ENSAYO DE DELITOS ESPECIALES.
rafacoral .Ensayo25 de Septiembre de 2016
9.401 Palabras (38 Páginas)2.143 Visitas
Contenido
INTRODUCCION
DESARROLLO
GENERALIDADES DEL DERECHO PENAL
ANTECEDENTES DEL DERECHO PENAL ESPECIAL
LA CODIFICACIÓN
LA DECODIFICACIÓN
EL INICIO DE LOS DELITOS ESPECIALES EN MÉXICO
DERECHO PENAL ESPECIAL, SU CONCEPTO.
LOS DELITOS ESPECIALES
CONCEPTO PROPIO DE LOS “DELITOS ESPECIALES”
CONSIDERACIONES DE ALGUNOS ASPECTOS DEL TERMINO “DELITOS ESPECIALES”.
LA UBICACIÓN DOCTRINAL DE LOS DELITOS ESPECIALES
ANÁLISIS DE LOS ARTÍCULOS 6º Y 7º DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL
CONCURSO APARENTE DE NORMAS
Principio de Especialidad
Principio de Consunción o Absorción
Principio de Subsidiaridad
Principio de Alternatividad
PRINCIPIOS RECTORES DE LOS DELITOS ESPECIALES
LEYES QUE CONTIENEN LOS DELITOS ESPECIALES
CONCLUSIONES
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Trabajos citados
CIBERGRAFÍA
DELITOS ESPECIALES
INTRODUCCION
El presente ensayo constituye la actividad número uno de la materia de Delitos Especiales y aborda la génesis y razón de ser de los Delitos Especiales, además de examinar ciertos criterios respecto a la inclusión de los Delitos Especiales en el Código Penal Federal, ya que contemplan diversas conductas típicas y se encuentran diseminados en un amplio grupo de Leyes Federales, creando con ello una serie de problemáticas normativas, una de ellas es el desconocimiento para un gran número de estudiosos de la Ciencia Jurídica acerca de la existencia de distintos delitos que se encuentran disipados en Leyes ajenas al Código punitivo aludido.
Se parte de las generalidades diferenciando lo que es un delito, la pena y la medida de seguridad, continuando con un estudio de los procesos de Codificación y Decodificación. Así mismo se revisará y dará respuesta a la interrogante de ¿Cómo surgen los Delitos Especiales en México? A través de un recorrido histórico de los códigos punitivos mexicanos. En virtud de esta situación se tiene como objetivo primordial el análisis de los Delitos Especiales, haciendo notar que hace falta encontrar una solución en la Ley Penal a fin de evitar la existencia de enormes lagunas en cuanto a su regulación.
Posteriormente se conceptualizan los delitos en comento y analizan dichas concepciones trazando un camino en cuanto el aspecto histórico de nuestro ordenamiento penal el cual nos lleva a intentar indagar la manera en cómo debe organizarse el Derecho Penal, se advierten las contradicciones planteadas en los artículos 6º y 7º del Código Penal Federal, y se detallan los principios rectores de estos delitos, siendo así el objetivo de este trabajo, el identificar los Delitos Especiales, su origen legal, su dogmática y la problemática que de ellos emana.
DESARROLLO
GENERALIDADES DEL DERECHO PENAL
Para una mayor comprensión del tema, partamos del Derecho Penal, su génesis, y desarrollo ¿cuáles fueron las causas que dieron motivo a la formación del Derecho?: El ser humano, es un ente social por naturaleza, y por tal razón requiere orden, y orientación, que guíe su conducta dentro de una colectividad determinada.
Por tal motivo afirma Amuchategui Requena, que el surgimiento del derecho penal obedece a la necesidad de regular el comportamiento del hombre en sociedad para controlar sus acciones y proteger al grupo social. El crimen nace con el hombre; cuando aún no existía un orden jurídico, ni una sociedad organizada, el delito ya se manifestaba en su forma más rudimentaria. El hombre todavía no articulaba palabras, pero ya desarrollaba conductas que afectaban a los demás; por ejemplo, el apoderamiento ilegítimo del animal cazado por otro, la violencia física ejercida sobre una mujer, etc. De ahí la necesidad de regular tales conductas y señalar castigos para lograr el orden y la convivencia pacífica. (Amuchategui Requena, 2005)[1]
Sobre la evolución del Derecho Penal encontramos que en sus orígenes hay una marcada tendencia a la venganza, como concepto de Justicia punitiva. En este sentido Cabanellas (1981), en su Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, señala este tipo de justicia inicial y cuáles fueron los delitos que han subsistido hasta nuestros días. De donde se percibe que en el génesis del Derecho Penal no existía una estructura jurídica como la conocemos en la actualidad con una plataforma filosófica sofisticada y una diversidad de tipos penales, sólo se contemplaban los primeros brotes de la actividad criminal que se conocía y se manifestaba hasta ese momento. (Cabanellas, 1981)[2]
Se puede plantear que, en general los delitos nacen con la sociedad y su proporcionable complejidad emana de su evolución. En este continuo devenir, la presencia de la Justicia Penal cumple un servicio fundamental para la colectividad, resultando innegable su importancia y trascendencia.
Rossi ha señalado que el Derecho Penal es la más importante rama entre todas las de la Ciencia de las Leyes, ya por sus relaciones morales, bien por las políticas: “Todo progreso de la ciencia penal es un beneficio para la humanidad, y por ello economiza sufrimientos y, sobre todo, secunda la marcha del hombre hacia su desenvolvimiento moral” (Carrancá y Trujillo R. y., 1999)[3].
Raúl Carrancá y Trujillo estima que el Derecho Penal, objetivamente considerado, es el conjunto de leyes mediante las cuales el Estado define los delitos, determina las penas imponibles a los delincuentes y regula la aplicación concreta de las mismas a los casos de incriminación. (Carrancá y Trujillo R. y., 1999)[4]
Encontrándonos en el estudio de la parte general del Derecho Penal, surge el cuestionamiento: ¿qué significa la Ley Penal?, para dar respuesta a esta pregunta, recabamos el criterio de Amuchategui Requena:
La ley penal es la norma jurídica que se refiere a los delitos y a las penas o medidas de seguridad. La creencia de que la ley penal es sólo el conjunto de normas contenidas en el Código Penal resulta falsa; es un espejismo, pues existen diversas normas penales insertas en distintos cuerpos legales, como la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el Código Fiscal de la Federación, la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Legislación Aduanera, la Ley General de Salud, etcétera. (Amuchategui Requena, 2005)[5]
Respecto a la falsa creencia que la Ley Penal es sólo un conjunto de normas contenidas en el Código Penal el suscrito concuerda con la autora citada, en que es incorrecta; ya que en el periodo comprendido de la creación de los primeros Códigos Penales en nuestro país hasta la fecha, se fueron originando normas de la materia en diversos cuerpos legales; esto aunado al desarrollo y la creciente complejidad de la sociedad Mexicana, valió para lo que constituyó el nacimiento y desenvolvimiento de dichos ordenamientos.
El delito es considerado como una agresión a este orden jurídico, y es siempre una valoración. Es de observarse y destacarse que el Delito tiene tres características constantes en toda evolución y es la consideración de: 1.- La actuación u omisión del ser humano 2.- Que agrede (según algunos autores), ó que viola (según otros), 3.- Los derechos fundamentales del mismo (establecidos en un ordenamiento jurídico, por lo tanto, resulta una conducta antijurídica). Más tarde en la historia de la humanidad y con la sofisticación del Derecho se adiciona otra característica: la culpabilidad en el comportamiento antijurídico. (Jiménez de Asúa, 1985)[6].
Dicho concepto ha variado en el tiempo, según la Doctrina y las legislaciones, no obstante, las tres particularidades continúan vigentes.
Con relación al delito el Código Penal Federal vigente establece:
Artículo 7o.- Delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales.
En los delitos de resultado material también será atribuible el resultado típico producido al que omita impedirlo, si éste tenia el deber jurídico de evitarlo. En estos casos se considerará que el resultado es consecuencia de una conducta omisiva, cuando se determine que el que omite impedirlo tenía el deber de actuar para ello, derivado de una ley, de un contrato o de su propio actuar precedente.
...