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Demanda colectiva de trabajo


Enviado por   •  21 de Junio de 2017  •  Prácticas o problemas  •  8.345 Palabras (34 Páginas)  •  362 Visitas

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H. JUNTA ESPECIAL DE  LA LOCAL

DE CONCILIACION Y ARBITRAJE    

EN EL ESTADO DE JALISCO

PR E S E N T E

                                                   “RICARDO ADRÍAN FERNÁNDEZ LÓPEZ”, “LAURENCIO CARO GOMEZ”, “DEMANDADO NÚMERO 2”, “DEMANDADO NÚMERO 3” Y “ DEMANDADO 4” mexicanos, mayores de edad y nombrando como nuestro abogado patrono al licenciado en derecho OCTAVIANO FERNANDEZ RODRIGUEZ que cuenta con cedula profesional federal número _________, así mismo se anexa a la presente carta poder a favor del abogado señalado con anterioridad; todo ello en acatamiento a lo señalado en los  ordinales  691, 692 fracción I,II, 696 de la Ley Federal del señalando como domicilio procesal la finca marcada con el número 420  de la calle Tezozomoc en la Colonia Ciudad del Sol, Zapopan Jalisco, con el debido respeto ante esa H. Junta laboral  comparecemos y

EXPONEMOS:

Con el carácter con que nos ostentamos, y con fundamento en los artículos 8º, 14, 16, 17 y 123 fracción XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como los numerales 1, 2, 8, 20,21,48, 73, 74, 77, 78, 80, 685, 698, 870, 871, 873, 878, 880, 885 y demás aplicables de la Ley Federal del Trabajo en vigor, por medio del presente ocurso, ante esa H. Junta de Conciliación y Arbitraje en la vía laboral ordinaria nos presentamos a formular DEMANDA LABORAL:

                                                    En contra quien acredite o resulte el dueño o propietario de la FUENTE DE TRABAJO DEMANDADA “CADENAS Y REFACCIONES INTERNACIONALES S.A. DE C.V.” que se ubica: En la calle Catorce-A, Fraccionamiento Higuerillas, numero exterior 2168, Primera Sección, Colonia zona industrial, en el municipio de Guadalajara, Jalisco. Y que tiene como giro comercial y se dedica: Exportación de cadenas y refacciones industriales. Demandada que se benefició  de nuestro trabajo, debió a que los aquí actores siempre y en todo momento desempeñamos nuestro trabajo dentro de la fuente demandada.

                                                     En contra quien acredite o resulte el dueño o propietario de la FUENTE DE TRABAJO INDETERMINADA demandada (bajo protesta de conducirnos con verdad desconocemos si dicha fuente de trabajo demandada está constituida como alguna sociedad civil o mercantil y hasta el momento ha sido imposible obtener dicha información por lo que solicitamos a esa H. Junta Laboral que se actué conforme a lo previsto por el artículo 712 de la Ley Federal del Trabajo)que se ubica: En la calle Catorce-A, Fraccionamiento Higuerillas, numero 2168, Primera Sección, Colonia Zona Industrial, en el municipio de Guadalajara, Jalisco. Y que tiene como giro comercial y se dedica: Exportación de cadenas y refacciones industriales Demandada que se benefició  de nuestro trabajo, debió a que siempre y en todo momento desempeñamos nuestro trabajo dentro de la fuente demandada.

                                                      En lo personal en contra del Sr. SERGIO JIMENEZ PÉREZ con domicilio para ser emplazado el que se ubica: En la calle Catorce-A, Fraccionamiento Higuerillas, numero 2168, Primera Sección, Colonia Zona Industrial,  en el municipio de Guadalajara, Jalisco. Patrón demandado que fue quien nos contrató, así mismo siempre nos dio órdenes directas e inmediatas; además siempre estuvimos a su total subordinación y fue quien nos despidió.                       

Cabe señalar que a los demandados mencionados se le reclaman el despido injustificado de los trabajadores, así como las prestaciones a las que tenemos derecho, originadas por el despido injustificado que nos adolecemos y que están establecidas en la Ley Federal del Trabajo y que más adelante son señaladas.

Quienes  de manera ilegal, dolosa e injustificada nos despidieron, terminando así con la relación obrero patronal que existió entre los aquí actores trabajadores y ellos; por lo que ante esa H. Junta De Conciliación y Arbitraje, RECLAMOMOS EL  PAGO Y CUMPLIMIENTO DE LAS SIGUIENTES

PRESTACIONES:

DEL  TRABAJADOR

RICARDO ADRÍAN FERNÁNDEZ LÓPEZ

                                                            A).- INDEMIZACION CONSTITUCIONAL. Consistente en el pago inmediato de 90 noventa días de salario, que me corresponden de indemnización, por el injustificado despido del que me duelo, ello conforme al artículo 123 fracción XXII, del Pacto Federal  en relación directa y sistemática con el numeral 48 de la Ley Federal del Trabajo. POR LA CANTIDAD DE: $ 45,000.00 PESOS (Cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.)

                                                            B).- POR EL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD. Consistente en el pago de 468 días por el pago proporcional por haber laborado para  los demandados, durante un periodo de 39 treinta y nueve años, por el periodo que corresponde a partir del 15 de Octubre de 1977 al 05 de Septiembre de 2016. POR LA CANTIDAD DE: $68,328.00 PESOS. (Sesenta y ocho mil trescientos veintiocho pesos 00/100 M.N.)

                                                            C).- LA RENUMERACION DE LA PRIMA VACACIONAL Y EL PAGO DE VACACIONES. Consistente en el derecho que tengo, de recibir mi remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestado, así como la prima vacacional de 25%, de conformidad con el Título III Capítulo IV artículos 79 y 80 de la Ley Federal del Trabajo, por el periodo efectivamente trabajado de 09 meses, correspondiente a la fecha 15 de Octubre de 1977 al 05 de Septiembre de 2016.

                                                            D).- AL PAGO PROPORCIONAL DEL AGUINALDO. Consistente en el pago proporcional de este derecho conforme al tiempo que laboré para  los demandados durante el periodo del 20 de Diciembre de 2015 al 05 de Septiembre de 2016, conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, reclamo el pago de 10 días. POR LA CANTIDAD DE: $5,000.00 PESOS. (Cinco mil   pesos 00/100 M.N.)

                                                            E).- POR EL PAGO DE LAS APORTACIONES, EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Consistente cuotas, y depósitos que las demandadas me retuvieron y  debieron cubrir a mi favor ante el IMSS, SAR, INFONAVIT, a razón de mi salario 2% y 5% respectivamente.

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