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Derecho Romano. Características


Enviado por   •  23 de Abril de 2021  •  Documentos de Investigación  •  4.858 Palabras (20 Páginas)  •  96 Visitas

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Ius (Derecho)

En el mundo las leyes de causalidad no poseen un significado, no tienen sentido, no responde a ningún propósito, ni está dirigido a la realización de valores. Ahora sí observamos en el campo humano, ahí se toman puntos de vistas estimativos, criterios de valor, se distingue lo útil, lo conveniente y lo inconveniente, lo bueno y lo malo, lo justo y lo injusto, lo feo y lo hermoso, esto guiado por juicios o instituciones de valor que establecen determinadas finalidades. Ciertas metas para su conducta. El hombre se afana por buscar medios para el cumplimiento de estos , este imagina primero unos efectos ( fines) y pone después en acción una causa ( medios), para lograrlos; pero tiene problemas cuya selección no le es dada automáticamente por la naturaleza, el se siente amenazado por algunas posibles conductas de sus semejantes y esto le incita a elaborar el Derecho.

El Derecho son normas hechas por el hombre para regir las relaciones sociales de una comunidad política en cierto lugar y en una época determinada, las cuales se refieren a unos valores y están sometidos y apoyados por el Poder Público.

Derecho Romano

Entendemos que este es el conjunto de instituciones jurídicas que rigieron la sociedad romana y a los pueblos dominados por Roma, desde su nacimiento en el año 753 antes de Cristo, hasta la muerte de Justiniano en el 565 después de Cristo.

Características

• El Derecho Antíguo, data desde la Fundación. De Roma hasta el siglo VII:

1. En sus reglas generales es estricto, conservador y formalista

2. En su aplicación es exclusivo a Los ciudadanos romanos.

3. En cuanto a sus fuentes, es consuetudinario, apareciendo en esta época la codificación de las costumbres que conocemos con la Ley de las Doce Tablas.

• El Derecho Clásico, desde el siglo VII hasta , es la época de los Jurisconsultos, la perfección de la jurisprudencia y la construcción científica del derecho por la acción de los Jurisconsultos y del Pretor

1. En sus reglas fueron menos estricto, se preocuparon más por la equidad y no por la simple aplicación de derecho puro.

2. Menos conservador, el derecho de amplió por la influencia de los fenómenos. Sociales, políticos y económicos.

3. Menos formalista, se tomó más en cuenta la intención de las partes contratantes.

4. En su aplicación dejo de ser exclusivo, junto al “jus civilis” apareció y se desarrolló el “jus gentium”, accesibles a los peregrinos.

5. En sus fuentes, además de las costumbres, aparecen las leyes votadas, los Plebiscitos, los Senadosconsultos, las Constituciones Imperiales, los edictos de los Magistrados y las Respuestas de los prudentes.

• El Bajo Imperio, desde Constantino (325) hasta la muerte de Justiniano (565). Decadencia y pérdida del carácter científico del Derecho.

1. En sus reglas, la equidad de impuso definitivamente sobre el formalismo.

2. La distinción del Derecho Civil y Derecho de Gentes dejo de aplicarse. Todos los habitantes del imperio pasaron a ser ciudadanos romanos.

3. Existe una sola fuente del Derecho, las Constituciones Imperiales, que dan lugar a las diferentes codificaciones.

Importancia del Derecho Romano, el estudio del derecho Romano reviste una gran importancia por ser:

1. El más conocido, por sus numerosas fuentes, tanto del conocimiento como de producción.

2. Es el más interesante por su evolución, comienza para un pequeño pueblo y termina por ser para un gran Imperio.

3. Es el más completo y extenso, nace en el siglo VIII Entes de Cristo hasta el siglo VI después de Cristo.

4. Constituye la base fundamental de la formación Jurídica ya que su estudio tiende hacia la perfección, tratando de equiparar al derecho positivo con el derecho natural, tomando en cuenta la opinión de los filósofos y dirigentes religiosos cristianos. Se adapta a las variaciones sociales, económicas y políticas enriqueciéndose con el aporte de sus fenómenos.

5. Influyen en la mayoría de legislaciones moderna que se basan en sus obras y principios por su gran lógica y el profundo análisis deductivo.

6.

Clasificación Romana del Derecho:

• Derecho subjetivo, puede expresar el orden o las órdenes que integran el contenido de Códigos, Leyes, Reglamentos o Costumbres como preceptos obligatorios, reguladores o supletorios establecidos por el orden público o por el pueblo a través de los mecanismos usuales, configurando el derecho objetivo.

• Derecho Objetivo, Se le ha dominado “el derecho como norma”. Tiene por fuentes la ley, la costumbre, los principios generales del derecho, la jurisprudencia y la doctrina. Se caracteriza por ser general, irrenunciable y comúnmente sin efecto retroactivo.

• Derecho público, se llama así el que trata del gobierno De los romanos. Este regularía entonces la estructura del Estado y sus relaciones con los individuos.

• Derecho privado, al que se refiere a la utilidad de los particulares. Fijaría los derechos subjetivos de los particulares y las relaciones de estos entre sí.

• Ius Commune, cuando se habla de derecho común, se hace para ponerlo al derecho particular así como el derecho civil o general de un pueblo se contrapone al provincial, municipal o local. Las normas jurídicas no contemplan casos particulares, sino la generalidad referidas a todas las personas, a todas las cosas, y a todas las relaciones jurídicas, esto es lo que pudiéramos llamar derecho común, aquel que no contempla excepciones. En el derecho común el individual o subjetivo debe ceder ante el predominio del interés público.

• Ius Singulare, es aquel conjunto de normas reconocidas o concebidas por la Ley especial o de excepción, contra los principios del derecho común, también se puede decir que es el conjunto de normas jurídicas que contemplan a determinadas Personas, determinadas cosas, y determinado grupos de relaciones jurídicas.

• Privilegium, forma parte del derecho singular y es un poco más difícil de tratar, se define como la verdadera ley particular que importa una concesión arbitraria, sin que ninguna

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