Derecho Civil
marcosanval27 de Noviembre de 2012
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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
DERECHO FAMILIAR
PROFESOR
JOSÉ TORRES TORRES
ALUMNO
MARCO ANTONIO SANCHEZ VALDIVIA
CAPÍTULO I
CONCEPTOS GENERALES DEL DERECHO DE FAMILIA.
La familia constituye el grupo natural del cual surgen los individuos, que conforman la sociedad.
CONCEPTO BIOLÓGICO
Se forma por la unión sexual de la pareja compuesta, por un hombre y una mujer através de la procreación generando lazos de sangre.
CONCEPTO SOCIOLOGICO
Las sociedades llamadas industriales su organización ha correspondido a la estructura de la denominada familia nuclear, compuesta exclusivamente de la pareja y sus descendientes inmediatos.En las comunidades agrícolas y pastorales tradicionales, los familiares se organizan agrupándose en distintas parejas y sus descendientes pertenecen siempre a la familia originaria, familia del fundador, o del pater, aquí es posible que se originen la denominada familia externa.
MATRIMONIO O CONCUBINATO.
De parejas en las que uno o ambos miembros ya habían formado otra familia.
CONCEPTO JURÍDICO
Desde el punto de vista jurídico la simple pareja forma una familia por que cubre a ambos miembros se establecen relaciones juridico.familiares.que las rigen ya que constituyen un conjunto de deberes derechos, y obligaciones recíprocos, que les son propios. En línea recta el parentesco no tiene límite, pero en línea colateral el parentesco y sus efectos solo se extienden hasta el 4to. Grado.
BIOLOGICO
Implica los conceptos de la unión sexual y la procreación generando lazos de sangre.
SOCIOLOGICO
Se define como grupo ósea la generación social en que los individuos se mantienen unidos por intereses económicos políticos, religiosos, etc...
JURIDICO.
La principal característica radica en el parentesco el cual se refiere al conjunto de vínculos jurídicos que rigen a los miembros de La familia.
EL DERECHO DE LA FAMILIA.
Se precisa las fuentes bio-sociales de donde surgen las relaciones jurídicas-familiares; el matrimonio, el concubinato, el parentesco.
Se integra una definición de familia:
CONTENIDO Y DEFINIICION
El derecho de familia conjunto de normas jurídicas de orden público e interés social que regula la constitución organización, y disolución de las relaciones entre los miembros de la familia con el objeto de proteger el desarrollo integral de ellos.
JURISDICCION FAMILIAR.
Es la función soberana del Estado que se realiza através de de actos encaminados a resolver un litigio mediante la aplicación de una ley general a un caso concreto y controversial.
Representa la extensión y los limites del poder de juzgar ya sea por la razón de la materia, del territorio o de la cuantía.
Los jueces familiares conocen:
• De los procedimientos de jurisdicción voluntaria relacionados con el derecho familiar.
• De los juicios contenciosos relativos al matrimonio, a su ilicitud o Nulidad, de Divorcio, régimen de bienes en el matrimonio, entre otros...
• De los juicios sucesorios.
• Acciones relativas al Estado Civil, capacidad de las personas y las derivadas del parentesco.
• Diligencias de consignación en todo lo relativo en materia familiar.
• Diligencias de exhorto supletorias, requisitorias, y despacho de orden familiar.
• Asuntos que afectan derechos de personas o menores de incapacidad.
• Todas las cuestiones familiares, que reclamen intervención judicial.
LAS SALAS DE APELACION CONOCEN:
• De los casos de responsabilidad civil y de los recursos de apelación y queja en los asuntos de materia familiar, contra resoluciones de jueces, del mismo ramo.
• De las competencias que suscriben en materia familiar sobre las autoridades judiciales, del T.S.J.D.F.
• De las excusas y recusaciones de jueces del Tribunal Superior de la justicia del orden familiar.
• De los demás asuntos que determinen las leyes:
VIAS DE ATENCION JURISDICCCIONAL DE PROBLEMAS DE FAMILIA.
A) Ordinaria, en la que el juez resuelve asuntos como: De divorcio, perdida de la patria potestad, nulidad, de matrimonio, nulidad de testamentos entre otros, etc...
B) D e controversia del orden familiar conoce asuntos de: alimentos, guarda y custodia de menores impedimentos de matrimonio entre otros.
C) De los procesos Especiales juicios sucesorios e intermediarios como testamentarios.
Capítulo II “El Parentesco”
Es un estado jurídico que implica una relación jurídica general permanente y abstrajo generadora de derechos y obligaciones tanto entre ellos y terceros. (Parientes consanguíneos y políticos) Se conoce como Estado civil o familiar y se considera atributo de la personalidad.
CLASES
Se reconocen 3 causas y clases de parentesco:
1.-El consanguíneo que responde al vinculo jurídico que se establece entre personas que descienden de un mismo progenitor (un mismo tronco común) ejemplo de este tipo de parentesco son los hermanos.
2.-El de afinidad que responde al vinculo jurídico que se adquiere por el matrimonio o concubinato.
3.- El civil que responde al vínculo jurídico que nace de la adopción civil simple, solo se genera parentesco, entre el adoptado, y el adoptanta, mientras que en la adopción plena el parentesco tiene lugar entre el adoptado, y el adoptante y la familia consanguinea de este.
LÍNEAS Y GRADOS.
Los ascendientes en primer grado son los padres en segundo grado los 2 abuelos maternos y paternos, (4 abuelos) en tercer grado los 4 bisabuelos maternos y 4 paternos (8 bisabuelos) y en 4to grado los tatarabuelos para determinar la cercanía del parentesco la ley establece grados y líneas:
1.- El grado de parentesco esta formado por cada generación que separa a un pariente de otro.Las personas de una generación están en el mismo grado de parentesco la serie de grados integra una línea.
2.- La línea de parentesco se conforma por los grados de parentesco o bien por las generaciones, las líneas pueden ser de 2 clases recta y colateral o transversal.
A) La línea recta de parentesco se forma por parientes, que descienden unos de otros, ejemplo: padres e hijos, nietos, bisnietos.
B)La línea colateral o transversal se forma por 2 líneas rectas que coinciden en un progenitor común, o sea por los parientes no descienden unos de otros pero reconocen un mismo progenitor.Se da una línea colateral o transversal igual de parentesco cuando la distancia generacional que haya entre los parientes de cada línea recta sea la misma:los hermanos entre si los primos, y ante una linea lateral o transversal desigual en distancia generacional entre parientes diferete ejemplo: los tíos y los sobrinos, en esta línea nuestro derecho reconoce solo hasta el cuarto grado.
Existen 2 formas para contar los grados de parentesco.
1.-Se cuentan el numero de personas que forman la línea y se suprime el progenitor común entre el abuelo y el nieto, existen 3 personas el grado de parentesco es el 2do.
2.- Se consideran las generaciones que separan a un pariente de otro y otros, entre el padre y el hijohay una generación la que da el primer grado.
En adopción simple no hay mas líneas de parentesco que las que se forman entre los que adoptan y el adoptado.
EFECTOS
Es una regla universalmente aceptada que respecto de los derechos, deberes y obligaciones derivados del parentesco los parientes mas cercanos, excluyen a los mas lejanos por lo que son diferentes, los efectos según la clase y el grado de parentesco.
El ejemplo más ilustrativo es del derecho a heredar como en la sucesión legitima, en la que los parientes más cercanos heredan por cabeza y a falta de estos se hereda por estirpe.
En cuanto a los efectos del parentesco, estos se clasifican en personales, y pecuniarios, son efectos personales.
• El de asistencia deber de ayuda y socorro.
• Los matrimoniales y el concubinato.
SON EFECTOS DE PECUNIARIOS Y DE CONCUBINATO.
• Los derechos hereditarios (sucesión legitima en el parentesco legitimo y civil
• El pago de los alimentos (pensión alimenticia) solo se genera en el parentesco consanguíneo civil. En el parentesco los efectos no se extienden más alla del cuarto grado en línea colateral.
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