EJERCICIO LEGAL DE LA INGENIERIA
irwingduarte24 de Julio de 2013
4.924 Palabras (20 Páginas)317 Visitas
• Derecho de Trabajo
De la división del régimen individualista y liberal en el siglo pasado nació el concepto de derecho de trabajo el cual aún en nuestros días no se ha podido concretizar, muchos han opinado en torno a este tema, afirmando que se trata de una rama del derecho en plena evolución en formación progresiva y constante.
La prestación de servicios cuando se realiza para otra persona siempre ha existido, pero la relación jurídica tenía otra normativa, fue con la Revolución Industrial y el surgir de una sociedad capitalista a través de la revolución burguesa cuando nació el Derecho del Trabajo. Este derecho, regula única y exclusivamente la relación laboral de carácter dependiente por cuenta ajena.
El derecho de trabajo es un derecho nuevo que aun esta en formación y se alimenta cada día de hechos sociales e ideas que de uno u otro modo contribuyen a la aparición de nuevos institutos laborales.
Es un derecho autónomo y su objeto es proteger al hombre trabajador, al trabajo humano, en su relación de trabajo, subordinado y por tanto en situación de desigualdad, pero que al mismo tiempo le permiten en cuanto miembro de un grupo, tener cierta influencia sobre la determinación de sus condiciones de vida en la empresa.
En nuestro país el derecho de trabajo es entendido en forma estricta, gobernando las relaciones derivadas de la prestación de un servicio personal por cuenta de otro, esto es, al trabajo humano subordinado y las derivadas relaciones nacidos de esta relación
El derecho del trabajo ha dejado de ser simple derecho de clase, para procurar la libertad integral del hombre, derecho que procura más allá de los límites del trabajo humano, la armonía social.
Se ha definido como el conjunto de reglas jurídicas que gobierna el trabajo humano, pero esta definición no la comparten muchos, por resultar demasiado amplia.
El trabajo es considerado como un factor de producción que supone el intercambio de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades humanas, este hecho social crea la necesidad de regulación y es por ello que surge dentro del Derecho la rama del Derecho del Trabajo que no es mas que el conjunto de Normas de orden público que regulan las relaciones jurídicas que tienen por causa el trabajo como hecho social y que por gozar de un sistema homogéneo de estas normas, además de un sistema administrativo y judicial propio lo hacen ser autónomo de las demás ramas, claro está que relacionándose con ellas.
Definiciones de Derecho Laboral
• Guillermo Cabanellas; Establece que el derecho del trabajo tiene por contenido principal la regulación de las relaciones jurídicas entre empresarios y trabajadores y de unos y otros con el Estado, en lo referente a trabajo subordinado y también en lo relativo a las consecuencias jurídicas mediatas e inmediatas, derivadas de la actividad laboral dependiente.
Mario de la Cueva; dice que el derecho del trabajo es la norma que se propone realizar la justicia social, en el equilibrio de las relaciones entre el trabajador y el capital.
• Alberto Briseño; señala que el derecho del trabajo es el conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto el equilibrio entre los elementos de la producción patrón y trabajador, mediante la garantía de los derechos básicos consagrados a favor de estos últimos.
Entonces decimos que el Derecho Laboral o Derecho del Trabajo es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen como finalidad la tutela de los trabajadores regulando las relaciones entre los sujetos de la relación laboral: trabajadores, empleadores, sindicatos, Estado.
Teniendo como objetivos el Derecho del Trabajo:
• Regular los deberes y derechos tanto de los obreros como de los patronos.
• Norma todo lo referente a salario, horas de trabajo, despidos justificado y no justificados, contratos individuales, sindicatos, huelgas entre otros.
• Regular los conflictos de la relación jurídico-laboral.
La legislación laboral de Venezuela representa un conjunto de normas positivas, establecidas por el gobierno, para regular las relaciones jurídicas que se establezcan entre patronos y trabajadores con ocasión al hecho social trabajo. Lo que indica la materia, las personas que intervienen, el espacio y el tiempo en que se realizan las relaciones laborales, es decir, no se termina al campo de aplicación del Derecho del Trabajo.
El artículo 1 de la Ley Orgánica del Trabajo (L.O.T.), vigente en Venezuela, establece:
"Esta ley regirá las situaciones y relaciones jurídicas del trabajo como hecho social".
• Las fuentes del derecho laboral son las siguientes:
Debemos considerar fuentes del Derecho, no sólo los modos reconocidos como capaces de crear normas jurídicas, sino también los medios necesarios para que nazcan. Así en Roma eran tan fuentes del Derecho la Ley y el edicto del pretor, por ejemplo, como los comicios
En Venezuela existen fuentes vinculantes y no vinculantes de las vinculantes se puede decir que son aquella de obligatoriedad y las no vinculantes son aquellas que se aplican única y exclusivamente en ausencia o falta de una fuente vinculante que regule situaciones de hecho; sostenido a la consideración del derecho.
Las fuentes vinculantes en Venezuela son
1. La jurisprudencia
2. La costumbre jurídica
3. La doctrina
4. Tradición de cultura
5. Principios generales del derecho.
También lo podemos definir como un principio fundamental u origen de una cosa, es decir, las fuentes son el principio del derecho.
Las fuentes no vinculantes en Venezuela son:
1. La justicia. ( Du Pasquier)
2. Costumbre jurídica. (Pedro bracho Grand).
3. La doctrina.
4. Tradición de cultura.
5. Principios generales del derecho.
Principales fuentes del derecho
• La ley, la jurisprudencia, la costumbre, y otras fuentes.
• La Legislación: La cual está contenida en las leyes, como la Ley Orgánica del Trabajo, La Constitución, Leyes Especiales, Reglamentos.
Constitución Nacional
Contienen un mínimo de derechos sociales que regulan garantías mínimas asegurables para los trabajadores (jornada de trabajo, salario digno y justo, igualdad de condiciones para los trabajadores, protección contra enfermedades y accidentes, derecho de huelga, entre otros). Así, a título ejemplificativo, puede leerse en la Constitución Bolivariana de Venezuela
Tratados Internacionales
Constituyen una fuente directa de regulación de derechos laborales, garantizando a los trabajadores de los países signatarios derechos de mínimos que los estados firmantes se obligan a respetar, ejemplo los tratados con la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Leyes Laborales Nacionales
Es la que establece el marco mínimo regulador de las relaciones entre el trabajador y el empleador, estableciendo las pautas mínimas sobre salarios, derechos y obligaciones y marco protector, entre otros. Ejemplo: Ley Orgánica del trabajo y su Reglamento.
Legislación del trabajo
Los principales instrumentos normativos relativos al trabajo son: la ley orgánica del trabajo (LOT), la ley orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo ( LOPCYMAT), la ley orgánica de tribunales y procedimientos del trabajo ( LOTYPT) y el reglamento de la ley orgánica del trabajo(RLOT)
• La Jurisprudencia: Es en todo caso, fuente formal de normas jurídicas individuales, por cuanto establece, en la forma lógica de la norma jurídica, imperativos de la conducta que bien pueden ser formas obligatorias de comportamiento o composición de sanciones, dada una conducta indebida. La jurisprudencia puede ser vinculante (Sala Constitucional) es decir, que lo que rece en esa jurisprudencia, su cumplimiento es Ley.
• La Costumbre: Es la repetición constante y reiterada de un comportamiento, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica.
• La Doctrina: Es el estudio de uno o varios juristas, no es vinculante puesto que se basa en reflexiones que tienen una base de sustentación bastante subjetiva. (El prestigio de doctrinario).
• Como Fuentes Específicas del Derecho Laboral, conforme al artículo 60 de la ley Orgánica del Trabajo:
• Convención Colectiva: Constituyen acuerdos colectivos signados por las partes del derecho del trabajo (sindicatos y empleadores) y constituyen un marco normativo especial aplicable a aquellos sectores representados por los sujetos colectivos. Su principal característica es que tiene sindicato (art. 398 y 508 LOT). Según Jaime (op. Cit) La convención Colectiva es fuente original del Derecho del Trabajo y muchas de las innovaciones del legislador han encontrado su origen en la práctica constante de la convención colectiva.
• Laudo Arbitral: Son las decisiones tomadas por los árbitros nombrados en un proceso de arbitraje y sus decisiones tiene el mismo peso o valor de una sentencia (artículo 493 LOT)
• Contrato de trabajo: Sienta las bases de la relación trabajador-empleados. Es ley entre las partes, ya sea un contrato individual o colectivo, que se celebra entre trabajadores y patrono.
• Este contrato es especialísimo, sui generis. El Contrato de Trabajo contiene cuatro elementos principales:
• Las partes trabajador - empleador,
• El vínculo de subordinación de parte del trabajador para con el empleador,
• Los servicios
...