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La renta imponible


Enviado por   •  12 de Marzo de 2014  •  Trabajos  •  1.409 Palabras (6 Páginas)  •  199 Visitas

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Sujetos Obligados

* Las personas físicas que:

o Presten servicios profesionales

o Renten bienes inmuebles

o Realicen actividades comerciales, industriales, agropecuarias, ganaderas y silvícolas.

* Las personas morales que sean sujetos del impuesto sobre la renta, tales como sociedades mercantiles, sociedades civiles, sociedades cooperativas de producción, asociaciones en participación, entre otras.

Quiénes no están obligados a pagarlo ni a declararlo

No están obligados a declarar ni a pagar el impuesto empresarial a tasa única la mayoría de las personas que no están obligadas al pago del impuesto sobre la renta, como son, entre otras:

* Los asalariados

* Las dependencias de gobierno

* Los partidos políticos y sindicatos

* Las personas autorizadas para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta

* Las cámaras de comercio e industria, y las agrupaciones de profesionales

* Las personas con actividades agropecuarias, ganaderas o silvícolas hasta por los límites que se encuentran exentos en la Ley del Impuesto sobre la Renta y siempre que dichas personas estén inscritas en el RFC.

Ingresos Gravados

Los ingresos efectivamente cobrados en le periodo por los siguientes conceptos:

* El precio o la contraprestación de las operaciones que se realicen.

* Cuando el precio se reciba en bienes o en servicios o no exista contraprestaciones considerará como ingreso el valor de mercado o de avalúo del bien o servicio.

* En permutas o pagos en especie, el ingreso será el valor que tenga el bien que se trasmita.

* Las cantidades cargadas o cobradas por intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto, incluyendo anticipos o depósitos.

* Las cantidades percibidas por las aseguradoras cuando ocurra el riesgo amparado por las pólizas de seguros o reaseguros relacionados con bienes deducidos para efectos del ISR.

* Los ingresos por regalías o por el uso o goce temporal de bienes ( v. gr. Patentes y marcas) sólo están gravados cunado se contratan con partes no relacionadas.

Ingresos Exentos

No se pagará el IETU por los siguientes ingresos:

* Los que obtengan la Federación, los Estados, los municipios, los órganos constitucionales autónomos y las entidades de la administración pública paraestatal no contribuyentes del ISR.

* Las personas siguientes, cuando los ingresos no estén afectos al pago del ISR:

* Partidos políticos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos.

* Sindicatos

* AC y SC con fines científicos, políticos, religiosos o culturales.

* Asociaciones de padres de familia.

* Etc.

* Los que reciban las personas físicas y morales provenientes de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras hasta por un monto en el ejercicio de 40 a 20 veces por cada integrante sin exceder de 200 veces respectivamente, el salario mínimo general DF elevado al año. Por el excedente se pagará el impuesto.

* Los ingresos percibidos por personas físicas cuando accidentalmente realicen alguna de las actividades que se encuentren gravadas por el IETU.

Tasa y Base

Para calcular el IETU, los contribuyentes deberán considerar la totalidad de los ingresos obtenidos efectivamente en un ejercicio menos las deducciones autorizadas del mismo periodo, y al resultado aplicar la tasa de:

* 16.5% en 2008;

* 17% en 2009, y

* 17.5% a partir de 2010.

Fecha de Pago (Declaración)

Se deben efectuar pagos provisionales (mensuales) y declaración anual en las mismas fechas que el ISR.

Entra en vigor a partir de enero de 2008, por lo que el primer pago debe realizarse a más tardar el 17 de febrero del mismo año.

Cómo se paga o declara

Internet -Ventanilla

Cómo se calcula

Para calcular los pagos provisionales se realiza el siguiente procedimiento:

Ingresos percibidos en el periodo – deducciones autorizadas por la LIETU = Base gravable del IETU x la tasa correspondiente = IETU Mensual – ISR (pagado) del mismo periodo = IETU a pagar.

Ejemplo:

Ingresos percibidos en el periodo 50,000.00

(-) Deducciones autorizadas por la LIETU pagadas en el mismo periodo 15,000.00

(=) Base gravable del IETU 35,000.00

(X) Tasa 16.5%

(=) IETU mensual determinado 5,775.00

(-) ISR propio del mes de que se trate (pagado) 1,000.00

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