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Derecho Fiscal

vannito18 de Marzo de 2012

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Derecho fiscal

Por materia fiscal se entiende todo lo relacionado con los ingresos del estado provenientes de las contribuciones. Al respecto la suprema corte de justicia ha establecido la siguiente tesis: fiscal.- es la que se entiende como lo perteneciente al fisco, y fisco significa entre nosotros la parte de la hacienda publica que se forma con las contribuciones , impuestos o derechos, siendo autoridades fiscales las que tiene intervención por mandato legal en la cuestión, dándose el caso de que hay autoridades, hacendarías que no son autoridades fiscales, pues aun cuando tengan facultades de resolución en materia de hacienda carecen de actividad en la cuestión que es la característica de los fiscales viniendo a ser el carácter de autoridad hacendaría el genero y la autoridad fiscal, la especie.

Concepto de derecho fiscal, físico y lugar que ocupa el derecho fiscal en las clases.

Derecho fiscal es el conjunto de normas jurídicas que sistematizan y regulan los ingresos que percibe el fisco sin importar su procedencia.

En cuanto a la autonomía del derecho fiscal el tribunal fiscal de la federación, en jurisprudencia establecida el 19 de noviembre de 1940 sostuvo que el derecho fiscal "como una rama del derecho administrativo y a su ves del derecho publico", ha venido evolucionando en forma tal que actualmente considerarse como una verdadera rama autónoma del derecho con características especiales, que si la distinguen en el campo del derecho administrativo y del derecho publico.

División del derecho fiscal

Este mantiene una división en función a sus relaciones con otras ramas del derecho.

Sustantivos.

El derecho fiscal sustantivo regula la relación que en el anverso tiene el carácter de crédito fiscal y en el reverso tiene el carácter de obligación tributaria.

El derecho fiscal sustantivo esta condicionado al principio de la legalidad, es decir, solo existe cuando lo contiene una ley.

Concepto de Impuestos.

1. Son prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con

carácter. general y obligatorio, a cargo de las personas

físicas o morales para contribuir con los gastos públicos.

2 .Es la parte de la renta nacional que el estado se apropia satisfacción de las necesidades publicas.

3. Es una reducción de la riqueza privada, adquirida por el Estado o por; sus entidades menores, destinada para e! cumplimiento de los fines generales de la vida publica.

El código fiscal de la federación, señala impuestos. son las contribuciones establecidas en la Ley, que deben pagar las personas físicas y morales, que se encuentran en las situación jurídica prevista la misma.

C4RACTERISTICAS DE LOS; .IMPUESTOS.

a) Es la cantidad que constituye una obligación.

b) Deben ser establecidos por la Ley.

c) Debe ser proporcional y equitativo.

d) Esta a cargo de personas físicas y morales.

e) Que se encuentran en la situación jurídica prevista por la Ley.

f) Debe destinarse a cubrir los gastos públicos.

En los elementos de los impuestos encontramos al sujeto, al objeto, la unidad fiscal, la cuota, la base y la tarifa.

LOS SUJETOS DEL IMPUESTO.

Los sujetos del impuesto son aquellos que participan de manera activa y determinante en la relación tributaria.

El primer elemento que interviene en la relación fiscal es el sujeto, mismo que puede ser activo o pasivo.

En nuestro sistema jurídico político, los sujetos activos son: la Federación, los Estados, el FD: y los Municipios.

SUJETO ACTIVO. -Tiene la facultad de exigir el pago de impuestos aunque esta facultad no la tienen en la misma proporción. La Federación y las mismas entidades federativas pueden establecer las contribuciones necesarias para cubrir sus presupuestos, sin embargo, el municipio no tiene facultad para establecer impuestos, sin embargo sí tiene la facultad para recaudarlos.

SUJETO PASIVO.- Se establece como sujeto pasivo de un crédito fiscal. a la persona física o moral, mexicana o extranjera, que de acuerdo con las leyes este obligada al pago de una prestación determinada al fisco.

No debemos confundir al sujeto pasivo con el pagador de impuesto, este último es el que desemboca el pago del impuesto, ya que económicamente resulta lesionado por dicho pago.

OTROS ELEMENTOS DEL IMPUESTO.

El objeto del impuesto.- Es la situación que la Ley señala como un hecho generador del crédito fiscal. Es la finalidad perseguida en toda relación tributaria.

La unidad fiscal.- Es la cosa o cantidad señalada, como medida, número, peso, etc., sobre la que la Ley establece la cantidad a pagarse por concepto del impuesto. Esta unidad sirve para calcular el impuesto correspondiente.

La cuota del impuesto.- Es la cantidad en dinero o en especie que se pagan por la unidad fiscal.

Base del impuesto.- Es la cuantía sobre lo que se determina el impuesto a cargo del sujeto.

La tarifa.- Son las listas y cuotas correspondientes para un determinado objeto tributario.

Catastro fiscal.- Son las listas oficiales para determinar los sujetos, y objetos del impuesto; se le conoce como padrón fiscal.

FUENTES DE LOS IMPUESTOS.

Las fuentes son los bienes o las riquezas de las que se saca la cantidad necesaria para pagar dicho impuesto.

Dentro de las fuentes más importantes tenemos:

1. El Capital.- Hay dos clases de Capital: el Individual y el Nacional.

a) Capital Individual.- Es el conjunto de bienes de una persona susceptible de producir una renta.

b) Capital Nacional.- Es el conjunto de bienes de un país distintos a la producción.

2. La renta.- Son los ingresos en dinero o en especie que proviene del patrimonio personal, de las actividades propias del sujeto o de la combinación de ambos, ejemplo: el ingreso del ejercicio de un abogado, de un médico, etc.

RESPONSABILIDAD EN MATERIA FISCAL.

Como mexicanos, tenemos la obligación de contribuir con los gastos públicos, sino lo hacemos podemos caer en responsabilidad fiscal.

En la responsabilidad fiscal, podemos incurrir en ella por una infracción que lleguemos acometer a las disposiciones fiscales, estas pueden dar lugar a que se nos sancione, con recargos, multas y con restricción de libertad en el caso de la Comisión de Delitos Fiscales, a un cuando se pretende dar cumplimiento a sus obligación fuera de los plazos establecidos.

Son responsables de delitos fiscales, según el articulo 25 del Código Fiscal de la Federación quienes:

1-Consientan la realización de delitos.

2-Realizan la conducta o el hecho descrito por la Ley.

3-Cometan conjuntamente el delito.

4-Se sirvan de otra persona, como instrumento para lograrlo.

5- Induzca dolosamente a otro a cometerlo.

6-Ayude dolosamente a otro para su comisión.

7-Auxilie a otros para su ejecución o cumplimiento.

INFRACCIONES Y SANCIONES

Infracción.- Es todo acto u omisión declarado ilegal y sancionado por la Ley.

Sanción Fiscal.- Es todo acto u omisión, a las que se aplican las leyes fiscales.

CLASIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES

1 .Delitos y Faltas.

a) Delitos.- Los clasifica y sanciona la Ley o la autoridad judicial.

b) Faltas.- Las clasifica y sanciona la autoridad administrativa.

2. Instantáneas y Continuas.

a) Instantáneas.- La conducta se da en un solo momento.

b) Continuas.- La conducta se proyecta en el tiempo, no -se agota al cometerse sino hasta que cesa el acto.

SIMPLES Y COMPUESTOS

a) Simples.- Con una conducta se viola una disposición legal.

b) Compuestas.- Con una conducta se violan dos o más disposiciones.

LEVES Y GRAVES

a. Leves.- Por descuido se transgrede la Ley, pero el contribuyente no evade al fisco.

b. Graves.- Se cometen con la intención de evadir al fisco.

SANCIÓN

Es la consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber u obligación produce en relación con el obligado o contribuyente.

Con la sanción se pretende disciplinar al infractor exigiendo el cumplimiento forzoso, es decir, reparando los daños y perjuicios sufridos por el Fisco, debido a la violación o incumplimiento de la obligación ya sea indemnizado o impuesto una pena al infractor.

DIVISIÓN DE LAS SANCIONES

Generalmente las sanciones se dividen en:

a) Civiles.- Son aquellas que se aplican, cuando la conducta

del infractor a una Ley, no altera el orden publico.

b) Penales.- Estas se aplican cuando el infractor altera con su conducta de manera grave el orden social. En este caso, la infracción a la Ley se coloca en la categoría de los delitos.

CLASIFICACIÓN DE LAS SANCIONES

Por su finalidad las sanciones se dividen en:

a) Indemnizaciones.- Son de contenido económico, reparan

daños y perjuicios al fisco, por el incumplimiento de obligaciones fiscales.

b) Penas.-

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