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Delitos Especiales


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2014  •  1.372 Palabras (6 Páginas)  •  529 Visitas

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*Son "aquellos que no tienen correspondencia con un delito común" porque "la calidad especial del sujeto es determinante para la existencia del delito, de tal forma que faltando la misma el hecho sería atípico", es decir, en el delito especial propio el hecho tiene que ser cometido por un sujeto que reúna las características específicas, de no ser así el hecho es atípico.

*Es el conjunto de NORMAS JURÍDICAS que determinan cuales son aquellas conductas consideradas como delitos contra las leyes Federales y los Tratados Internacionales de observancia obligatoria en México y las PENAS y MEDIDAS DE SEGURIDAD que el Estado impone para garantizar el orden social.

*La doctrina jurídico-penal, en especial la alemana, ha venido sosteniendo, desde los orígenes de la teoría del delito hasta la actualidad, dos clases de concepto de delito especial:

1.- una clase de concepto simple, aquella clase de tipo penal que se distingue por que en ellos se describe una conducta que sólo es punible a título de autor si es realizada por ciertos sujetos que posean ciertas condiciones especiales que requiere la ley.

2.- una clase de concepto complejo, incorporan no sólo la descripción delito especial expresado por las definiciones simples, sino, además, su propia fundamentación.

Código es la ordenación sistemática de preceptos relativos a una determinada rama del derecho, que la comprende ampliamente, elaborada por el poder legislativo y dictado para su general observancia.

Sus características:

Conjunto de preceptos jurídicos que refiere a una solo rama del derecho en un solo cuerpo

• pueden ser del derecho adjetivo o subjetivo

• es sistemático

Se refiere a que no deben existir repeticiones innecesarias o duplicidad de tipos de los delitos ya existentes en el código penal.

• busca permanencia y orden.

• Cualidades de los sujetos.

• Cualidades del objeto

• Naturaleza de la materia

ORIGEN:

El concepto ha sido un concepto propio de la Ciencia del Derecho penal, propio de la llamada Teoría general del delito.

También han sido utilizados como sinónimos: “Delictum sui generis”, “Delictum propium” o “delito autónomo”, entre otros.

La primera referencia legal expresa a una clase de delitos equivalente a la representada en la actualidad por la de los delitos especiales, se encuentra en la figura de los “delicta propia” opuesta a los “delicta communia”, categoría equivalente a los actuales “delitos comunes”.

Delitos Especiales Propios

Son "aquellos que no tienen correspondencia con un delito común" porque "la calidad especial del sujeto determina la existencia del delito.

Delitos Especiales Impropios:

Son aquellos "que tienen correspondencia con un delito Común", pero su realización por sujetos especialmente cualificados hace que éste se convierta en un tipo autónomo distinto. (Parricidio e Infanticidio).

LEYES ESPECIALES-DELITOS ESPECIALES

A la materia o leyes que estudian o definen delitos especiales, se les conoce con los nombres de ley especial, ley penal especial, derecho penal especial, la doctrina considera más propio el de delitos especiales.

El artículo 6 del código penal federal señala:

“cuando se cometa un delito no previsto en este código pero si en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicaran estos tomando en cuenta las disposiciones del libro primero del presente código, y en su caso las conducentes del libro segundo.”

SCJN

“no es exacto la ley penal este constituida exclusivamente por el código de la materia sino que al lado del mismo se hallan muchas disposiciones dispersas y no por ello estas normas pierden su carácter penal, pues basta que establezcan delitos e impongan penas para integrar junto con el código una ley penal. (Ley especial)”

3 clases de delitos especiales en atención a su fundamento:

1.- los que se basan en el incumplimiento de una función social institucionalizada (por ejemplo, los delitos de funcionario)

2.- los que se fundamentan en el incumplimiento de una función social no institucionalizada

3.- los delitos especiales en que la limitación del círculo de posibles autores no se debe a ninguna de aquellas dos razones.

En las 2 primeras clases de delitos especiales, la intervención de un "extraneus" deberá ser castigada con una pena inferior a la del "intraneus" por su menor accesibilidad al bien jurídico.

“intraneus” Los sujetos calificados para ser autores de delitos especiales de funcionarios públicos, son llamados en Derecho, intraneus".

DELITOS ESPECIALES, el círculo de autores está circunscrito solamente a un grupo de sujetos que reúnen una cualidad exigida en el tipo penal (los “intranei”) La cualidad puede estar expresamente mencionada en el tipo penal.

Otros sujetos que participen en la comisión de estos delitos, al no poseer dicha cualidad, por decisión del legislador, no podrán ser nunca considerados como autores de estos delitos especiales (son “extranei”).

Principios rectores de los delitos especiales:

Los capítulos de delitos que se inserten en leyes especiales deben coincidir con los fines del derecho penal.

Concurso aparente de normas:

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