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Derecho Colectivo Del Trabajo


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2014  •  1.724 Palabras (7 Páginas)  •  194 Visitas

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REGULACION DEL DERECHO COLECTIVO: El artículo 96 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, señala “ Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector Público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria”, es decir que la Constitución otorga el derecho a los trabajadores a la negociación colectiva como un proceso para regular las relaciones de trabajo entre los patronos y los trabajadores, esta debe ser entendida como el derecho a la sindicalización, a la convención colectiva y a la huelga, esta norma, dispone las iniciativas de las partes para acceder a un proceso de negociación sin que este sea consecuencia de un conflicto, por lo que se reconoce constitucionalmente este derecho constituyéndose así un avance importante en materia laboral.

La negociación colectiva permite fijar a través del convenio colectivo de trabajo las condiciones que deben regir en los contratos que se celebren, favorecer las relaciones colectivas y la solución de los conflictos laborales; estableciendo también el ámbito subjetivo, personal y temporal de las convenciones colectivas estas son las que ampararán a todos los trabajadores activos al momento de su suscripción y a quienes ingresen con posterioridad a la entidad, es decir, que el convenio colectivo es el acuerdo o acto jurídico que se celebra entre una asociación de trabajadores y un empleador o grupo de empleadores con la finalidad de fijar las condiciones de trabajo que deben regir en los contratos individuales que se celebren y tienen por finalidad: 1) La Protección: impide que el patrono estipule de manera unilateral las condiciones de trabajo para los trabajadores, ya que el contrato laboral establece unos mínimos que han de ser respetados 2) La Formalización: otorga cierto contenido a toda relación de trabajo establecida al amparo de este. 3) La Garantía de paz laboral: Los trabajadores no tienen derecho a entrar en huelga para imponer nuevas reivindicaciones respecto a las materias reguladas por el mientras este en vigencia.

El marco legal venezolano asume y protege el proceso de negociación colectiva, dándole un carácter preeminente, necesario para regular los procesos y las relaciones de trabajo favoreciendo las relaciones colectivas frente a las individuales, otorgando al Derecho Colectivo un papel relevante, este es la rama del derecho laboral que comprende desde la organización de los sindicatos, la negociación colectiva, los conflictos colectivos del trabajo, el derecho a huelga, la conciliación y el arbitraje, constituye el medio por el cual el derecho laboral ha evolucionado hasta constituirse en un derecho social, en otras palabras el derecho colectivo es el derecho de negociación colectiva, siendo un mecanismo regulador producido por las condiciones de trabajo, el derecho colectivo es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual, sino atendiendo a los intereses comunes. El derecho colectivo establece normas sobre a) Libertad de asociación b) convenios colectivos c) conflictos colectivos d) conciliación y el arbitraje. Principios del derecho colectivo: 1) El trabajo como un derecho y un deber social: tiene como objetivo, lograr condiciones justas y humanas para todos los trabajadores. 2) La libertad y el derecho del trabajo: No podrá impedírsele a ninguna persona que se dedique a la profesión, industria o comercio o trabajo de su preferencia. 3) Principio de igualdad: No podrá establecerse distinción alguna entre los trabajadores, por motivo de raza, sexo, edad, credo religión, doctrina política o condición social. 4) La dignidad humana: En el ámbito laboral, el trabajador tiene el derecho de que se le trate con la misma consideración que el empresario. 6) Existencia decorosa: El trabajador debe estar en condiciones de satisfacer todas las necesidades materiales y la de su familia.

Igualmente, el artículo 89 Constitucional, establece los principios de: 1) Principio de la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios sociales, que estipula un marco jurídico para el contrato individual y el contrato colectivo de trabajo, que define el ámbito de aplicación de los derechos de los trabajadores. Todas esas normas legales constituyen derechos favorables a los trabajadores, Estos derechos han sido atribuidos a los trabajadores y son intangibles, incluso los estipulados en las convenciones colectivas. La intangibilidad da seguridad una vez que un derecho ha sido consagrado en una convención colectiva, 2) Principio In dubio pro operario En caso de dudas se favorecerá al trabajador y se adoptará la norma que más le favorezca y en caso de silencio en una convención colectiva, se podrá dirigir a la ley, debido a que ésta suple lo no establecido en la convención. 3) Principio de la primacía de la realidad sobre formas o apariencias, que expresa que en materia laboral, el juez puede ir más allá y buscar la verdad de los hechos. 4) Principio de la no discriminación, establecido en el numeral 5 del art.89 siguiendo la línea establecida por el convenio Nº 11 de la Organización Internacional del Trabajo (O(IT), relativo a la discriminación en materia de empleo y de ocupación. 5) Principio de la presunción de la relación de trabajo, conforme el artículo 58 de la LOTTT que expresa que “El contrato de trabajo se hará preferentemente por escrito, sin perjuicio de que pueda probarse la existencia de la relación de trabajo en caso de celebrarse en forma oral, se presume cierta la relación laboral hasta prueba en contrario 6) Principio de

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