ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Del Trabajo


Enviado por   •  30 de Junio de 2013  •  2.037 Palabras (9 Páginas)  •  293 Visitas

Página 1 de 9

Auto

El auto (también llamado en algunos ordenamientos sentencia interlocutoria) es una resolución judicial mediante la cual un tribunal se pronuncia sobre peticiones de las partes, resolviendo las incidencias, es decir, las cuestiones diversas del asunto principal del litigio, pero relacionadas con él, que surgen a lo largo de un proceso jurisdiccional.

Dado que el auto es una resolución decisoria, en la mayoría de los casos es posible impugnarlo mediante la interposición de un recurso judicial.

Al auto judicial también se le denomina sentencia interlocutoria, que se refiere a toda aquella decisión judicial que resuelve una controversia incidental suscitada entre las partes en un juicio. Se distingue de la sentencia definitiva en que ésta resuelve el asunto principal objeto del litigio. En este sentido, la razón por la que se denomina interlocutoria es porque sus efectos jurídicos en relación con las partes son provisionales, en el sentido de que pueden modificarse sus consecuencias a través de la sentencia definitiva.

Un auto es aquella resolución judicial a través de la cual un tribunal se pronunciará acerca de las peticiones efectuadas por una de las partes en conflicto resolviendo lo que se llama en el lenguaje del derecho como incidencias, es decir, aquellas diversas cuestiones correspondientes al asunto principal que entró en litigio y que surgieron a lo largo del proceso jurisdiccional. Como sucede con la mayoría de las resoluciones judiciales y como es debido también, el auto, deberá estar acompañado de un razonamiento jurídico, lo que popularmente se conoce como consideraciones y fundamentos que ayuden a entender el porqué de la resolución que el tribunal decidió tomar.

Auto: Decisión de un Juez o Tribunal que conteniendo una motivación, es decir, una argumentación de la misma, no decide sobre el fondo del pleito o causa, pero sí sobre cuestiones de importancia que afectan a intereses dignos de protección de los litigantes

Diligencias: Es el acta redactada por el funcionario competente que tiene por objeto dejar constancia de un acto con trascendencia procesal en la sustanciación de un pleito.

Su impugnación se realizara mediante escrito dirigido al juez o tribunal al día siguiente de la notificación.

Ley adjetiva: Es el mecanismo que se usa para hacer valer el derecho manifiesto en la ley sustantiva, es decir, hace cumplir las leyes sustantivas.

En este resumen se ha querido dar a conocer de manera sencilla la definición de la LEY ADJETIVA y su función.

LEY ADJETIVA

La que se encarga de fijar el procedimiento para satisfacer o conseguir los derechos declarados en una ley. Regula la aplicación de otra llamada sustantiva, limitada por lo común a exponer el precepto, la Ley adjetiva por excelencia es la procesal.

Para que haya una ley adjetiva--debe haber primero una ley sustantiva.

Ley sustantiva--la que define el derecho que el particular puede reclamar.

Ley adjetiva, el mecanismo que se usa para hacer valer el derecho manifiesto en la ley sustantiva...el procedimiento.

DERECHO ADJETIVO:

Son las normas destinadas a garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones consagradas por el derecho sustantivo.

Por ejemplo:

• Derecho a seguro social.

• Derecho a la salud.

• Derecho a la educación.

• Acceso a la justicia.

• Libertad sindical.

• Derecho al voto

Ley sustantiva: «La que concede un derecho o impone una obligación; la que permite o prohíbe ciertos actos; la reguladora de las instituciones jurídicas. Se contrapone a la ley adjetiva que establece los medios para efectividad y garantía de las relaciones y normas de fondo

Leyes marco: Consisten en regulaciones generales, no detalladas de los temas económicos que corresponden a las siguientes materias indicadas en el artículo 150 numeral 19 de la Constitución: crédito público; comercio exterior y régimen de cambio internacional; actividad financiera, bursátil y aseguradora; régimen salarial y de prestaciones sociales de los servidores públicos; entre otras.

Ley-Marco, son competencias PLENAS que otorga el Estado a las Comunidades Autónomas, y aquí si que les da derecho a legislar las materias que regulen, además de ejecutarlas

El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía, esto es, toda la creación jurídica del órgano estatal que ejerza la función legislativa. El derecho positivo puede ser de aplicación vigente o no vigente, dependiendo si la norma rige para una población determinada, o la norma ya ha sido derogada por la promulgación de una posterior. No sólo se considera derecho positivo a la ley, sino además a toda norma jurídica que se encuentre escrita (decretos, acuerdos, reglamentos, etc.).

Derecho consuetudinario, también llamado usos o costumbres, es una fuente del Derecho. Son normas jurídicasque no están establecidas en ninguna ley pero se cumple porque en el tiempo se ha hecho costumbre cumplirla; es decir, en el tiempo se ha hecho uso de esta costumbre que se desprenden de hechos que se han producido repetidamente, en el tiempo, en un territorio concreto. Tienen fuerza vinculante y se recurre a él cuando no existe ley(o norma jurídica escrita) aplicable a un hecho. Conceptualmente es un término opuesto al de Derecho escrito.

Derecho natural: El iusnaturalismo o derecho natural es una teoría ética con un enfoque filosófico, (especialmente en el derecho) que postula la existencia de derechos del hombre fundados o determinados en la naturaleza humana, universales, anteriores y superiores (o independientes) al ordenamiento jurídico positivo y al Derecho fundado en la costumbre o Derecho consuetudinario

Derechos innatos u originarios: Expresión contrapuesta a los «adquiridos o derivativos», y que indica que nacen con el hombre; ese decir Que ha nacido con el sujeto, no adquirido por educación ni experiencia.

El derecho subjetivo son las facultades o potestades jurídicas inherentes al hombre por razón de naturaleza, contrato u otra causa admisible en derecho. Un poder reconocido por elOrdenamiento Jurídico a la persona para que, dentro de su ámbito de libertad actúe de la manera que estima

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (13.2 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com