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Derecho penal examen Calle Revolución esquina con Ávila Camacho de esta ciudad.


Enviado por   •  9 de Febrero de 2018  •  Apuntes  •  1.564 Palabras (7 Páginas)  •  85 Visitas

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ASUNTO

OLIVIA RIVERA CHAVEZ

PARTE INFORMATIVO

NUC. 34/2017

I.-  ANTECEDENTES DE LA DETENCIÓN

INSTITUCIÓN POLICÍA: Policía municipal

NUMERO DE PARTE: 34/2017

FECHA DEL PARTE: 25 de febrero 2017

HORA DEL PARTE: 3:35 am

FECHA DE DETENCIÓN: 25 de febrero del 2017

HORA DE LA DETENCIÓN: 3:40 am

LUGAR DE LA DETENCIÓN: Calle Revolución esquina con Ávila Camacho de esta ciudad.

AGENTES APRENSARES: Víctor Manuel Pérez prado/ Adalberto Olivares Castañeda

DENUNCIANTE: Olivia Rivera Chávez, con domicilio en calle revolución #1486 frac México.

VÍCTIMA: Olivia Rivera Chávez, con domicilio en calle revolución #1486 frac México.

DETENIDO: Mariano Sánchez Velazco con domicilio calle Guadalajara #552 col. Jalisco de esta ciudad.

 II.- ANTECEDENTES DEL DELITO:

FECHA: 25 de febrero 2017

HORA: 03:35

LUGAR: Calle revolución #1486 frac México

INFORME POLICIAL HOMOLOGADO

RELATO DEL HECHO:

El día 25 de febrero de 2017 alrededor delas 3:35 am se recibió una llamada en la central de radio en la cual se denuncia por parte de la señora Olivia Rivera Chávez que en  el domicilio ubicado en la calle revolución #1486 fraccionamiento México de esta ciudad se encontraba levantando un mobiliario después de una fiesta, y el  presunto responsable con el  pretexto de pedir un cigarro se metió al patio de la casa de la víctima y al ver que estaba sola la empujo y cayendo sobre ella, saco de entre su ropa una navaja  marca acme cromada de aproximadamente 20 cm, amenazándola en el cuello  para asegurarse de que no se moviera y así llevar acabo la violación, para inmediatamente después salir corriendo del lugar, señalando la denunciante Olivia rivera Chávez Y que su agresor era una persona joven de aproximadamente 30 años tez morena, delgado, de ojos verdes, cabello rizado obscuro quien vestía un pantalón de mezclilla azul y sudadera negra de capuchón. En tal virtud la central de radio hizo un llamado y los subscritos nos encontrábamos cercas de la zona por lo que nos trasladamos a dicho lugar y nos dio las señas la víctima y señalo por donde se había ido y al llegar a la esquina mercado preciado por la calle Ávila Camacho vimos a dos personas con actitud sospechosa y uno de ellos con las mismas características de las que nos hicieron saber por la radio, por lo que procedimos a platicar con él y notamos que se encontraba muy agitado y nervioso, en ese mismo momento quiso salir corriendo por lo cual mi compañero procedió a detenerlo y en ese momento le hicimos saber al detenido sus derechos, y se le registraron sus pertenencias encontrando una navaja cromada marca acme relacionada con el hecho denunciado y por lo que procedimos a embalar el objeto señalado por la victima que coincidía con las características que había señalado.

AGENTES APRENSARES

Víctor Manuel Pérez prado/ Adalberto Olivares Castañeda

CONTROL LEGAL DE LA DETENCION (CLD)

Una vez analizando el parte informativo de puestas a disposición  del imputado de nombre Mariano Sánchez Velazco a cargo de los agentes de la policía municipal, de nombres Víctor Manuel Pérez prado/ Adalberto Olivares Castañeda, y examinando las condiciones en las que se llevó a cabo la detención, tal y como se desprende del informe policial homologado al ministerio público y de las catas de entrevista de fecha veinticinco de febrero del año dos mil diecisiete, se advierte que el imputado fue detenido en flagrancia delictiva conformidad con el artículo #146 del código nacional de procedimientos penales, en virtud de haber sido detenido inmediatamente después de ejecutado el hecho y después perseguido ininterrumpidamente y señalado directamente, indicios que hacen presumir fundadamente que intervino en el mismo, del día  veinticinco de febrero del año dos mil diecisiete, toda vez siendo las tres horas con treinta y cinco minutos del día veinticinco de febrero del dos mil diecisiete, al encontrarse los agentes municipales de nombre Víctor Manuel Pérez prado/ Adalberto Olivares Castañeda, en recorrido de vigilancia por la zona de la avenida principal de nombre avenida Ávila Camacho, cuando les reportaron via radio que en la calle revolución #1486 fraccionamiento México había un reporte de violación o abuso sexual por tal motivo los agentes municipales avocaron de inmediato al lugar, siendo su hora de llegada las tres horas con cuarenta minutos y al llegar se entrevistaron con la reportarte de nombre Olivia Rivera Chavez, la cual siendo lastres horas con cuarenta minutos manifestó que fue atacada por su agresor que era una persona joven de aproximadamente 30 años tez morena, delgado, de ojos verdes, cabello rizado obscuro quien vestía un pantalón de mezclilla azul y sudadera negra de capuchón, lo cual ella señalo que estando recogiendo el mobiliario dentro de su domicilio ya antes mencionado se acercó un hombre con esas características con el pretexto de pedirle un cigarro a lo cual ver que se encontraba sola, la empujo y cayendo sobre ella y sacando de entre sus ropas una navaja amenazándola en el cuello  para asegurarse de que no se moviera y así llevar acabo la violación, para inmediatamente después salir huyendo  del lugar, al verse sorprendido por lo que había cometido. Por lo cual los agentes se dieron a la tarea de rastrear los alrededores encontrando al presunto responsable a una cuadra y media junto a otra persona por lo cual los agentes optaron para acercarse a platicar con él, debido a que las características señaladas por la afectada coincidían con la descripción que dio la víctima. Y al intervenir al sospechoso y platicar con él, este se mostró nervioso y agitado, al quererlo cuestionar intento huir. Por lo cual los agentes se avocaron a realizar la detención siendo las tres horas con cuarenta minutos, se aseguró a quien dijo llamarse Mariano Sánchez Velazco y siendo las tres horas con cuarenta y un minutos se le dio lectura a sus derechos como presunto imputado, para posteriormente realizarle una suspensión en la cual entre su vestimenta se le encontró un arma punzo cortante de marca acmé color platino de 20 cm aproximadamente por lo cual se dieron a la tarea incautar y embalar la arma en cuestión para después ser presentada ante los peritos para el proceso, de esta manera se dieron a proceder con el traslado a la delegación municipal. En razón de lo anterior, es procedente calificar de legal su detención de acuerdo a lo establecido por los artículos 146,147,149 y de más aplicables del código nacional de procedimientos penales, derivándose reunir los datos necesarios para integrar debidamente la carpeta de investigación y resolver dentro del término d ley acerca de ejercicio o no de la acción penal, conforme a lo dispuesto conforme al artículo 16 de la constitución.

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