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Derecho Laboral Burocrático


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  4.101 Palabras (17 Páginas)  •  913 Visitas

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21. En materia de condiciones de trabajo, ¿cuál es la diferencia entre los trabajadores de confianza del Apartado A y el Apartado B del artículo 123° Constitucional?

El apartado B del artículo 123 enuncia de manera general los derechos y obligaciones de la relación jurídica laboral entre el Estado y sus empleados, sin embargo, en la LFTSE, se reglamentan dichos temas y algunos casos los amplía.

22. ¿Cuáles son los tres tipos de jornada que regula la Ley Burocrática?

Artículo 21 y 22.- Se considera trabajo diurno el comprendido entre las seis y las veinte horas, y nocturno el comprendido entre las veinte y las seis horas. La duración máxima de la jornada diurna de trabajo será de ocho horas.

Artículo 23.- La jornada máxima de trabajo nocturno será de siete horas.

Artículo 24.- Es jornada mixta la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno abarque menos de tres horas y media, pues en caso contrario, se reputará como jornada nocturna. La duración máxima de la jornada mixta será de siete horas y media

VER ATÍCULO 14 FRACC I Y III

La jornada de trabajo es nula cuando:

• Tenga una duración superior a la permitida legalmente

• Cuando sea infrahumana.

La LFTSE distingue tres tipos de jornada

DIURNA 6 Y 20 HORAS DURACIÓN MÁXIMA 8 HRS

NOCTURNA 20 Y 6 HORAS DURACIÓN MÁXIMA 7 HORAS

MIXTA COMPRENDE PERIODOS DE AMBAS. NO DEBE DURAR MÁS DE 3 HORAS Y MEDIA LA JORNADA NOCTURNA DURACIÓN MÁXIMA 7 HORAS Y MEDIA

23. ¿Cuál es el tiempo extraordinario que regula la Ley Burocrática?

Cuando por circunstancias especiales deban aumentarse las horas de jornada máxima, este trabajo será considerado como extraordinario y nunca podrá exceder de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas. Las horas extraordinarias de trabajo se pagarán con un ciento por ciento más del salario asignado a las horas de jornada ordinaria.

• No más de 3 horas diarias ni 3 veces consecutivas a la semana.

Las horas extras deben seguir los lineamientos administrativos y formalidades dictados por la SHCP. En algunos casos se han reducido las jornadas por las vías de las tolerancias. Pe. Ser madre o padre que ejerzan la patria potestad, o bien por acuerdos entre dependencias y sindicatos.

24. Conforme a la Ley Burocrática, ¿cuántos días de descanso tiene un trabajador al servicio del Estado?

Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, cuando menos, con goce de salario íntegro.

Artículo 28.- Las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del mismo. Durante la lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para amamantar a sus hijos.

Artículo 29.- Serán días de descanso obligatorio los que señale el calendario oficial y el que determinen las Leyes Federales y Locales Electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

El derecho del no trabajo o derecho del ocio ha sido reconocido como una forma de proteger a los trabajadores. En un principio se señalaba que por cada 6 días de trabajo corresponde un descanso, sin embargo, este criterio fue modificado (1973) ampliando el descanso semanal, por lo que cada 5 días de trabajo corresponde 2 días de descanso. Si se labora en día domingo se procederá al pago de prima dominical consistente en el 25% adicional.

Junto a estos días de descanso, tenemos los que señala el calendario oficial.

Días Económicos. Si bien no están en la LFTSE lo encontramos en la mayoría de las Condiciones Generales de Trabajo, en los cuales se consideran días de descanso adicionales, dependen de la antigüedad, tienen muchas dificultades porque en la práctica no existe un procedimiento para acceder a esa prestación y hay confusión ante quién se debe tramitar.

25. ¿Cuál es el periodo vacacional de los trabajadores al servicio del estado?

Los trabajadores que tengan más de seis meses consecutivos de servicios, disfrutaran de dos períodos anuales de vacaciones, de diez días laborables cada uno, en las fechas que se señalen al efecto; pero en todo caso se dejarán guardias para la tramitación de los asuntos urgentes, para los que se utilizarán de preferencia los servicios de quienes no tuvieren derecho a vacaciones.

VER ARTÍCULOS 27, 30, 40 Y 43 de la LFTSE

Con las vacaciones se busca reparar el desgaste y la fatiga y que se salga del ambiente de la vida cotidiana.

Los trabajadores al servicio del Estado tienen derecho a disfrutar 2 periodos anuales de vacaciones pagadas de 10 días cada una, se debe cubrir un salario íntegro a parte de una prima vacacional del 30%.

En algunos casos las Condiciones Generales de Trabajo agregan condiciones para el disfrute de las vacaciones:

• Sean escalonadas y se ajusten a las necesidades del servicio.

• Que haya guardias en los periodos prefiriendo a los de menos antigüedad.

Si en el periodo correspondiente el trabajador no puede disfrutar de sus vacaciones por necesidades del servicio, las podrá disfrutar durante los 10 días siguientes en que desaparezca la causa.

26. ¿Qué pasa cuando un trabajador no puede disfrutar sus vacaciones por necesidades de servicio?

Cuando un trabajador no pudiere hacer uso de las vacaciones en los períodos señalados, por necesidades del servicio, disfrutará de ellas durante los diez días siguientes a la fecha en que haya desaparecido la causa que impidiere el disfrute de ese descanso, pero en ningún caso los trabajadores que laboren en períodos de vacaciones tendrán derecho a doble pago de sueldo.

27. ¿Quiénes deben realizar guardias en los periodos vacacionales?

Se dejarán guardias para la tramitación de los asuntos urgentes, para los que se utilizarán de preferencia los servicios de quienes no tuvieren derecho a vacaciones

28. ¿Cuáles son las licencias que reconoce la Ley Burocrática?

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