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Denominacion De Origen


Enviado por   •  11 de Julio de 2015  •  1.573 Palabras (7 Páginas)  •  171 Visitas

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Denominación de Origen Controlada (D.O.C.)

Denominación de origen (D.O. o D.O.C., en Francia A.O.C.) es el nombre de una región, de un país, que sirve para designar un producto agrícola o alimenticio, cuya calidad o características se deben fundamental y exclusivamente al medio geográfico con sus factores naturales y humanos, y cuya producción, transformación y elaboración se realicen en la zona geográfica delimitada.

D.O.C. es una calificación que se emplea para proteger ciertos alimentos que, desde tiempos antiguos se producen en una zona determinada, contra productores de otras zonas que quisieran aprovechar el buen nombre que han creado los originales, en un largo tiempo de fabricación o cultivo.

Los productores que se acogen a la denominación de origen, se comprometen a mantener la calidad lo más alta posible y a mantener también ciertos usos tradicionales en la producción, como por ejemplo, en el caso del vino, en ciertas zonas se exige utilizar la uva tradicional de la zona. Asimismo, suele existir un consejo regulador de la denominación de origen, que autoriza exhibir el distintivo a los productores de la zona que cumplen las reglas.

La ventaja fundamental de la denominación de origenes que garantiza al consumidor un nivel de calidad más o menos constante y unas características específicas. A cambio, los productores pueden cobrar sus cuidados por mantener la calidad con precios más altos. También se señala que ésta fomenta la organización del sector productivo y facilita el acceso de productores a mercados nacionales e internacionales.

Un caso famoso de denominación de origen ocurrió cuando los franceses hicieron la marca Champagne (y champaña o champán) D.O.; lo que hizo que los productores de vinos espumosos con método champeniose de producción, tuvieran que inventarse otros nombres. En España se adoptó el de Cava. Otro caso fue el de Jerez.

Diferencias de las Denominacionjes de Origen.

Denominación de Origen, Denominación de Origen Controlada, Indicación Geográfica... Si tienes dificultad para diferenciar entre estas categorías, sigue leyendo para que lo tengas un poco más claro.

Denominación de Origen o Denominación de Origen Controlada, DO o DOC, es un tipo de indicación geográfica que se aplica a un producto agrícola o a un alimento cuyas características dependen precisamente de ese lugar geográfico donde se elabora o se produce. La DO o DOC es, por lo tanto, una especie de protección a los productos que se hacen en determinada forma, con un determinado proceso frente a otros productores que tratan de imitarlo. El quid de la D.O. Es que los productores además se comprometan a mantener la calidad del producto.

La Denominación de Origen Calificada (DOCa) se da a un producto que previamente ha tenido la Denominación de Origen. Entre que se da la DOC y la DOCa deben haber pasado al menos diez años. En el caso del vino, debe comercializarse embotellado desde bodegas inscritas y ubicadas en la zona geográfica concreta y además debe tener un sistema de control de toda la producción y comercialización, que además contenga un control físico y químico del producto.

Por otro lado, la Indicación Geográfica, IG, se usa para designar un producto con un origen geográfico determinado y cuya reputación se basa precisamente en ese origen.

Reglamentación del D.O.C

DE LAS DEFINICIONES Y LOS PRINCIPIOS GENERALES

Art. (1) - DENOMINACIÓN DE ORIGEN: RÉGIMEN

Los vinos de calidad superior producidos en el ámbito de la Denominación de Origen de Luján de Cuyo y que accedan al régimen que establece ésta denominación se regirán por las disposiciones del presente reglamento y las resoluciones que dicte el Consejo Denominación de Origen.

Art. (2) - DENOMINACIÓN DE ORIGEN CONTROLADA: DEFINICIÓN

Se entiende por Denominación de Origen Controlada (D.O.C.), a los fines del presente reglamento; al nombre que identifica un producto originario de una región, de una localidad o de un área de producción delimitada del territorio nacional, cuyas cualidades o caracteres particulares, se deben exclusiva o esencialmente al medio geográfico abarcando los factores naturales y los factores humanos que generan su producción.

Art. (3) - DENOMINACIÓN DE ORIGEN CONTROLADA - CATEGORIZACIÓN

Conforme a la anterior definición, los vinos producidos en Luján de Cuyo que accedan al régimen que establece la Denominación de Origen, serán de la categoría Denominación de Origen Controlada; a cuyo efecto los vitivinicultores de la región, agrupados en el Consejo de Denominación de Origen; ejercerán las funciones de fiscalización que garanticen el cumplimiento de las normas a las que deberán ajustarse los vinos que accedan a la protección que establece esta denominación.

Art. (4) - PRODUCTOS PROTEGIDOS POR LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN

Quedan protegidos bajo el régimen de la Denominación de Origen “Luján de Cuyo” los vinos tintos de calidad

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