisión del Patrimonio y los Beneficiarios de esa Transmisión: puede ser determinado por su propietario, él dispone pues lo que debe hacerse con su patrimonio después de su muerte, facultad que le corresponde como una consecuencia del derecho de propiedad que sobre el mismo tiene y que le reconocen y garantizan la Constitución Política y las leyes secundarias. O puede acontecer también que no se haga uso de tal facultad, y no obstante el patrimonio siempre será transmitido a la muerte de su propietario, siendo entonces la ley exclusivamente la que determina los requisitos de la transmisión y las personas en que han de radicarse los derechos y obligaciones que han quedado sin titular. P.2

4. Transmisión: jurídicamente hablando significa el paso, el traslado de patrimonio del poder de una persona por fallecimiento de la misma, al de otra u otras personas; esto es, la trasmisión implica una sucesión en el dominio del patrimonio, porque jurídicamente por suceder se entiende sustituir a otro en lo relativo a sus derechos y obligaciones.P.2

5. Tranferencia: traspaso del dominio que se verifica entre vivos p.3

6. Tipos de Sucesión: Existen dos tipos de sucesión, se sucede entonces entre vivos y por causa de muerte pero existe una diferencia que es fundamental ya que cuando se sucede entre vivos solamente se puede suceder en bienes singularmente considerados sean estos especies, géneros y cantidades mientras que en la sucesión por causa de muerte no sólo se puede suceder bienes singularmente considerados sino en todo el patrimonio o en una parte o cuota de esa universalidad. p.3 7.-7.Denominaciones de la sucesión : Derecho de Sucesión, Derecho de Sucesiones o Derecho Sucesorio, Derecho Hereditario, esto porque el patrimonio dejado por el causante y que es transmitido, se le aplica el nombre de herencia, palabra que es connotativa de señorío, dominio.p.3

2. LOS TERMINOS SUCESION, HERENCIA,

CAUSANTE Y CAUSAHABIENTES, SUCESORES O ASIGNATARIOS.

3. ASIGNATARIOS A TITULO UNIVERSAL

4. ASIGNATARIOS A TITULO SINGULAR

5. DERECHOS Y OBLICACIONES TRANSMISIBLES E INTRANSMISIBLES 1.Sucesión: significa propiamente la transmisión del patrimonio, el traslado del conjunto de derechos y obligaciones valuables en dinero de una persona fallecida a otra u otras que le sobrevienen quienes la ley o el testamento llaman para recibirlos. Llevando inhabitó la transmisión como acto jurídico, esto es por causa de muerte. P.3

2. Patrimonio trasmitido: es llamado caudal relicto este es el objeto de la trasmisión, es lo que recibe el nombre de herencia.

3. Herencia: se refiere al patrimonio cuando está siendo transmitido; concluida la transmisión deja de llamarse herencia. P.4

4. El objeto de la sucesión es la transmisión. P.4

5. La palabra sucesión se usa para designar la herencia y para designar a los herederos, teniendo así la sucesión un sentido subjetivo y uno objetivo.P.4

6. La palabra herencia también se suele usar en sentido objetivo y en sentido subjetivo. Por el primero se alude con ella al conjunto de bienes y obligaciones transmisibles, a la universalidad Jurídica transmitida, al caudal relicto, y por el segundo se hace referencia al derecho de herencia, al derecho subjetivo de herencia, que es un derecho real que recae sobre una universalidad, no sobre cosas singulares, y cuya vida es efímera, ya que pues existe sólo mientras el patrimonio de la persona fallecida no ha sido efectivamente adquirido por el sucesor o sucesores. Al ocurrir esto el derecho real de herencia vuelve a ser sencillamente derecho de dominio sobre cada uno de los bienes que forman el caudal relicto.

7. Causante: persona fallecida, cuyo patrimonio se tramite, a otros u otros, es decir quien deja herencia, siendo el autor que causa la sucesión con su muerte. Este es llamado en doctrina “de Cujus”, por tanto causante es tanto el que deja sucesión testamentaria como intestada. P.5

8. Testador: se le llama al que hace un testamento.

9. Causahabientes o Sucesores: personas a las que se les trasmite la herencia, nuestra ley les denomina Asignatarios. -Existen causahabientes, sucesores o legatarios, a título universal y causahabientes, sucesores o legatarios, a título singular, a los primeros se llaman Herederos y los segundos legatarios. P.5

1. Asignar: es señalar lo que le corresponde a una perona, atribuirle alguna cosa, destinarsela. P.5

2. Asignatario: beneficiario con una asignacion,

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