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Derecho Minero


Enviado por   •  11 de Febrero de 2014  •  1.339 Palabras (6 Páginas)  •  191 Visitas

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Normas legales aplicables a la actividad minera

Antecedentes históricos

España, nuestro obligado referente histórico, tuvo en sus comienzos una importante actividad minera, la que fue incrementándose paulatinamente con las invasiones de que fue presa, así como por las conquistas y colonizaciones que emprendió posteriormente.

Se explica así que en la Península Ibérica se hiciera cada vez más necesaria la implantación de disposiciones legales que regularan esta actividad, por lo que fueron diversos los cuerpos legales que se abocaron a ella.

A modo de referencia, cabe citar el Fuero de! Nájera, dictado en 1076; la ley de las Siete Partidas, de Alfonso X llamado el Sabio, que comenzaron a regir en 1265; el Ordenamiento de Alcalá, de Alfonso XI, de 1348; las leyes de don Juan I u Ordenanzas Reales de Castilla o Viejas Ordenanzas en 1485, a las que les siguieron posterior¬mente las Ordenanzas de Valladolid, de doña Juana, dictadas en 1559; las Ordenanzas del Nuevo Cuaderno, puestas en vigencia en 1584, bajo el reinado de Felipe II.

Luego del descubrimiento de América y durante su conquista se dictaron especialmente para los nuevos territorios las Ordenanzas de Toledo en 1574, los Ordenanzas del Perú en 1683, siendo las más importantes las Ordenanzas de Nueva España o de México dictadas en 1783 y que comenzaron a regir en Chile dos años más tarde.

De alguna manera, todos y cada uno de los cuerpos legales cita¬dos permitieron ir mejorando y adecuando dichas normas a las cre¬cientes necesidades de la minería y, por otra parte, constituyen los antecedentes jurídico históricos de lo que llegó a ser nuestra legisla¬ción patria,

Legislación nacional

Con posterioridad a la independencia de Chile, y en atención a que el país no dictó ningún cuerpo legal que rigiera la actividad mine¬ra, continuó vigente y aplicándose la legislación española constituida por las Ordenanzas de Nueva España, las que fueron sancionadas ofi-cialmente en 1833, estableciéndolas como ley de la República a fin de evitar dudas acerca de su validez.

Sólo en 1857, cuando se puso en vigencia el Código Civil, el pri¬mer código dictado en nuestro país luego de la emancipación, encon¬tramos entre sus disposiciones el primer precepto de carácter general y diversas otras normas relativas a la minería.

Disponía el artículo 591 de dicho cuerpo legal: "El Estado es dueño de todas las minas de oro, plata, cobre, azogue, estaño, piedras preciosas y demás sustancias fósiles, no obstante el dominio de las corporaciones o de los particulares sobre la superficie de la tierra en cuyas entrañas estuvieren situadas.

Pero se concede a los particulares la facultad de catar y cavar en tierras de cualquier dominio para buscar las minas a que se refiere el precedente inciso, la de, labrar y beneficiar dichas minas, y la de dis¬poner de ellas como dueños, con los requisitos y bajo las reglas que prescribe el Código de Minería".

El Código de Minería a que se hacía referencia en esta norma no llegó a dictarse sino hasta 1874, fecha en que entró en vigencia como primer cuerpo legal chileno que: regía esta materia.

En 1888 se dictó un nuevo Código de Minería, que derogó el anterior, rigiendo por más, de cuarenta años.

Reemplazado en 1930 por un nuevo Código, que tuvo una efímera vida.

El 30 de agosto de 1932 se dictó el Código de Minería que reguló esta actividad por poco más de medio siglo, y que sólo fue dero¬gado en 1983 por el actual

No obstante la importancia que la minería tenía para el país, hasta 1971 no existió ningún precepto jurídico de rango constitucio¬nal que se ocupara de ella.

La Ley Nº 17.450, de l6 de julio de 1971, que modificó la Constitución Política de 1925, puso término a tan larga omisión y legisló latamente sobre el régimen de propiedad minera, sus concesiones y dispuso la nacionalización de las empresas de la Gran Minería del Cobre.

Consolidaron dicha nacionalización los Decretos Leyes Nº 601, 710 y 821, todos de 1974, y el Decreto Ley Nº 1167, de 1975, los que, además, introdujeron modificaciones a la Constitución Política del Estado.

El Acta Constitucional

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