ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Internacional Ambiental

nenitapao7429 de Enero de 2015

3.448 Palabras (14 Páginas)242 Visitas

Página 1 de 14

1. ASPECTOS AMBIENTALES

El Aspecto Ambiental, es aquella actividad o producto o servicio que, ya sea por los residuos sólidos o líquidos que genera, los gases que produce, las materias primas que utiliza, los insumos que requiere, el espacio que ocupa, la sensibilidad del entorno, etc., tiene alguna relación con el medio ambiente.

El conjunto de actividades conforma un proceso y en una organización normalmente se realizan varios procesos, unos técnicos y otros administrativos. Las actividades que se deben identificar, son de tres tipos:

 Actividades rutinarias

Son aquellas que se realizan, como su nombre lo indica, de manera habitual al realizar un determinado proceso. En una empresa logística pueden ser: despacho, transporte para distribución y entrega. En una industria para obtención de pulpa: recepción de fruta, limpieza, extracción, y empaque y así sucesivamente.

 Actividades de mantenimiento

Son aquellas que se realizan de manera esporádica ya sea programada (mantenimiento preventivo) o de manera no programada (mantenimiento correctivo). Ejemplo cambio de aceite de motores, lubricación de rieles, cambio de rodamientos, etc.

 Actividades de emergencias

Como su nombre lo indica corresponde a las actividades que se presentan como consecuencia de algún tipo de accidente, por ejemplo, derrame de sustancias, escape de gases (combustibles o refrigerantes), etc.

Estas actividades generan una interacción o varias interacciones con el medio ambiente que tienen un efecto, como una relación causa-efecto, donde la causa es precisamente el aspecto ambiental.

En este orden de ideas, el consumo de energía en la actividad de despachos, es generado por el cargue con la cinta transportadora. En consecuencia, el cargue con cinta transportadora es el aspecto ambiental que corresponde con la actividad de despacho en el ejemplo de la empresa de servicios logísticos y el consumo de energía es el efecto.

La generación de residuos líquidos es el efecto generado por el aspecto ambiental del lavado realizado en la actividad de limpieza. El consumo de agua es otro efecto ambiental propio del aspecto ambiental lavado que hace parte de la actividad de limpieza.

Ahora bien, ese efecto ambiental incide de alguna manera con el medio ambiente, son precisamente los Impactos Ambientales

Ejemplos de impactos ambientales son:

• Contaminación del aire

• Contaminación del agua

• Contaminación de suelos

• Reducción de recursos naturales

• Molestias a la comunidad

• Afectación al Paisaje

• Pérdida de Biodiversidad

• Afectación en el empleo

• Afectación en el patrimonio cultural

• Afectación de los valores ancestrales de una cultura.

2. DERECHO INTERNACIONAL AMBIENTAL

2.1. DEFINICIÓN

El derecho internacional del medio ambiente es una nueva rama del derecho internacional público, de donde surgen los derechos y obligaciones de los sujetos internacionales con respecto a los principios y normas organizados por los Estados para proteger el medio ambiente.

Según: Agustina Jaimes Rodríguez “El derecho internacional ambiental es una escuela del pensamiento jurídico que integran los Estados para crear normas reguladoras de conductas que conserven el medio ambiente y el equilibrio de los ecosistemas para las futuras generaciones”.

2.2. JUSTIFICACIÓN DEL DERECHO AMBIENTAL

Este derecho se ha creado debido al progresivo deterioro del medio ambiente y la disminución de los recursos, generados por los siguientes factores:

 Factores demográficos.

El mundo desaparecerá en la medida que la población siga creciendo y se agoten los recursos naturales que demanda.

 Factores científicos y técnicos.

El daño ambiental empezó hace 8.000 años a.C. con la agricultura, y más tarde en la mitad del siglo 18 con la revolución industrial.

 Factores de actividades humanas.

El hombre ha multiplicado sus actividades en el medio ambiente, tanto que ha llegado a penetrar fondos marinos, explotar petróleo, extraer recursos mineros, entre otros.

2.3. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL

Las características de los derechos ambientales internacionales son:

 Es esencialmente de orden público

 Es un derecho – deber

 Es colectivo e individual

 Busca el equilibrio

 Es de ámbito mundial

 Interdisciplinario

 Participativo

2.4. OBJETIVOS DEL DERECHO AMBIENTAL

 Proteger y conservar el medio ambiente.

 Mantener el equilibrio de los ecosistemas para las futuras generaciones.

 Crear principios generales, políticas ecológicas, instituciones y ordenamientos jurídicos necesarios para regular la conducta de la comunidad internacional.

 Armonizar las relaciones jurídicas entre los Estados.

2.5. CLASIFICACIÓN DE LOS PROBLEMAS AMBIENTALES

Los problemas ambientales internacionales se clasifican en:

 Primera generación.

Son aquellos que afectan el agua, aire, y suelo; y proceden de actividades industriales o actividades relacionadas con la pobreza o subdesarrollo.

 Segunda generación

Estos comprenden la lluvia acida, el agotamiento de la capa de ozono, calentamiento global, deforestación y desertificación.

2.6. PRINCIPIOS RECTORES DEL DERECHO DEL MEDIO AMBIENTE INTERNACIONAL

2.6.1. Principio de soberanía sobre los recursos naturales y la responsabilidad de no causar daño al ambiente de otros Estados o en áreas fuera de la jurisdicción nacional.

Las reglas del derecho internacional ambiental se han desarrollado en el contexto de dos objetivos fundamentales que apuntan en direcciones opuestas: que los Estados tienen derechos soberanos sobre sus recursos naturales y que los Estados no deben causar daño al medio ambiente.

El principio de soberanía estatal habilita a los Estados, dentro de los límites establecidos por el derecho internacional, a conducir o autorizar las actividades que estimen pertinentes dentro de sus territorios, incluyendo actividades que podrían producir efectos negativos sobre el ambiente.

2.6.2. Principio preventivo o de acción preventiva

Este principio tiene por objetivo prever o anticiparse al daño del ecosistema, mediante la técnica del estudio y evaluación de impacto ambiental.

2.6.3. Principio de cooperación internacional

El principio de “buena vecindad”, enunciado en el art. 74 de la Carta de las Naciones Unidas en relación a aspectos comerciales, económicos y sociales, ha sido trasladado al desarrollo y aplicación de reglas que promueven la cooperación internacional en materia ambiental.

Este principio se refleja en diversos tratados y otros instrumentos internacionales, y es también apoyado por la práctica de los Estados, sobre todo en relación a actividades peligrosas y emergencias.

2.6.4. Principio de desarrollo sustentable o desarrollo sostenible

El concepto de “desarrollo sustentable” o “desarrollo sostenible” fue reconocido en el Informe Brundtlandde 1987, el que lo definió como “Aquél que satisface las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades.”

Según esta definición, el concepto está formado por dos subconceptos:

1. El concepto de necesidades, en particular las necesidades esenciales de la gente que sufre la pobreza, a los cuales debería otorgarse prioridad.

2. La idea de limitaciones, impuesta por el estado de la tecnología y la organización social, de la capacidad del ambiente para satisfacer necesidades presentes y futuras.

El principio de desarrollo sustentable contiene la evaluación de impacto ambiental; participación pública en la toma de decisiones en materia ambiental; acceso a la información, etc.

2.6.5. Principio precautorio o de precaución

La esencia de la precaución consiste en que, frente a la amenaza de un daño ambiental, debe actuarse para tomar control o disminuir tal riesgo, incluso existiendo incertidumbre científica en cuanto a los efectos de la actividad en cuestión.

2.6.6. Principio del que contamina paga o contaminador-pagador

Este principio plantea que los costos de la contaminación deben ser soportados o asumidos por quien es responsable de causar tal contaminación.

2.6.7. Principio de la responsabilidad común, pero diferenciada

Este principio tiene en su base la constatación de una situación de hecho: que existe un grupo de países que ha sido causante principal de los problemas ambientales del planeta, y que el desarrollo que tales países gozan hoy en día se debe en gran parte a ellos.

Como consecuencia de ello, este principio, si bien reconoce la necesidad de un compromiso por parte de cada uno de los Estados en el enfrentamiento de los problemas ambientales, establece una distinción entre Estados desarrollados y aquéllos en vías de desarrollo, aplicando una idea de justicia o equidad intra-generacional.

3. LA POLÍTICA AMBIENTAL EN LA UNIÓN EUROPEA

Constituye un elemento central de las políticas europeas. Al firmar el Tratado de la Unión Europea, los Estados miembros se comprometen

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (24 Kb)
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com