Derecho Mercantol
Luisa_g8220 de Agosto de 2013
3.483 Palabras (14 Páginas)268 Visitas
DERECHO MERCANTIL
El derecho mercantil es el conjunto de normas jurídicas que regulan las actividades comerciales, las personas y los instrumentos que utilizan para realizar esas actividades.
FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL
Las fuentes reales con las que están ahí porque se manifestaron para regular.
La costumbre comercial
Se desconoce su origen
Absoluta pretensión de validez
La doctrina.- opiniones de los estudiosos.
Las fuentes formales son producto de la creación del hombre.
La ley
Código de comercio: Regula a los comerciantes, contratos, el procedimiento para caso de conflicto.
Ley general de sociedades mercantiles: son las que regulan a las personas morales
Ley general de títulos y operaciones de crédito: son las que regulan los instrumentos usados en los actos de comercio.
Jurisprudencia: Criterios de interpretación judicial.
ACTOS DE COMERCIO
Es todo acontecimiento realizado bajo la voluntad del sujeto genera consecuencias jurídicas reguladas por las normas mercantiles.
SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LOS ACTOS MERCANTILES
Sujeto: persona física o moral susceptible de derechos y obligaciones
1. Comerciantes: Aquel que este regulado por las leyes mercantiles.
Personas físicas que se dedican al comercio
Sociedades mercantiles
Sociedades extrajeras (serán comerciantes con el solo hecho de poner un establecimiento / negocio en nuestro país)
Art. 4 Comerciantes eventuales los que ceden solo en una temporada o fecha en especial (día festivo) se les trata en esos días como comerciantes.
2. Auxiliares.- Pueden ser agentes dependientes o independientes de los comerciantes.
3. Factores / gerente.- Alguien que produce algo (fabrica) factor que representas legalmente al comerciante.
4. Consumidor.- persona física o moral que realice actos de comercio con un comerciante.
5. Corredores Públicos.- Son profesionistas que tienen la patente o autorización del estado para dar fe de actos comerciales. (no puede dar fe de actos civiles).
6. Notario Público.- Profesionista que tiene el patente o autorización del estado para dar fe a actos jurídicos pero este es estatal.
Titulo Segundo de las obligaciones que profesan el comercio
Art. 16 Todos los comerciantes, por el derecho serlo, están obligados a:
I. La publicación por medio de la prensa de la calidad mercantil, con sus circunstancias esenciales y en oportunidad de las modificaciones que adopten,
(Cuando sea una sociedad anónima se debe de pública en el diario oficial)
Segunda fracción
Esta obliga a la inscripción en el registro público de comercio de los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios.
II. Las personas físicas si no tienen registrados sus contratos, en el registro público puede en dado caso no poder demostrar que es suyo.
III. Mantener un sistema de contabilidad conforme al artículo 33
IV. A la conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante. (guardarse por 10 años)
Capitulo primero del anuncio de la calidad mercantil
Art. 17 Los comerciantes tienen el deber.
I. De participar (anunciar) la apertura del establecimiento o despacho de su propiedad por los medio de comunicación idóneos, en las plazas en que tenga domicilio, sucursales.
II. Dar parte de cualquier modificación de cualquier circunstancia anterior (si cambio de domicilio, giro, sucursal)
Capítulo tercero de la contabilidad mercantil
Articulo 33 El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado.
a) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, conectándolas con los documentos comprobatorios originales de las mismas.
b) Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales.
c) Permitirá la facturación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio;
d) Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales;
e) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable
El artículo 47 dice que los comerciantes están obligados a llevar debidamente archivados cartas, telegramas, y otros documentos que reciban en relación con sus negocios así como copias de lo que expida.
En el artículo 48 menciona los medios electrónicos como almacenamiento también así como escanear los documentos.
En el artículo 49 menciona de conservar los documentos por 10 años, no dice que se castigara por el incumplimiento de este, sin embargo la fiscal obliga tenerlo por 5 años.
REQUISITOS PARA SER COMERCIANTE.
1. Tener capacidad jurídica de ejercicio
2. Ejercer de forma cotidiana actos reputados del comercio
3. Cumplir con las obligaciones administrativas y legales para realizar su actividad comercial.
4. No ser corredor publico
5. No puede ser comerciante si ha sido declarado en concurso mercantil (bancarrota) sino hasta que sea rehabilitado legalmente.
6. No estar en estado de interdicción (despilfarrador)
7. En caso de ser extranjero debe tener autorización legal y expresa para ejercer el comercio.
La palabra empresa no se contempla en ningún articulo de la legislación; a la empresa se le conoce como unidades económicas o de negociación.
La empresa tiene una serie de elementos que la componen:
1. Empresario. Elemento esencial de toda organización mercantil puede ser una persona física o moral.
2. Patrimonio también conocido como hacienda
Está compuesto de los siguientes recursos:
a) Bienes: tangibles susceptibles de tener valor
b) Derechos: privilegios que tienen las personas de obtener una ganancia derivada de la propiedad industrial o intelectual. (regalías, contraprestación)
c) Obligaciones: vínculo jurídico que constriñe (obliga) a una persona a cumplir con una conducta de dar, hacer o permitir.
d) Cargas: es un deber derivado de una responsabilidad adquirida voluntariamente.
3. Trabajo: este ha ido cambiando de nombre fue evolucionando a recurso humano hoy en día se le llama capital humano (empleado) |entre mas pequeña sea la empresa menos miembros tiene esta|
4. Establecimiento: o lugar físico donde tiene verificativo los actos de comercio, antes era indudablemente un elemento esencial, pues ya puede tener una ubicación virtual.
5. Nombre mercantil.
Persona moral:
1) denominación nombre escogido por la empresa
2) razón social.s.a, srl, etc.
Negociacion nombre comercial ( no se puede demandar ejem. Calimax)
Nombre con la que se reconoce la sociedad.
La falta de marca o logotipo no afecta la existencia de una empresa.
Marca: registro de identidad de algún producto o servicio
Logotipo: Simbolo o icono que representa una negociación o una marca.
Ejemplo:
Radiomovil DIPSA S.A. DE C.V Razón social
Telcel Nombre comercial
Marca Telcel MR
Logotipo
TÍTULOS DE CRÉDITO
Son títulos de crédito los documentos para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigne.
Ese papel tiene incorporado un derecho, tiene que estar manifestado expresamente debo y pagare, se expide etc.
Elementos de títulos de crédito.
a) Literalidad: el derecho debe estar escrito ahí ( no se interpreta es léxica)
b) Corporabilidad: Todo derecho está incorporado si no está en el papel no existe
c) Transmisión: transmisibilidad elemento que permite su circulación
Clasificación de títulos de crédito.
Nominado: Son reconocidos por su nombre, características y requisitos de la ley
Innominados: No son reconocidos por la ley (vales de despensa, boletos)
LA LEY RECONOCE LOS SIGUIENTES TÍTULOS DE CRÉDITO:
1. Letra de cambio
2. Pagare
3. Acciones
4. Certificados de deposito
El pagare se clasifica atendiendo al titular.
Nominativos. ( a la orden) es aquel que esta emite a la orden de una persona especifica.
Al portador. Debe de tener una leyenda de que se coba al portador, cualquier persona puede exigir su pago se hace por entrega física.
Nominados: Relativo al reconocimiento que hace la ley
Nominativos: Relativo al titular.
LOS TÍTULOS DE CRÉDITO SE PUEDEN TRANSMITIR DE TRES FORMAS:
1. Endoso
2. Entrega física
3. Cesión de derechos.
ENDOSO
Es una clausula inseparable por medio de la cual el titular o beneficiario transmite todos los derecho o parte de ellos a una persona distinta.
Tipos de endoso.
a) Endoso en propiedad
La clausula que transfiere todos los derechos inherentes al título de crédito.
b) Endoso en procuración
La clausula
...