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De las facultades y obligaciones del ayuntamiento

jesspcInforme19 de Febrero de 2013

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Materia: Introducción al derecho (Jerarquias)

LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO

CAPITULO CUARTO

DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO

Artículo 31.- Corresponde a los Ayuntamientos el ejercicio de facultades y atención de las obligaciones que sean necesarias para conseguir el cabal cumplimiento de las atribuciones que les confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes que emanan de ellas.

Artículo 32 - Los Ayuntamientos poseerán personalidad jurídica para todos los efectos legales y estarán facultados para:

I.- En materia de gobierno y régimen interior:

A) Enviar proyectos de Ley o Decreto a la Legislatura, en los términos del artículo 68 de la Constitución Política del Estado.

B) Cumplir y hacer cumplir las leyes, decretos y reglamentos federales, estatales y municipales.

C) Expedir su Reglamento Interior; los Reglamentos, Acuerdos y demás disposiciones administrativas que sean de la competencia municipal.

D) Expedir las declaratorias que contengan la división municipal en Delegaciones y Subdelegaciones en la forma y número que estime necesaria.

E).- Convocar, por conducto del Presidente Municipal, a la elección de los integrantes de las Alcaldías Municipales, así como de los Delegados y Subdelegados Municipales que establezca el Ayuntamiento, en los términos dispuestos en la presente Ley; y convocar también a elecciones extraordinarias cuando se trate de cubrir las vacantes de Alcalde y demás miembros de las Alcaldías y de los Ayuntamientos.

E) Nombrar o remover a propuesta del Presidente Municipal al Secretario y al Tesorero del Ayuntamiento.

F) Conceder licencias a los Munícipes hasta por 90 días y sancionar a los miembros del Ayuntamiento de acuerdo con su Reglamento Interior.

G) Realizar las acciones que le competen en relación a lo prescrito por el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

H) Tomar las providencias necesarias para hacer cumplir el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

I) Cooperar con las Autoridades Federales y Estatales en la ejecución de las normas relativas a salud pública, previsión de seguridad civil educación, población, culto religioso, trabajo y procesos electorales que le atribuyen las Leyes Federales y Estatales correspondientes.

J) Aprobar los convenios que sobre conflictos de límites celebre el Presidente Municipal y enviarlos a la Legislatura del Estado para su aprobación definitiva.

K) Fomentar la creación de organismos cívicos y de colaboración municipal y reglamentar su funcionamiento.

L) Distribuir entre los Regidores las comisiones unitarias permanentes para la atención de los diversos asuntos del Municipio, y de conferirle eventualmente comisiones especificas en relación con los servicios y artículos y atribuciones municipales.

M) Conceder permisos y licencias para la apertura y operación de comercios, restaurantes, hoteles y centros recreativos en los que se expendan debidas alcohólicas o se ofrezcan espectáculos artísticos y musicales, y en general cualquier local que ofrezca servicios de venta de cerveza con o sin alimentos.

N) Aceptar donaciones, herencias y legados.

O) Expedir los Reglamentos que regulen la comercialización y operación de los servicios de inmuebles en tiempo compartido.

Q )Expedir los Reglamentos que regulen aquellas actividades de los habitantes del Municipio cuyo desarrollo sea susceptible de afectar derechos de terceros, alterar la paz pública o provocar afectación al conjunto de la población.

R) Fomentar en el Municipio actividades cívicas, culturales, artísticas y deportivas que eleven el nivel de vida de la población.

S) Auxiliar por ministerio de Ley a las autoridades Estatales y Federales en el correcto desempeño de las funciones del Registro Civil, así como resolver las controversias que se susciten en el Municipio sobre vecindad y ciudadanía y expedir las constancias o certificaciones correspondientes.

T) Recurrir al Tribunal Superior de Justicia del Estado cuando los Gobiernos Federal o Estatal expidan leyes o decretos que invadan o vulneren la esfera municipal, para los fines que este Tribunal estime procedente.

U) Aprobar la solicitud de enajenación de bienes municipales, y turnar a la Legislatura del Estado, cuando por Ley se requiera, para que se ratifique.

V).- Decidir sobre la disolución de las Alcaldías, cuando se demuestre causa grave, calificada por el voto de las dos terceras partes de sus miembros, y siempre que los integrantes de las Alcaldías hayan tenido oportunidad de ser escuchados.

II.- En Materia de Obras y Servicios Públicos y Desarrollo Urbano.

A) Expedir los reglamentos de los servicios públicos.

B) Solicitar al Ejecutivo del Estado su concurso para el mejor manejo y administración de los servicios públicos de competencia municipal y solicitar que cese dicho concurso cuando a su juicio sea innecesario.

C) Sancionar los convenios que celebre el Presidente Municipal para coordinarse o asociarse con otros municipios en la prestación de servicios públicos.

D) Solicitar a la Legislatura del Estado la declaratoria a fin de que una actividad especifica desarrollada dentro de su jurisdicción sea considerada como servicio público municipal.

E) Aprobar los planes de desarrollo urbano municipal que le sean sometidos a su consideración por el Presidente Municipal.

F) Decretar la zonificación del municipio y participar en la creación y administración de reservas territoriales y expedir las declaratorias de usos y destinos del suelo a que se refiere el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

G) Autorizar al Presidente Municipal para que realice los actos necesarios a fin de regular la tenencia de la tierra urbana en el Municipio, y a otorgar licencias y permisos de construcción de conformidad con los reglamentos vigentes.

H) Ejercer las atribuciones que las leyes señalen en la creación y preservación de zonas de reserva ecológica.

I) Reglamentar las condiciones a que se deberán someter las concesiones de servicios públicos y determinar cuales de ellos no podrán ser sujetos de concesión a particulares.

J) Decretar la cancelación de las concesiones de servicios públicos que hayan otorgado a particulares.

K) Solicitar al Ejecutivo del Estado la expropiación de bienes por causa de utilidad pública siempre y cuando el bien que se vaya a afectar contribuya al desarrollo municipal.

III.- En Materia de Hacienda Pública Municipal.

A) Formular el Proyecto de Ley de Ingresos Municipales, el que deberá ser remitido a la Legislatura, para su aprobación.

B) Vigilar la recaudación de los ingresos fiscales que determine la Ley de Ingresos aprobada.

C) Vigilar la recepción de las participantes (sic.) en los impuestos y derechos tanto federales como estatales, que le señalen las leyes respectivas.

D) Remitir a la Legislatura del Estado, dentro de los dos primeros meses del año, la cuenta pública del año fiscal anterior.

E) Dictar normas para la administración del patrimonio municipal el que se compondrá de los bienes de dominio públicos o privado que posea el Municipio a los cuales se refiera la Constitución Política del Estado en los artículos 138 al 143.

F) Formular y aprobar el Presupuesto de Egresos del Municipio atendiendo a la estimación de los Ingresos establecidos en su favor. Asimismo autorizar la ampliación, transferencia y supresión de partidas del Presupuesto de Egresos.

G)

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