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Derecho Laboral


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  1.417 Palabras (6 Páginas)  •  333 Visitas

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Prestaciones laborales en México

Salario

Es la retribución económica que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. Comprende los pagos hechos por cuota diaria, como las gratificaciones, percepciones, habitación y cualquiera otra cantidad que sea entregada al trabajador, a cambio de su labor ordinaria. Debe interpretarse en un sentido amplio, ya que no sólo se trata de remuneraciones económicas sino también pueden ser pagos en especie, por ejemplo: alimentación, vivienda, entre otras. El salario se percibe en función del trabajo realizado: a mayor número de horas de trabajo, debe corresponder mayor salario.

El salario se puede integrar por los siguientes conceptos:

Cantidad de dinero percibida normalmente a la semana/quincena/mes, etc.

Despensa

Vales (de cualquier tipo)

Bonos

Prima vacacional

Aguinaldo

Comisiones

Propinas

Vivienda

Alimentación

Jornada de trabajo.

Es el tiempo en el que el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Puede ser diurna, nocturna, mixta o bien por horas.

Jornada diurna (ocho horas, comprendidas de las 6:00 a las 20:00 horas).

Jornada nocturna (siete horas, comprendidas de las 20:00 a las 6:00 horas).

Jornada mixta (siete horas y media; comprende periodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más se establece como jornada nocturna).

Por horas (depende de lo que se haya pactado y su pago se obtiene de dividir ocho horas por el monto del salario mínimo general vigente)

La duración máxima de la jornada semanal es de 48 horas la diurna, 42 la nocturna y 45 la mixta.

Días de descanso.

Se concede uno por cada seis de trabajo con goce de salario íntegro. Se debe procurar que el día de descanso semanal sea el domingo.

Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso.

Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios en sus días de descanso, y si lo hicieran, el patrón deberá pagar al trabajador además del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio.

Días de descanso obligatorios.

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo:

El 1o. de enero

El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero

El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo

El 1o. de mayo

El 16 de septiembre

El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre

El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal

El 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Los días de descanso permiten que el trabajador pueda reparar el desgaste de las energías que ha sufrido después de seis días de servicios prestados y se eviten prácticas viciosas que afecten la integridad del trabajador. Los días de descanso obligatorios permiten que el trabajador cuente con tiempo disponible para conmemorar o tomar parte en determinados acontecimientos referidos a festividades cívicas, tradicionales o religiosas.

Prima dominical.

Se otorga un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo, cuando los trabajadores deban trabajar los días domingo.

Vacaciones.

La siguiente tabla resume los días a que se tiene derecho de vacaciones según el periodo trabajado:

Antigüedad en la empresa Días de vacaciones

1 año 6 días

2 años 8 días

3 años 10 días

4 años 12 días

5 años 12 días

6 años 12 días

7 años 12 días

8 años 12 días

9 años 14 días

10 a 13 años 14 días

14 o más años 16 días

Los trabajadores temporales tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días trabajados

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