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Determinacion De Renta Imponible

dilceco24 de Enero de 2015

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Página 1 de 10

CONCEPTO ADICIONES S/. DIFERENCIA PARCIAL TOTAL

1) Intereses no deducibles S/.

(A) Total gastos por intereses 118,436 (B) Total ingresos por Intereses exonerados 60,275 (C) Monto deducible: A - B 58,161

Monto no deducible ( A - C ) 60,275 60,275

Permanente

Base Legal: Inciso a) del Artículo 37° de la Ley e inciso a) del Artículo

21° del Reglamento.

2) Gastos recreativos del personal

Por el día del trabajo, día de la madre y día del padre se organizaron agasajos para el personal

A) Ingresos netos del ejercicio (ventas netas más otros

S/.

ingresos gravados) 86,766,310

B) Gastos recreativos contabilizados 178,428

C) Límite máximo deducible(1): S/. 148,000 (40 UIT: 40 x S/.

3,700) 148,000

Monto no deducible (B - C) 32,428 32,428

Permanente

(1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos netos S/. 433,832 (0.5% de S/.

86,766,310) debido a que éste monto es mayor que el límite de S/. 146,000 (40 UIT: 40 x S/.

3,650).

Base Legal: Último párrafo del inciso ll) del Artículo

37° de la Ley.

3) Exceso de remuneraciones del Directorio

Las remuneraciones de directores de la empresa, cargadas a gastos de adminis- tración, ascienden a

S/.682,444

S/.

A) Utilidad según Balance al 31.12.2012 10,320,146

B) (+) Remuneraciones a Directores cargadas a gastos 682,444

Total Utilidad 11,002,590

Permanente

Monto no deducible (B - C)

22,289

Base Legal: Inciso m) del Artículo 37° de la Ley e inciso l) del Artículo

21° del Reglamento.

4) Exceso de gastos de representación

Se registraron en la contabilidad gastos de representación por el importe de S/. 194,320

A) Ingresos brutos del ejercicio 86,766,310

B) Gastos de representación contabilizados 194,320

C) Límite máximo deducible (1): S/. 148,000 (40 UIT: 40 x S/.

3,700)

146,000

Permanente

Monto no deducible (B - C) 48,320 48,320

(1) No se ha considerado el límite del 0.5% de los ingresos brutos S/. 433,832 (0.5% de S/.

86,766,310) debido a que éste monto es mayor que el límite de S/. 146,000 (40 UIT: 40 x S/.

3,650).

Base Legal: Inciso q) del Artículo 37° de la Ley e inciso m) del Artículo

21° del Reglamento.

5) Gastos por viáticos en el exterior

El gerente de ventas viajó a la ciudad de Buenos Aires

(Argentina) en busqueda de nuevos clientes y permaneció

5 días, del 09 al 13 de julio de 2012. Se registraron gastos de alimentación por S/. 3,540 y movilidad por S/.1,550

sustentados sólo mediante declaración jurada.

Límite por día: S/.

Día 05 : U.S.$ 400 x 30% = $ 120 x T/C 2.649 317.88

Día 06 : U.S.$ 400 x 30% = $ 120 x T/C 2.650 318.00

Día 07 : U.S.$ 400 x 30% = $ 120 x T/C 2.650 318.00

Día 08 : U.S.$ 400 x 30% = $ 120 x T/C 2.650 318.00

Día 09 : U.S.$ 400 x 30% = $ 120 x T/C 2.639 316.68

Permanente

3,501

Base Legal: Inciso r) del Artículo 37° de la Ley, inciso n) del Artículo 21°

del Reglamento y Decreto

Supremo N° 047-2002-PCM.

VAN... 166,813

CONCEPTO ADICIONES S/.

PARCIAL TOTAL

DIFERENCIA

...VIENEN 166,813

6) Gastos por viáticos en el interior del país

Se ha contabilizado gastos por viáticos por viajes a pro- vincias por un importe de S/. 5,320. Los viajes fueron realizados por el gerente comercial a la zona norte del país del 15 al 21 de octubre. Los gastos se encuentran sustentados con los respectivos comprobantes de pago.

S/.

Gasto máximo aceptado por día (15 al 21 de octubre) 420.00

(A) Total (7 x S/. 420.00) 2,940.00 (B) Gastos contabilizados 5,320.00

Monto no deducible (B - A) 2,380.00 2,380

Permanente

Base Legal: Inciso r) del Artículo 37° de la Ley, inciso n) del

Artículo 21° del Reglamento y Decreto

Supremo N° 028-2009-EF.

7) Gastos no sustentados con comprobantes de pago

- Se ha registrado como sustento de gasto por servicio de confección de almanaques con una orden de servicio

por S/. 3,880. 3,880

- Se ha registrado como sustento del gasto por el man- tenimiento de Equipos de oficina con el Presupuesto

Técnico N° EO - 1807, por un importe de S/. 2,840. 2,840

- Se ha registrado gastos diversos sustentados con No-

tas de Venta por un monto de S/. 1,980. 1,980 8,700

Permanente

Base Legal: Inciso j) del Artículo 44º de la Ley e inciso b) del

Artículo 25° del Reglamento.

8) Utilización de una mayor tasa de depreciación.

La empresa ha utilizado una tasa de 20% para depreciar una máquina detectora de impurezas, la cual fue puesta en funcionamiento en mayo de 2012. El valor histórico de este activo al 31.12.2012 es S/. 73,500.

S/.

Temporal

Depreciación contabilizada: S/. 73,500 x 20% x 8 meses 9,800

12

Menos : Depreciación máxima aceptable S/. 73,500 x

10% x 8 meses 4,900

12

Monto no deducible 4,900 4,900

Base Legal: Inciso f) del Artículo 37°, Artículos 40° y 41° de la

Ley y Artículo 22° del Reglamento.

9) Gastos ajenos al negocio

Se han contabilizado los siguientes gastos ajenos al giro del negocio:

- Gastos de Viaje de persona con vinculo familiar con el

Gerente General y que no presta servicos en la empre-

sa, cuyo gasto es de S/. 10,410. 10,410

- Compra de bienes de recreación infantil según facturas

de Tiendas de productos importados 6,770

- Servicios de vigilancia prestados en domicilios que no son locales o establecimientos de la empresa y que

corresponden a viviendas particulares. 6,300 23,480

Permanente

Base Legal: Inciso a) del Artículo 44° de la Ley.

10) Multas e Intereses cargados a gastos.

La empresa cargó a gastos administrativos lo siguiente:

- Multa por infracciones de tránsito de los vehículos de la empresa, impuesta por la Municipalidad Provincial del

Callao. 5,460

- Multa impuesta por Municipalidad de Lima por infrac-

ción a Limpieza Pública. 9,450

- Multa más intereses moratorios emitidos por el Ministe-

rio de Trabajo. 7,050 21,960

Permanente

Base Legal: Inciso c) del Artículo 44° de la Ley.

VAN... 228,233

CONCEPTO ADICIONES S/.

PARCIAL TOTAL

...VIENEN 228,233

DIFERENCIA

11) Retiro de bienes por uno de los socios de la em- presa cuyo cargo es Gerente de Administración.

El gerente de administración ha retirado bienes en desuso, valorizados en S/. 4,850 para su uso personal, el retiro fue realizado el 29.03.2012

- Valor de mercado de los bienes retirados 4,850

- IGV que grava el retiro cargado a gastos (18% de S/. 4,850) 873

Permanente

Base Legal: Artículo 31° e Inciso k) del Artículo 44° de la Ley.

5,723 5,723

12) Provisiones no admitidas

Temporal

- Se ha registrado una provisión para reconocer la pérdida de valor de existencias, por un monto de S/. 11,350, sin efectuar

la destrucción correspondiente. 11,350

Base Legal: Inciso f) del Artículo 44° de la Ley y el Tercer párrafo del inciso c) del Artículo 21° del

Reglamento.

13) Gastos de Vehículos

De acuerdo con el monto de ingresos netos devengados en el ejercicio anterior (2011) se permite a la empresa deducir los gastos de mantenimiento correspondientes a un máximo de dos

...

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