ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Anglosajon


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  780 Palabras (4 Páginas)  •  280 Visitas

Página 1 de 4

Diferencias entre el Derecho Administrativo anglosajón y el Derecho Administrativo Continental

El Derecho administrativo anglosajón ofrece, respecto del continental, una serie de diferencias que se manifiestan en los dos aspectos o vertientes de esta rama del Derecho: en las prerrogativas de la Administración y en las garantías de los particulares.

En el primer sentido, habida cuenta del punto de que se parte (sometimiento de la Administración al Derecho privado), son inferiores las prerrogativas de que dispone la Administración inglesa que aquellas que corresponden a la Administración en Francia y en general en los países del régimen administrativo.

Inversamente, debido también al punto de partida, al emplearse en este terreno las técnicas jusprivatistas, son menores las garantías del ciudadano británico frente a la Administración que las de los ciudadanos continentales. Ello se pone de manifiesto tanto al considerar determinadas instituciones jurídicas administrativas en concreto, como, en general, atendiendo al régimen jurídico de la Administración. Es decir, al conjunto de medios de que los particulares disponen para reaccionar contra la actividad ilícita o ilegal de la Administración o para exigir indemnización cuando se le causare un perjuicio antijurídico en sus derechos e intereses. Así, quien realiza un contrato con la Administración inglesa se encuentra en peor situación que aquel que contrata, pongamos por caso, con la Administración francesa. E igualmente son inferiores los medios de defensa de que disponen los ciudadanos ingleses cuando se les deniega el otorgamiento de una licencia o se les expropia o se les produce un perjuicio extracontractual, que aquellos de que disponen los particulares que habitan en los países del régimen administrativo.

No existe, pues, inconveniente en mantener con Rivero que en la actualidad las diferencias que se dan en cuanto al sometimiento de la Administración al Derecho en los países que se encuadran al sistema del rule of law y los que se adscriben al del régimen administrativo son sólo cuantitativas. En éstos, la Administración dispone de mayores prerrogativas y los ciudadanos de mayores garantías. Pero no podemos quedarnos en formular esta afirmación. Es necesario indagar acerca de las causas de que esto sea así, y para ello habremos de examinar una vez más la evolución histórica que ha conducido a la actual situación.

A diferencia de lo que ha ocurrido en la Europa continental, donde se ha partido de estimar que la Administración tenía que someterse a unas reglas distintas de las que regulan las relaciones entre los particulares, los ingleses, que gustan de beber el vino nuevo en los odres viejos, han pretendido que la Administración continuase sometida a las mismas normas jurídicas que tradicionalmente regularon su actividad. Por ello, el

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.2 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com