ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Decreto 40


Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  1.220 Palabras (5 Páginas)  •  422 Visitas

Página 1 de 5

DECRETO SUPREMO Nº 40

APRUEBA REGLAMENTO SOBRE PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES

Publicado el 7 de Marzo de 1969 Santiago, 11 de Febrero de 1969.- Hoy se decretó lo

que sigue: Número 40.-

TITULO I

Disposiciones generales.

Art. 1. El presente reglamento establece las normas contenidas en la Ley Nº 16.744 sobre seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales.

Art. 2. Corresponde al Servicio Nacional de Salud fiscalizar las actividades de prevención que desarrollan los organismos administradores del seguro. Los organismos administradores del seguro deberán dar satisfactorio cumplimiento. Estarán también obligados a aplicar o imponer el cumplimiento de todas las disposiciones o reglamentaciones vigentes en materia de seguridad e higiene del trabajo.

TITULO II

De las Mutualidades de empleadores y empresas de

Administración Delegada

Art. 3. Realizar actividades de prevención de riesgos y enfermedades profesionales. Una organización estable de prevención en las empresas adheridas.

Art. 4. Personal especializado en las actividades .serán calificado por el Servicio Nacional de Salud

Art. 5. Articulo 72 de la ley 16744. Los organismos que deciden realizar actividades preventivas regirán por las normas.

Art. 6. Las actividades de prevención que deben desarrollar las empresas facultadas para administrar el seguro en forma delegada serán de carácter permanente, efectivas, basadas en una organización estable y a cargo de uno o más expertos en prevención.

Art. 7. Las empresas que deseen acogerse a la administración delegada deberán acompañar, además de los antecedentes exigidos por el artículo 28 del Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 16.744.

TITULO III

De los Departamentos de Prevención de Riesgos

Art 8,9,10,11.

Toda empresa que cuente con más de 100 trabajadores deberá contar con un departamento de prevención de riesgos. El cual tendrá que contar con los medios y el personal mínimos para realizar el reconocimiento, evaluación y control de riesgos asociados a la labor que realice la empresa, además de llevar registro de informes, estadísticas, control de capacitaciones, comité

Paritario, charlas de seguridad, procedimientos de trabajo, etc.

Esta estructura estará encabezada por dos tipos de profesionales dependiendo de la cantidad de trabajadores y de la cotización adicional genérica (mientras mayor sea, mas riesgos contiene el rubro de la empresa), y esto también determina si la prestación de servicios será a tiempo parcial o completa.

Las categorías son las siguientes:

a) Expertos profesionales con un post-titulo en prevención de riesgos.

b) Ingenieros en prevención de riesgos.

Estos deberán estar inscritos en los registros del servicio nacional de salud.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com