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Divorcio De Mutuo Acuerdo


Enviado por   •  21 de Junio de 2013  •  1.592 Palabras (7 Páginas)  •  652 Visitas

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PROCEDIMIENTO : ORDINARIO

MATERIA : DIVORCIO MUTUO ACUERDO

FECHA DE MATRIMONIO :

SOLICITANTE 1 :

RUT :

DOMICILIO :

ABOGADO :

RUT :

DOMICILIO :

APODERADO :

RUT :

DOMICILIO :

SOLICITANTE 2 :

RUT :

DOMICILIO :

ABOGADO :

RUT :

ABOGADO :

RUT :

ABOGADO :

RUT :

DOMICILIO :

EMAIL :

EN LO PRINCIPAL: Solicitan divorcio por Cese de Convivencia de mutuo acuerdo; PRIMER OTROSI: Acompañan acuerdo completo y suficiente y solicitan su aprobación. SEGUNDO OTROSI: Acompaña Documentos; TERCER OTROSI: Renuncian a compensaciones económicas; CUARTO OTROSI: Privilegio de Pobreza; QUINTO OTROSI: Patrocinio y Poder; SEXTO OTROSI: Patrocinio y Poder.

S. J. de FAMILIA

, chileno, casado, empleado particular, cédula nacional de identidad Nº 8.114.717-5, domiciliado en, comuna de La Reina y doña , chilena, terapeuta, casada, cedula nacional de identidad Nº 9.785.266-9, domiciliada en calle La Cañada Edificio C Depto. 401 C, comuna de La Reina , a US., respetuosamente decimos:

Que venimos en solicitar el divorcio por cese de la convivencia por mutuo acuerdo, en razón de haber cesado la convivencia de manera efectiva entre nosotros, de conformidad a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que pasamos a señalar:

LOS HECHOS:

EL DERECHO:

Nuestro legislador ha establecido la posibilidad de divorciarse cuando ha cesado la convivencia efectiva de las partes por mutuo acuerdo, es así como el artículo 55 inciso primero de la ley 19.947 señala que: “Sin perjuicio de lo anterior, el divorcio será decretado por el juez si ambos cónyuges lo solicitan de común acuerdo y acreditan que ha cesado su convivencia durante un lapso mayor a un año”. Como consta de lo relatado en los hechos, la convivencia entre los solicitantes supera ampliamente el mínimo exigido por la ley. Cabe agregar a este respecto que el artículo 2º transitorio de la precitada ley en su inciso primero señala: “Los matrimonios

celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley se regirán por ella en lo relativo a la separación judicial, la nulidad y el divorcio”.

Por su parte, el inciso segundo del mismo artículo 55 señala que se deberá acompañar a dicha solicitud un acuerdo que regule en forma completa y suficiente las relaciones mutuas de los cónyuges y respecto de los hijos. Establece el artículo 55 inciso segundo: “En este caso, los cónyuges deberán acompañar un acuerdo que, ajustándose a la ley, regule en forma completa y suficiente sus relaciones mutuas y con respecto a sus hijos. El acuerdo será completo si regula todas y cada una de las materias indicadas en artículo 21. Se entenderá que es suficiente si resguarda el interés superior de los hijos, procura aminorar el menoscabo económico que pudo causar la ruptura y establece relaciones equitativas, hacia el futuro, entre los cónyuges cuyo divorcio se solicita”.

Dicho acuerdo de que trata el artículo 55 inciso segundo de la ley 19.947, se acompaña a esta demanda.

POR TANTO; en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los artículos 3 incisos 2, artículo 31 inciso 2, artículo 36, artículo 55 inciso 3, artículo 61, y demás pertinentes de la Ley Nº 19.947, y el artículo 102 de la Ley de Tribunales de Familia, y demás normas legales pertinentes que S.S. estime aplicar,

PEDIMOS A SS. DE COMÚN ACUERDO: se decrete el divorcio por cese efectivo

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