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Derecho De Sudáfica


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2014  •  1.378 Palabras (6 Páginas)  •  147 Visitas

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El sistema jurídico de Sudáfrica tiene una fisonomía mixta compuesta por el Derecho Romano-Holandes (Roman-Dutch Law) y el Common Law

Gobierno.

Sudáfrica es una Republica con un sistema democrático de gobierno, comprometido a logra la igualdad entre hombres y mujeres y gentes de todas las razas. La Constitución es la ley suprema del país, es aplicable a todos los órganos del Estado en todos los niveles de gobierno. Existe una separación entre el poder legislativo, ejecutivo y judicial, que mantiene un equilibrio de poder entre ellos.

Poder Legislativo.

El Parlamento es la autoridad legislativa de Sudáfrica, tiene el poder de elaborar leyes para el país de acuerdo con la Constitución.

Actualmente el Parlamento es bicameral y abierto a todas las razas; está compuesto de una Asamblea Nacional y un Senado.

La Asamblea Nacional está compuesta por 400 miembros elegidos por un sistema de representación proporcional, cada partido tiene un número de asientos basado en la proporción de votos obtenidos por el partido en las elecciones. De los 400 miembros, 200 son elegidos de una lista nacional y 200 de listas provinciales.

El Senado está compuesto de diez miembros por cada provincia cada legislador provincial nomina a senadores en proporción con el soporte de ese partido en la provincia.

El Parlamento sesiona por lo menos una vez al año, la primera a los treinta días después del día de la votación de las elecciones. El Parlamento estará en funciones durante cinco años a partir del día de la votación.

Los proyectos de ley pueden ser presentados indistintamente en la Asamblea Nacional o en el Senado, como cámara de origen, excepción hecha a las iniciativas de ley sobre cuestiones financieras, en este caso la Asamblea Nacional actúa siempre como cámara de origen. Las iniciativas deben ser aprobadas por ambas cámaras y sancionadas por el Presidente de la Republica.

Poder Ejecutivo

El Presidente de la Republica es la cabeza del Estado, jefe de gobierno y jefe de la de defensa de Sudáfrica. Conduce al país en los interese de la unidad nacional de acuerdo a la Constitución.

El Presidente tiene las siguientes atribuciones:

• Conferir distinciones, nombrar, acreditar, recibir y reconocer embajadores, representantes diplomáticos y otros funcionarios consulares.

• Otorgar el perdón o suspender la ejecución de una pena.

• Firmar y ratificar convenios y tratados internacionales.

• Revocar o proclamar la Ley Marcial, así como declarar la guerra o firmar la paz.

• Nombrar a su gabineta y desempeñar las funciones que le confiere la ley.

El Presidente es elegido por la Asamblea Nacional de entre sus miembros y dura en su cargo siete años.

Existen dos presidentes ejecutivos suplente. Cada partido de por lo menos 20 por ciento de los asientos de la Asamblea Nacional tiene la oportunidad de designar a un Presidente Suplente Ejecutivo de entre sus miembros

El gabinete está compuesto por el Presidente, los Presidentes Suplentes Ejecutivo y no más de 27 Ministros designado por el Presidente.

Poder Judicial.

El poder judicial goza de autonomía e independencia con respecto al gobierno. A la cabeza de este poder se encuentra la Corte Suprema de Justicia, integrada por la división de apelación.

Integran el poder Judicial:

La División de Apelación. Es el tribunal máximo en el país y tiene su sede en Bloemfontein, la capital judicial. Está integrada por el Procurador General y por los jueces de apelación que el Presidente del Estado considere necesarios.

La División de Apelación tiene jurisdicción para revisar y dictar sentencias en contra de cualquier decisión emanada de un tribunal de una división provincial o local.

Divisiones Provinciales y Locales. Existen seis divisiones provinciales: Cape of Good Hope, con sede en Cape Town; Eastern Cape (Grahamstown); Northen Cape (Kimberly) ; OFS (Bloemfontein), Natal (Pietermaritzburg); y Transval (Pretoria). Cada una de estas divisiones está formada por un juez principal y, así lo decide el Presidente del Estado, por uno o más jueces suplentes principales y el número de jueces que termine el residente del Estado.

Las Divisiones Locales son la división Witwaterrand, con sede en Johannesburgo; Durham y Coast

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