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Derecho Internacional Público (D.I.P


Enviado por   •  14 de Febrero de 2012  •  1.714 Palabras (7 Páginas)  •  558 Visitas

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Derecho Internacional Público (D.I.P) Tema 1

Concepto.

Conjunto de normas y principios jurídicos que regulan y limitan los derechos, deberes y obligaciones de las relaciones relaciones de los Estados entre si y las de estos con ciertas entidades, que sin ser Estados, tienen personalidad Internacional.

Denominaciones.

El D.I.P ha recibido distintas denominaciones hasta llegar a la forma actual al principio se llamo de las siguientes maneras.

1. IUS GENTIUM: derecho existente en Roma, en donde existían relaciones jurídicas en donde participaban los extranjeros; pero en la realidad no correspondía exactamente a aquel concepto porque el IUS GENTIUM, de los romanos era un apéndice del Derecho Civil.

2. Derecho fecial: derecho existente en roma, era de carácter religioso y no jurídico, opinaban de la justicia e injusticia.

3. Derecho de la Guerra y de la Paz: derecho existente en Grecia.

4. Derecho de la Gente de la humanidad.

5. Derecho publico de los Estados o Derecho de los Estados.

6. Internacional Law o derecho Internacional.

Definiciones.

Cada autor o tratadista da su propia definición del DIP.

1. Por la especialidad de los sujetos (Bonfilis): “Conjunto de reglas que determinan los derechos y los deberes respectivos de los estados en sus mutuas relaciones”.

2. por la Fuente (Bonfilis):”se reduce a la relaciones de los estados y, es el producto de estos mismos estados”.

3. Por el carácter sociológico (Scelle) “conjunto de principios jurídicos que valen en la comunidad universal y que responden a un esquema de subordinación.

División del Derecho Internacional Público.

1. Natural: Principios de orden moral, no creados por el hombre sino tomados por este y aplicados en las relaciones de la comunidad internacional.

2. General: principios jurídicos concebidos para todos los Estados o comunidad internacional. La coexistencia de estados de un mismo nivel cultural y jurídico ha determinado la existencia del Derecho Internacional Uniforme, éste es universal, ya que ha medida que los estados no tengan el mismo progreso avancen en la perfectibilidad de sus instituciones interiores y exteriores, llegando a ser sujetos activos y pasivos del mismo.

3. Particular: De acuerdo a las circunstancias especiales y realidades inmediatas que puedan presentarse o se susciten en los estados, el DIP tomara características especiales modificándose según las necesidades de estos. Es un derecho cada vez más individualizado debido a que contiene un conjunto de intereses inmediatos y especiales que se ventilan en continentes o regiones, toma características particulares tanto en sus normas, principios e instituciones. Ejemplo: “Conjunto de instituciones, principios, reglas, doctrinas, convenciones, costumbres y practicas que en el dominio de las relaciones internacionales son peculiares a las repúblicas del nuevo mundo”. (condiciones geográficas y políticas del continente americano).

4. Dispositivo: Permite a los Estados ejercer o no principios o normas jurídicas Internacionales establecidas, así como también implica la abstención por parte de organizaciones internacionales en las actividades de los estados. Además persigue como meta o fin indiscutible en todo sistema jurídico que los conflictos, que por una u otra causa, puedan originarse se sometan a medios de arreglos (promoción de medios y métodos) exclusivamente pacíficos y eficaces. Ejemplo: derecho de jurisdicción de los fu8ncionarios diplomáticos, derecho a la defensa, derecho a la guerra, entre otros.

5. Imperativo (IUS COGENS): de la obligatoria observancia por parte de los sujetos del DIP. Su sentido involutivo se produciría a expensa de los más débiles.

6. Positivo: conjunto de principios jurídicos que valen en la comunidad universal y que responden a un esquema de subordinación o conjunto de normas jurídicas creadas por el hombre que pueden aplicarse en las relaciones de la comunidad internacional.

Objeto del Derecho Internacional Público.

1. Determinar las competencias entre los estados ya que cada estado dispone de una esfera de acción de base geográfica, fuera de la cual carece, en, principios, y salvo excepciones de titulo valido para actuar.

2. Determinar las obligaciones negativas (deberes de abstención) o positivas (deberes de colaboración, de asistencia, etc.), que viene impuesto a los estados en el ejercicio de sus competencias, al objeto de sustituir la competencia discrecional por un régimen de competencia regulada, es decir limitada.

3. Reglamentar la competencia de las instituciones internacionales (ONU, etc.) en materias que han adquirido gran desarrollo en la época contemporánea.

Características del Derecho Internacional Público.

1. Es un Derecho Universal.

2. De obligatoria observancia para los Estados.

3. La norma del DIP es de carácter positivo.

4. Es un Derecho de constante evolución.

5. Tiene por contenido la cortesía internacional y la moral.

6. Relativa falta de órganos centrales.

7. El DIP se ha originado y nutrido de las costumbres internacionales.

8. Ordenamiento jurídico donde la legalidad y legitimidad de los hechos y actos jurídicos se diferencian por la existencia de un derecho objetivo por falta de un estado supra.-nacional.

9. Regula las relaciones reciprocas de nación a nación.

10. Trata de los diferentes derechos y deberes entre las diferentes naciones.

11. Tiene por su objeto al estado.

12. Esta formada por una comunidad de estados.

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